Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 1999 (16/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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tivo disciplinario a la EC PD PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en presunto abandono de cargo desde el 23.ABR.98, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicacion de la indicada Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los servidores civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra la referida servidora, al que se contrae la presente resolucion, y observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye grave falta disciplinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 28º Inc. k) y 26º Inc. d) del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 155º Inc. d) y 159º de su reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 05-99-COPEPROAD-PNP de 10.MAR.99; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a la EC PD PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Destitucion con fecha 23.ABR.98, en via de regularizacion; por falta disciplinaria (abandono de cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente resolucion a la interesada, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese.

LLEJON DE HUAYLAS", promovieron protestas masivas en contra de los Decretos de Alcaldia Nºs. 002 y 003-99-MPC modificando el Art. 5º del Decreto Nº 002, en donde se establece la prohibicion de ingreso al casco MORDAZA de los vehiculos que circulan de Norte a Sur (Caraz - Huaraz); debiendo hacerlo por la carretera principal adyacente a dicha localidad y de Sur a Norte (Huaraz - Caraz) por las avenidas principales de la MORDAZA (Av. MORDAZA MORDAZA y Progreso); Que, los citados dirigentes, se comprometieron ante la Subprefectura de la provincia de Carhuaz, hacer su movilizacion en forma pacifica, bajo cuya condicion la autoridad politica del lugar autorizo el paro, pero sin embargo, estos faltando al Acta de Compromiso cometieron actos de fuerza en la forma y circunstancias que se indica en el primer considerando, dando lugar a la intervencion de la policia y del Ministerio Publico para restablecer el orden ademas se niegan comparecer a la autoridad policial para el esclarecimiento de los hechos, pese de haber sido debidamente notificados; Que, estos hechos constituyen delitos contra la seguridad publica (delitos contra los medios de transporte, comunicacion y otros servicios publicos) y delitos contra la administracion publica (violencia y resistencia a la autoridad), previstos en los Articulos 283º y 365º del Codigo Penal, respectivamente; Que, son deberes primordiales del Estado, entre otros, proteger a la poblacion de las amenazas contra la seguridad, y que todo ciudadano tiene derecho a la MORDAZA de trabajo y al libre MORDAZA sin restriccion alguna (Art. 2º incisos 2), 11) y 15)) y Art. 44º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme lo preve el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; Que, es necesario autorizar al Procurador Publico del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional, para que en defensa y representacion del Estado, formule denuncia penal contra los presuntos responsables de los ilicitos penales senalados en el Atestado Nº 060-IV-RPNP.CH/JSR.HZ/JPC de 12.ABR.99; y actuen las diligencias que le corresponden, tendientes a esclarecer los hechos y perseguir la indemnizacion de los danos ocasionados al Estado; Que, de conformidad con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6174

Autorizan a procurador formular denuncia penal contra presuntos responsables de delitos contra la Seguridad y la Administracion Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0473-99-IN-0103 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 1999 Visto, el Atestado Nº 060-IV-RPNP.CH/JSR.HZ/JPC de 12.ABR.99, instruido por la comisaria PNP de Carhuaz, contra MORDAZA MORDAZA CASTROMONTE y otros, por delitos contra la seguridad publica (delitos contra los medios de transporte, comunicacion y otros servicios publicos) y otros, en agravio del Estado Peruano. CONSIDERANDO: Que, los denunciados MORDAZA MORDAZA CASTROMONTE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA HENOSTROZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Noyo MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el dia 7.ABR.99 desde las 05.30 hasta 08.00 horas, interrumpieron el libre MORDAZA vehicular, bloqueando la carretera (via MORDAZA - Carhuaz) con sus unidades de transporte, MORDAZA, tronco de arboles y quema de llantas, perjudicando a los usuarios que se desplazaban al callejon de Huaylas y viceversa; Que, los cuatro primeros denunciados, en su condicion de dirigentes de la ASOCIACION DE TRANSPORTES "CA-

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio del Interior a cargo de los Asuntos Judiciales de la Policia Nacional para que en defensa y representacion del Estado, formule denuncia penal contra MORDAZA MORDAZA CASTROMONTE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA HENOSTROZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Noyo MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten presuntos autores de los delitos contra la seguridad publica (delitos contra los medios de transporte, comunicacion y otros servicios publicos) y delitos contra la administracion publica (violencia y resistencia a la autoridad), por los hechos ocasionados el 7.ABR.99, en agravio del Estado Peruano. Articulo 2º.- La citada denuncia debe formularse ante el Fiscal competente. Articulo 3º.- El Procurador Publico a que se contrae la presente, debera informar permanentemente a este Despacho Ministerial sobre el inicio, curso y resultado del MORDAZA penal. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6178

Dejan sin efecto resoluciones por las que se autorizo a procurador iniciar MORDAZA judicial a empresa sobre internamiento de equipos de equitacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0474-99-IN-0103 MORDAZA, 11 de MORDAZA de 1999

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