Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 1999 (20/10/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 1999

a) Los recursos y aportes efectuados por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, tales como: a.1 Los aportes obligatorios que deben efectuar las habilitaciones urbanas con fines industriales y comerciales en la provincia de MORDAZA, en los porcentajes que se establezcan mediante Ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima. a.2 Los ingresos generados por la participacion del sector privado en el desarrollo de inmuebles de propiedad municipal. a.3 El total del valor de venta o de los instrumentos financieros generados por los inmuebles que aporte la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A. a.4 Otros ingresos que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA pueda transferirle. b) Los ingresos generados por la venta de predios mejorados y vendidos a los actuales inquilinos. c) Los ingresos por plusvalia generados por mejoras urbanas, implementadas por el Programa de Renovacion y Desarrollo urbano. d) Los demas ingresos generados por operaciones financieras del Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo urbano. e) Los aportes concertados de las Municipalidades Distritales, con fines de renovacion y desarrollo urbano. f) Otros aportes, donaciones e inversiones que se obtenga del sector publico o privado, nacional o internacional. Usos del Fondo Articulo Sexto.- Los recursos del Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo MORDAZA, seran destinados a: a) Financiar inversiones en proyectos de renovacion y desarrollo MORDAZA, de inmuebles de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de propiedad mixta y en cualquier terreno de propiedad municipal. b) Financiar proyectos en inmuebles de propiedad privada, en intervenciones concertadas en areas urbanas, mediante convenios con sus propietarios y ocupantes, respetando el derecho de residencia de la poblacion, de conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 696 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-95-MTC. Puede incluirse por excepcion, obras en suelo de uso publico, siempre que constituyan complemento indispensable al proyecto principal. c) Promover fondos especiales, de caracter extraordinario y excepcional, destinados a enfrentar situaciones calificadas de riesgo o emergencia por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, aplicandose a proyectos en la modalidad de rehabilitacion de estructuras y servicios, en tanto coadyuve a la renovacion y desarrollo urbano. d) Otorgar fianzas a favor de entidades financieras, para la constitucion de fondos de garantia que permitan la ejecucion de los proyectos que se realicen, en concordancia con la presente Ordenanza. e) Adquirir inmuebles o predios necesarios para el mejor desarrollo de los programas o proyectos a ejecutarse, conforme a las politicas metropolitanas y a las normas legales vigentes. Los montos para financiar las lineas de accion b), c) d) y e), tendran restricciones, en tanto no propicien la descapitalizacion del Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo Urbano. CAPITULO VI ORGANIZACION, ADMINISTRACION Y GESTION DEL FONDO METROPOLITANO Administracion del Fondo Articulo Septimo.- El Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo MORDAZA, sera administrado por el Directorio de la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A. Funciones para la Administracion y Gestion del Fondo Articulo Octavo.- Son Funciones: a) Establecer y aprobar las politicas y prioridades del Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo urbano. b) Financiar los programas de renovacion MORDAZA determinados por el Directorio de EMILIMA S.A., en el MORDAZA de la normatividad municipal. c) Elaborar y aprobar el proyecto del Plan Anual y Presupuesto de Inversiones para el uso e incremento de los recursos del Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo MORDAZA, y proponerlo al MORDAZA Metropolitano de Lima. d) Realizar la supervision de los recursos del Fondo, en concordancia con los fines autorizados. e) Gestionar la obtencion de recursos provenientes de la Cooperacion Tecnica y Financiera, nacional e internacional, y creditos para ser destinados a la ejecucion de estudios y obras de

renovacion y desarrollo MORDAZA, de conformidad con lo establecido por el Art. 56º del Decreto Supremo Nº 11-95-MTC. f) Aprobar el Informe de Gestion Anual, dando cuenta al MORDAZA Metropolitano. g) Otras funciones que le encomiende el Concejo o el MORDAZA Metropolitano. Criterios de Priorizacion y Gestion Articulo Noveno.- Son criterios de priorizacion y gestion: a) Organizar un cartera de inversion para la renovacion MORDAZA, que permita realizar una gestion flexible para el logro de los objetivos propuestos, para la busqueda y obtencion de MORDAZA de financiamiento de proyectos con rentabilidad economica y social. b) Realizar una adecuada identificacion y seleccion de necesidades de intervencion para la renovacion y desarrollo MORDAZA, focalizando la inversion en los sectores pobres urbanos, asi como las edificaciones, segun criterio de calificacion. c) Fomentar oportunidades de mayor participacion del sector privado, sustentadas en evaluaciones de MORDAZA, que sirvan para identificar las tendencias de oferta y demanda. d) Disenar una adecuada estructura de inversion, para el financiamiento de las diferentes modalidades de intervencion en las areas de tratamiento seleccionadas, tales como, construccion, remodelacion, rehabilitacion, recuperacion, reconstruccion y otras, orientado a asegurar la renovacion urbana. e) Efectuar el seguimiento de la ejecucion de los proyectos, realizando las evaluaciones economicas, financieras y sociales. CAPITULO VII DISPOSICIONES FINALES Reglamento del Fondo Articulo Decimo.- El Reglamento del Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo MORDAZA, se aprobara mediante Decreto de Alcaldia, sobre la base de la propuesta elaborada por el Directorio de la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A. CAPITULO VIII DISPOSICION COMPLEMENTARIA Articulo Decimo Primero.- La presente MORDAZA es complementaria a la Ordenanza Nº 201 de fecha 21 de diciembre de 1998 "Plan Maestro Centro de Lima". CAPITULO IX DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Mediante Decreto de Alcaldia la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, autorizara que el Directorio de la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A. asuma las funciones de administracion y gestion del Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo urbano. Segunda.- Encargase al Servicio de Administracion Tributaria - SAT, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evaluar la aplicacion de incentivos tributarios que contribuyan a promover la inversion privada y la captacion de recursos para el Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo Urbano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, a los catorce dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 13288

Precisan finalidad, organizacion y funciones del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace"
PROYECTO ESPECIAL "EL TEATRO MUNICIPAL RENACE" DECRETO DE ALCALDIA Nº 032 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1999

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