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Pág. 173299 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de mayo de 1999 DRTCVVC-DCTI, Informe Nº 028-99-CTAR-ICA/DRT- CVC-DCT-Ic e Informes Nºs. 672 y 673-98-CTAR-ICA/ DRTCVC-dlc, sobre falsificación de Licencias de Con- ducir. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la Resolución Directoral Nº 665-96-MTC/15.15, la Dirección General de Circulación Terrestre inició el canje de licencias de conducir, proceso en el cual se ha detectado que algunos de los citados documentos presentados por los usuarios contienen irre- gularidades; Que, la Dirección Regional de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción de Ica, conforme se des- prende de los informes que obran en los antecedentes que sustenta la presente resolución, sostienen que luego de proceder a la verificación de las licencias, ha determinado que las numeraciones de las mismas, pertenecen a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, con- forme se encuentran registrados en la Base de Datos de Conductores y Antecedentes Registrales, resultando por tanto falsas las siguientes: APELLIDOS Y NOMBRES L.C. Cat. 1.- RUI QING; Hu F-21044 2B-2 2.- VASQUEZ PAREDES; Marcial F-022120 2D 3.- RUIZ POLO; Remigio Maximino F-21016 2B-2 4.- ROMERO CAMACHO; Percy Walter F-21034 2B-2 5.- ZANABRIA ZUÑIGA; Paul Harrinton F-034877 2B-2 Que, los hechos descritos constituyen delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Público de este Minis- terio para que inicie las acciones legales correspondientes; teniendo en cuenta el Informe Legal Nº 052-99-MTC/ 15.18.05.AL.MST; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon- dientes contra las personas citadas en la parte conside- rativa de la presente resolución y los que resulten respon- sables, por los hechos descritos precedentemente, debien- do la Dirección General de Circulación Terrestre remitir- le los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6468 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 203-99-MTC/15.18 Lima, 14 de mayo de 1999 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 28403004, 28405004 de fecha 18 de febrero de 1999, Informe Nº 006- 99/CTAR-PIURA-DRTCVC-DCT y Oficio Nº 148-99/ CTAR-PIURA-DRTCVC-DCT, sobre falsificación de Li- cencias de Conducir. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la Resolución Directoral Nº 665-96-MTC/15.15, la Dirección General de Circulación Terrestre inició el canje de licencias de conducir, proceso en el cual se ha detectado que algunos de los citados documentos presentados por los usuarios contienen irre- gularidades; Que, la Dirección Regional de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción de Piura, conforme se desprende de los documentos que obran en los antece- dentes que sustenta la presente resolución, sostienen que luego de proceder a la verificación de las licencias, ha determinado que las numeraciones de las mismas, perte-necen a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, conforme se encuentran registrados en la Base de Datos de Conductores y Antecedentes Registrales, resultando por tanto falsas las siguientes: APELLIDOS Y NOMBRES L.C. Cat. 1.- CARTOLIN ALARCON; Samuel B-021752 2D 2.- PORTOCARRERO HERRERA; Luis Henry B-024018 2-B2 Que, los hechos descritos constituyen delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Público de este Minis- terio para que inicie las acciones legales correspondientes; teniendo en cuenta el Informe Legal Nº 084-MTC/ 15.18.05.AL.MST; De conformidad con los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon- dientes contra las personas citadas en la parte conside- rativa de la presente resolución y los que resulten respon- sables, por los hechos descritos precedentemente, debien- do la Dirección General de Circulación Terrestre remitir- le los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 6469 Aceptan donación efectuada por el Go- bierno del Japón a favor del MTC RESOLUCION MINISTERIAL Nº 204-99-MTC/15.09 Lima, 14 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 003-98-PCM del 8 de enero de 1998, se aceptó la Cooperación Financiera No Reembolsable (Donación) que extiende el Gobierno del Japón a la República del Perú, consistente en Dos Mil Millones de Yenes Japoneses (¥ 2,000,000,000.00), para ser utilizados en la adquisición de bienes y servicios con arreglo a las Notas Reversales suscritas el 9 de diciembre de 1997, por las autoridades del Gobierno del Perú y Japón; Que mediante Resolución Ministerial Nº 162-98-PCM del 31 de diciembre de 1998, se establecen las asignacio- nes relativas a los sectores, siendo el Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, bene- ficiado hasta por un monto de Ochocientos Setenticinco Millones de Yenes Japoneses (¥ 875,000,000.00); Que en el marco del acuerdo mencionado, el Gobierno del Japón ha donado al Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción, puentes metálicos modulares tipo Bailey por un valor C&F L 819,795.00 Libras Esterlinas, que serán utilizados, para mejorar la transitabilidad en las carreteras nacionales; Que los Artículos 2º y 3º del Decreto Ley Nº 21942 y Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, dispo- nen que las donaciones provenientes del extranjero con- signadas al Gobierno Central, así como las donaciones por concepto de Cooperación Técnica Internacional, serán despachadas por la Superintendencia Nacional de Adua- nas del Perú, por el solo mérito de Resolución Ministerial, expedida por el Titular del Sector correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 21942; Decreto Supremo Nº 127-91-PCM y Resolución de Contralor Nº 122-98-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada por el Gobierno del Japón a favor del Ministerio de