Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 1999 (19/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 19 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total

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= 24 m3 x S/. 0.70 por m3 + 70 m3 x S/. 1.00 por m3 = S/. 86.80 = S/. 86.80 x 0.10 = S/. 8.68 = = = = = S/. 86.80 S/. 8.68 S/. 95.48 S/. 17.18 S/. 112.66

promedio entre el numero de unidades de uso. La determinacion del volumen a facturar por cada unidad de uso se MORDAZA aplicando el procedimiento establecido en el punto I.A. del presente anexo. b) Predio o Inmueble cuya conexion no cuenta con medidor El volumen de consumo a facturar a cada unidad de uso, le correspondera la asignacion de consumo del menor Nivel A existente en la categoria a la que pertenece dicha unidad de uso. 3. Determinacion del Importe a Facturar Al volumen de consumo a facturar de cada unidad de uso, se le aplicaran las tarifas correspondientes a su respectiva categoria y nivel, determinandose el importe a facturar por cada una de ellas. El importe total por conexion sera la suma de cada importe a facturar de cada unidad de uso, el mismo que se consignara en el respectivo comprobante de pago. 4. Definicion de Unidad de Uso Se considera unidades de uso a aquellas areas independientes en que se divide un predio o inmueble, y que cuentan con un punto de agua. La condicion de independencia estara dada por la inexistencia de acceso directo entre las unidades constitutivas del predio. Anexo Nº 4 EMPSSAPAL S.A. Ejemplos de aplicacion para el calculo del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad: Sicuani 1. Usuarios con medidor Caso 1: Cuando el Consumo Medido es menor al Consumo Minimo:
Domestico Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 15m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 10 m3 = 12 m3 = S/. 0.4833 por m3 = 12 m3 x S/. 0.4833 por m3 = S/. 5.80 = S/. 5.80 x 0.10 = S/. 0.58 = = = = = S/. S/. S/. S/. S/. 5.80 0.58 6.38 1.15 7.53

2. Usuarios sin medidor (Asignacion de Consumos) Consumo Asignado en el Primer Rango de Consumo
Domestico Consumo Asignado Tarifa Primer Rango (0 a 15 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 15 m3 mensuales = S/. 0.4833 por m3 = 15 m3 x S/. 0.4833 por m3 = S/. 7.25 = S/. 7.25 x 0.10 = S/. 0.72 = = = = = S/. S/. S/. S/. S/. 7.25 0.72 7.97 1.43 9.40

6462 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 498-99-SUNASS MORDAZA, 17 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 60-99-SUNASS-IT/T que evalua la aplicacion de la Directiva de Reordenamiento Tarifario en la EPS EMSAP CHANKA S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS, se aprobo la Directiva de Reordenamiento Tarifario que sera aplicada en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales para eliminar gradualmente las distorsiones contenidas en el sistema de facturacion que se ha venido empleando y poner en practica los principios del Sistema Tarifario establecidos por la Ley Nº 26338; Que, el informe de evaluacion emitido por la Intendencia de Tarifas de la SUNASS recomienda la reduccion de los Consumos Minimos que se aplican a los usuarios cuyas conexiones cuentan con medidores de consumo, y la aplicacion de un MORDAZA procedimiento para el calculo del importe a facturar, dando cumplimiento a lo dispuesto por la citada directiva en lo que se refiere a la Primera Etapa del MORDAZA de Reordenamiento Tarifario; Que, la aplicacion de lo dispuesto en la presente resolucion no modifica las tarifas por metro cubico que viene aplicando la EPS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338 y sus respectivos reglamentos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Estructuras Tarifarias y el Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumos por Categorias de Usuarios de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 1 y 2, que forman parte de la presente resolucion, las mismas que seran aplicadas por la EPS EMSAP CHANKA S.A. conforme a lo prescrito en el Articulo 4º de la presente resolucion. Articulo 2º.- La EPS EMSAP CHANKA S.A. queda prohibida de modificar la Estructura Tarifaria aprobada por la presente resolucion. Articulo 3º.- Aprobar el Procedimiento para la determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado, que aplicara la EPS EMSAP CHANKA S.A. conforme a lo prescrito en el Articulo 4º y de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 3 y 4, que forman parte de la presente resolucion. Articulo 4º.- La aplicacion por la EPS EMSAP CHANKA S.A. de lo dispuesto en los Articulos 1º y 3º de la

Caso 2: Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo pero dentro del Primer Rango de Consumos:
Comercial Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 24 m3) Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Monto Mensual Agua Potable Monto Mensual Alcantarillado Subtotal IGV (18%) Facturacion Total = 20 m3 = 19 m3 = S/. 0.70 por m3 = 20 m3 x S/. 0.70 por m3 = S/. 14.00 = S/. 14.00 x 0.10 = S/. 1.40 = = = = = S/. 14.00 S/. 1.40 S/. 15.40 S/. 2.77 S/. 18.17

Caso 3: Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo pero esta en el MORDAZA Rango de Consumos:
Comercial Consumo Medido Consumo Minimo Tarifa Primer Rango (0 a 24 m3) Tarifa MORDAZA Rango (25 a mas) = = = = 94 m3 19 m3 S/. 0.70 por m3 S/. 1.00 por m3

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