Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 1999 (05/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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que la Resolucion N" 068-98-MML-DMDU no aparece que MORDAZA sido notificada alas partes, no pudiendo por ello privarseles de su derecho de defensa; Que, las Resoluciones N°s. 410-96-MML-DMDU y 105-97MML-DMDU, no fueron notificadas a la Asociacion de Comerciantes del MORDAZA "3 de Febrero", II Etapa, MORDAZA "A", la que si bien no aparece como parte en el procedimiento promovido por la Junta de Propietarios, tenia y tiene el suficiente interes moral y economico para el ejercicio de cualquier accion al respecto por haber sido y ser hasta la fecha la propietaria registra1 del terreno que se habilita; por lo que, debio notificarsele de la accion y mas aun, exigirsele su participacion, puesto de conformidad con el Titulo II, Capitulo XIV, Articulo 4" del Reglamento Nacional de Construcciones concordante con el Articulo 8" Inc. b) de la Ordenanza N" 133-97, el mayor obligado a la regularizacion de una Habilitacion MORDAZA es el propietario del terreno, siendo en este caso irrelevante la publicacion en el Diario Oficial El Peruano que obra en autos, ya que el vicio fundamental esta en que no se notifico a la asociacion en su oportunidad, no obstante su legitimo derecho; Que, el hecho de que fue la Junta de Propietarios del MORDAZA "3 de Febrero" que tramito la ampliacion del plazo para la ejecucion de las obras de Habilitacion Urbana. dentro del tramite de adjudicacion de la que fueron beneficiarias, pero a favor de la Asociacion de Comerciantes "3 de Febrero", II Etapa, MORDAZA " A " lo que sin embargo, no puede modificar el derecho de ropiedad de la asociacion recurrente, por lo que, la expedicion dePa resolucion impugnada resulta correcta. al rectificar el error contenido en las Resoluciones N°s. 410-96-MML-DMDUD y 105-97-MML-DMDU, que permitira la inscripcion de la Resolucion de Aprobacion de Estudios Preliminares de la Habilitacion que se tramita: Que,, de conformidad con lo establecido en el Articulo 2015 del Codigo Civil, la Oficina Registra1 de MORDAZA y Callao ha actuado correctamente. ya que ninguna inscripcion, salvo la primera, se hace sin que este inscrito o se inscriba el derecho de donde emane; asimismo. el Articulo 2013" de la MORDAZA acotada establece que el contenido de la inscripcion se presume MORDAZA y produce todos sus efectos, mientras no se rectifique o se declare judicialmente su validez; Estando a lo opinado por la Direccion de Habilitaciones Urbanas, a la Unidad Tecnico Legal; y, con la visacion de la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; De conformidad con la Ley N° 23853, Ordenanza N° 133, Reglamento Nacional de Construcciones y Decreto de Alcaldia N" 200-90; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reconsideracion Interpuesto por la JUNTA DE PROPIETARIOS DEL MORDAZA "3 DE FEBRERO", II ETAPA, MORDAZA "A", contra la Resolucion N° 068-98-MML-DMDU, de fecha 3 de junio de 1998. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal (e) Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 4520

MORDAZA, miercoles 5 de MORDAZA de 1999

En el ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por Ley Organica de Municipalidades N° 23853, con el MORDAZA en mayoia de los senores miembros del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente ordenanza; ORDENANZA: Articulo 1°.- Disponer que la Ordenanza N° 210/98 aprobada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, sea de cumplimiento en el distrito de Chorrillos, en todo lo que le sea aplicable. Articulo 2°.- Autorizar al MORDAZA para que mediante decreto dicte las normas complementarias a la Ordenanza N° 210, destinadas a uniformizar las caracteristicas de los elementos de publicidad exterior en las zonas comerciales, asi como para adecuarlas a las caracteristicas arquitectonicas, ecologicas y ambientales de su jurisdiccion. Articulo 3°.- Autorizar al MORDAZA para que solicite al MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la administracion de las vias a cargo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme alo establecido en la Ordenanza Metropolitana N° 127, a que se refiere la Primera Disposicion Final de la Ordenanza N° 210 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de fecha 29 de diciembre de 1998. Articulo 4°.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA, Oficina de Planificacion Presupuesto y Racionalizacion el cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumplase MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 5813

Aprueban MORDAZA de Procedimiento de Tramitacion Administrativa de Habilitacion MORDAZA del distrito
ORDENANZA N° 019-99-MDCH Chorrillos, 29 de MORDAZA de 1999 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 3" de la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878, corresponde a las Municipalidades Distritales, en el ambito de su respectiva circunscripcion territorial, conocer y aprobar las solicitudes de Habilitacion MORDAZA que a partir de la vigencia de esta lev presenten las personas naturales y jur1dicas,las asociaciones de vivienda y las cooperativas de vivienda y provivienda, y las cooperativas de vivienda o cualquier otras formas asociativas con fines de vivienda, incluyendo los casos de regularizacion de habilitacion pendientes o en tramite; Que, en via de regularizacion, y conforme lo establece las Disposiciones Transitorias de la ley acotada, es necesario que la Municipalidad Distrital apruebe y adecue sus normas internas en materia de habilitaciones urbanas a lo que MORDAZA establece; Que, mediante Decreto Supremo N° 022-97-MTC se a rueba el reglamento de la Ley N° 26878, con Decreto Supremo & 00798-MTC se modifica el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, y con Decreto Supremo N° 011-98-MTC se aprueba el Texto Unico Ordenado del Re lamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, consi erandose necesario s3 aprobar las Normas de Procedimientos Administrativos de Habilitacion MORDAZA en el distrito de Chorrillos, que permita regular el MORDAZA de habilitaciones urbanas dentro de nuestra jurisdiccion, al MORDAZA y observancia de las normas MORDAZA acotadas, asi como de la Ley de Simplificacion Administrativa N° 25035 y su reglamento . Decreto Supremo N° 070-89-PCM Estando a las consideraciones expuestas y en merito a las facultades conferidas por el inciso 3) del Art. 36" de la Ley Organica de Municipalidades . Ley N° 23853: SE ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la MORDAZA de Procedimiento de Tramitacion Administrativa de Habilitacion MORDAZA del distrito de Chorrillos, que consta de (6) Capitulos, (31) Articulos, y un (1) formato para subdivisiones e independizaciones con obras complementarias de Habilitacion MORDAZA, todo lo cual forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Las normas a que se refiere el articulo precedente se enmarcan dentro de la Normatividad vigente como son Ley General de Habilitaciones Urbanas . Ley N° 26878 y su Reglamento, Decreto Supremo N° 022-97-MTC. Asi como sus modificaciones contenidas en el Decreto Supremo N° 007-98 MTC

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Disponen que la Ordenanza N° 21 0-98MML sobre publicidad exterior, sea de cumplimiento en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA N° 018/99-MDCH Chorrillos, 29 de MORDAZA de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto, en sesion ordinaria de Concejo; y CONSIDERANDO: Que, con fecha 4 de marzo de 1999, se publico la Ordenanza N° 210 que aprueba el reglamento que regula la publicidad exterior en la provincia de Lima; Que, el Articulo 10° y la Primera Disposicion Final de la Ordenanza N° 210 otorgan atribuciones a las mumcipalidades distriales para regular ciertos aspectos noconsiderados en dicha ordenanza; asi como! para solicitar se deleguen ciertas facultades en favor de las municipalidades distritales;

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