Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 1999 (05/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

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MORDAZA, miCrcoles 5 dc MORDAZA de IY99

el- Pag.172829
relacion a los Cargos N" 00344-93 y N" 00547-93 y la Liquidacion de Cobranza N" 8587-90, que han originado un faltante de cs/. 8,120.001 OchoMilCientoVeinteNuevos Soles TresMilNuevos Soles W. 3,000.001, respectivamente, conforme xuyede las investigaciones contenidas en la Hoja Informativa N" 104-9%ADUANAWOAI; Que, tales situaciones, ademas de configurar falta laboral y ave han causado perjuicio economico y dano moral ala imagen .' ., e la institucron, por lo que a tenor de lo previsto en el Articulo 51" del Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensacion por Tiempo de Servicios, aprobado por Decreto Su MORDAZA N" 001-97. u TR, resulta necesario autorizar al Procurador F, bhca de ADUANAS, para que en resguardo del interes fiscal ejerza las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N" 809 yen ejercicio de las facultades concedidas por la Ley Organica de la Superintendencia Nacional de Aduanas, Ley N" 26020 y su Estatuto, modificado por la Resolucion de Superintendencia de Aduanas N" 0021 del 13.ENE.97;

ADUANAS
Sustituyen adecuacion de partidaarancelaria correspondiente a la relacion de bienes inafectos al pago del IGV y Derechos Arancelarios por parte de Instituciones Educativas
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL N" 000127 Callao, 30 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto 1Supremo N" 119-97-EF publicado el 25.9.97 se aorobo el MORDAZA Arancel de Aduanas basado en la Nomenclatura Arancelaria Comun de los paises miembros del Acuerdo de Cartagena - NANDINA, el mismo que entro en vigencia en aplicacion a partir del 1 de enero de 1998, Que, el Articulo 5" del mencionado Decreto Supremo autoriza a la Superintendencia Nacional de Aduanas la elaboracion y publicacion de la adecuacion de las Subpartidas Nacionales contenidas en normas legales que resulten modificadas corno consecuencia de la aprobacion de la nueva estructura de la nomenclatura; Que, la Resolucion de Superintendencia de Aduanas N" 3316 publicada el 31 de diciembre de 1997, modificada por las Resoluciones de Intendencia Nacional N" OO1625 y N" 002026 publicadase14.7.98y23.9.98respectivamente,autorizalapubl~cacionde la adecuacion de las mencionadas suhpartidas nacionales; De conformidad con el Articulo 4" de la Resolucion de Superintendencia de Aduanas N" :3316. se delego al Intendente Nacional de'lknica Aduanera la facultad de aprobar mediante resolucion las modificaciones que pudieran efectuarse en la mencionada disposicion; SE RESUELVE: Articulo Unica- Sustituir la adecuacion de la partida arancelaria 8471.99.00.00 correspondiente a la relacion de bienes inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas y Derechos Arancelarios por parte de las instituciones educativas particulares o publicas establecida por Decreto Supremo N" 04697-EF ANEXO II, contenida en la Resolucion de Superintendencia de Aduanas N" 331697, modificada por las Resoluciones de Intendencia Nacional N" 001625-98 y N" 00202698. por la siguiente: el 8471.99.00.00 :~471.49.00.00 13471.80.00.00 ~~471.90.00.00

sE

RESU E LVE :

Articulo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de GIN0 MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion; debiendose para tal efecto remitirsele la documentacion actuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas (ei 5776

Establecen derechos antidumping definitivos a ser aplicados a las importaciones de medidores electricos originariosde la Republica Popular China
CIRCULAR W 46-18-99-ADUANAWNTA Callao, 30 de MORDAZA de 1999 Senor Intendente de la Aduana Presente.REF.: Resolucion W 013-1999KZDSINDECOPI Habiendose expedido la Resolucion W 013-1999/CDSINDECOPI, publicada en el Diario Oficial El Peruano, los dias 28 y 29 de MORDAZA de 1999, sobre aplicacion de derechos antidumping definitivos a las importaciones de medidores electricos originarios de la Republica Popular China; y en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion de Superintendencia Nacional de Aduanas N" 001029 de fecha 18.3.97, sirvase tener presente y hacer de conocimiento al personal de esa Intendencia lo siguiente: 1. MORDAZA DE APLICACION 1.1 Las importaciones de medidores electricos monofasicos :5, 10 y 15 amperios, 220 voltios, 60 ciclos de simple bobina y doble bobina y de 2y 3 hilos) originarios de laRepublica Popular China, estan afectos al pago de derechos antidumping definitivos AV/FOB, corno sigue: Subpartida Arancelaria 9028.30.10.w Descripcion Derechos Antidumpng Definitivos 37,89%

Registrese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 5778

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Autorizan a Procurador iniciar MORDAZA judicial a presunto responsable de perjuicio economico y dano moral a la imagen de la institucion
RESOLUCION DI1 SUPERINTENDENCL4 DE ADUANAS W 000487 Callao, 30 de MORDAZA de 1999 Visto, el Memorandum N" X52-99-ADUANAS-INA-GRRHHI AL de fecha 21 de MORDAZA de 1999 emitido por la Gerencia de Recursos Humanos y su acompanada Hoja Informativa N" 104OS-ADUANASOAI; y. CONSIDERANDO: Que, con motivo de las investigaciones llevadas a cabo por la Oficina de Auditoria Interna de ADUANAS, con ocasion de las observaciones detectadas en las cancelaciones de Cargos y Liquidaciones de Cobranza, realizadas en el area de MORDAZA de la Division de Recaudacion y Contabilidad de la Intendencia de Aduana Maritima del Callao, se ha comprobado la responsabilidad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en las diferencias encontradas entre los montos pagados por los comitentes y los realmente ingresados en MORDAZA, reportados y depositados en el Banco de la Nacion, en

Contadores de Electriadad Monofasicos

1.2 Los derechos antidumping definitivos AV/FOB se aplicaran independientemente de los Derechos AVICIF. 2. DETERMINACION DE LA BASE IMPONIBLE

La Base Imponible para la aplicacion de los derechos antidumping definitivos Ad-Valorem FOB, se obtendra del Valor FOB consignado en la Factura Comercial. 3. LIQUIDACION Y PAGO Los derechos antidumping definitivos se hquidaran en dolares americanos y seran cancelados conjuntamente con los Derechos de Aduana y demas tributos de importacion, en moneda nacional utilizando el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago del Adeudo.

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