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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (20/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 179487 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de octubre de 1999 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 056 del 6 de agosto de 1998, la Municipalidad Metropolitana de Lima, constituyó el Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" a fin de organi- zar y conducir las acciones y evaluar los proyectos necesarios para la recuperación del Teatro Municipal y el desarrollo de la Zona Cultural; Que, es necesario precisar la finalidad, organización y fun- ciones del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace"; Que, los Comités Técnico y de Finanzas del Proyecto Espe- cial "El Teatro Municipal Renace", han cumplido con verificar la culminación de las evaluaciones arquitectónica y estructural del Teatro Municipal y con elaborar el correspondiente Plan de Trabajo que entre otros, contempla el Cronograma de convocato- ria a concurso de los estudios, obras y el plazo para la culmina- ción de la Primera Etapa del dicho proyecto cultural; Que, asimismo, en el 22 de marzo último, con la participa- ción directa del Alcalde Metropolitano se ha culminado el proce- so de hermanamiento entre el Gran Teatro del Liceu de Barce- lona - España y el Teatro Municipal de Lima, el mismo que contempla la cooperación en los ámbitos técnicos y culturales; Que, es indispensable garantizar la participación de la sociedad civil en las acciones de reconstrucción a cargo del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" y, asimismo, en la conformación de una entidad de naturaleza mixta, encargada de su futura administración y conservación; Que, existen diversos ofrecimientos locales y externos de colaboración para la Reconstrucción del Teatro Municipal que deben ser coordinados y orientados; Que, es necesario facilitar al Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" la gestión y celebración directa y la formali- zación de Convenios de Cooperación, a nombre de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, con entidades públicas y empre- sas e instituciones del sector privado, que permitan contar con la colaboración de profesionales, técnicos y/o de servicios cultu- rales, en beneficio del desarrollo del Proyecto; Con la visación de la Dirección Municipal Administrativa, de la Oficina General de Asuntos Jurídicos y de la Oficina General de Planificación; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 47º inciso 6) y 136º inciso 10) de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Precísase que el Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace", tiene por objetivos el organizar, conducir y fiscalizar las acciones y los proyectos necesarios para la recuperación del Teatro Municipal fomentar la parti- cipación de la inversión privada y orientar el desarrollo de las acciones necesarias a ejecutarse en la Zona Cultural estable- cida en el Plan Maestro Centro de Lima aprobado por la Ordenanza Nº 201. El referido Proyecto Especial se incorpora al Clasificador Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Jefa- tura de Gestión 02, Administración Municipal, Unidad Ejecuto- ra 05. Artículo 2º.- El Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" contará con una Comisión Directiva y una Dirección Ejecutiva. El Proyecto, asimismo, tiene como Organos Consul- tivos al Comité de Honor, el Comité Técnico y el Comité Finan- ciero de conformidad con el Decreto de Alcaldía Nº 056-98 y lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo 3º.- La Comisión Directiva del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" estará integrada por: a. Un representante del Alcalde Metropolitano, quien lo presidirá; b. Dos (2) representantes designados por los Comités Técni- co y Financiero establecidos mediante el Decreto de Alcaldía Nº 056-98; y, c. Cuatro (4) representantes designados por el Comité de Honor establecido por el Decreto de Alcaldía Nº 056-98, en representación de los sectores de la sociedad civil. Artículo 4º.- La Comisión Directiva del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" tendrá las siguientes funciones: a. Planear, normar y supervisar las acciones, actividades y proyectos; b. Aprobar los planes de acción que proponga el Director Ejecutivo del Proyecto; c. Aprobar su Reglamento Interno que contemplará la perio- dicidad y quórum de sus sesiones, designación de representan- tes, así como sus relaciones con la Dirección Ejecutiva; d. Promover la participación de la inversión privada y de la sociedad civil en la ejecución del proyecto; e. Promover el apoyo de la cooperación técnica y financiera internacional que contribuya al logro de los objetivos del proyec- to;f. Facilitar la coordinación con los organismos y entidades de la Municipalidad Metropolitana de Lima y del Gobierno Cen- tral, las acciones necesarias para la consecución de sus fines; g. Diseñar y proponer a la Municipalidad Metropolitana de Lima el modelo de organización y de funcionamiento de la Fundación del Teatro Municipal; h. Asesorar y efectuar recomendaciones al Director Ejecuti- vo del proyecto para el mejor ejercicio de sus funciones; i. Constituir los Comités de Trabajo que estime conveniente para el mejor desarrollo del Proyecto; y, j. Realizar las actividades que contribuyan al logro de sus objetivos. Artículo 5º.- La Dirección Ejecutiva del Proyecto está a cargo de un Director Ejecutivo que ejerce su representación, la responsabilidad de la marcha administrativa y la ejecución de las políticas, planes y actividades y está encargado de imple- mentar los acuerdos de la Comisión Directiva, así como de participar y de supervisar todas las labores y proyectos a cargo de los organismos y de las entidades responsables relacionadas con la Reconstrucción del Teatro Municipal. El Director Ejecutivo elabora el Plan de Acción y Presupues- to del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace", autoriza los requerimientos de bienes y servicios en el marco de las normas establecidas en los Sistemas Administrativos de Con- trol, Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Reglamento, solicita a la Administración Municipal, la contra- tación de personal profesional, técnico y asesores, gestiona donaciones nacionales e internacionales previa autorización de la Comisión Directiva; suscribe directamente los convenios de cooperación, asesoría, soporte tecnológico, apoyo técnico y/o de servicios, a nombre de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con instituciones culturales, educativas, nacionales o interna- cionales en beneficio del desarrollo del Proyecto, informando a la Administración para los fines contables a que hubiere lugar. El Director Ejecutivo es un funcionario de confianza, desig- nado mediante Resolución de Alcaldía por un período de un año, renovable, a propuesta de la Comisión Directiva del Proyecto. Artículo 6º.- Para el desempeño de sus funciones y atribu- ciones, la Dirección Ejecutiva contará con las siguientes unida- des: a) Unidad Técnica-Administrativa-Financiera; y, b) Unidad de Promoción Cultural y Comunicaciones. Artículo 7º.- La Oficina General de Planificación y la Oficina General de Finanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se encargaran de realizar las acciones administrativas y modificaciones presupuestarias a fin de establecer el Marco Legal del Plan de Acción y Presupuesto del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace". Artículo 8º.- Encárguese al Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" los estudios y la realización de las gestiones y acciones conducentes a la creación, de la FUNDACION DEL TEATRO MUNICIPAL. A partir de la constitución de esta Fundación el Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" culmina sus labores y se disuelve con arreglo a las normas sobre la materia. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima ANEXO A Estructura Administrativa de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial "El Teatro Municipal Renace" FUNCIONES: - Dirección Ejecutiva.- Organo Ejecutivo a cargo de un funcionario de mayor nivel del Proyecto Especial, responsable de la marcha administrativa del proyecto y de la ejecución de las políticas, del plan, encargado de implementar los acuerdos, de coordinar con el Comité Técnico y el de Finanzas del Proyecto, las entidades de la Municipalidad Metropolitana de Lima y del Gobierno Central, así como de supervisar la realización de las labores de las áreas Técnico-Financiera y de Comunicaciones y de Actividades Culturales. - Area Técnica-Administrativa-Financiera.- Tiene a su cargo la coordinación técnica con los profesionales del proyec- to arquitectónico, con las dependencias municipales y demás autoridades competentes. Elaborará y controlará la ejecución del cronograma del proyecto y las obras de emergencia y otras funciones relacionadas al Plan de Desarrollo Técnico. Estable- cerá el sistema de administración contable y evaluará la viabi- lidad de las actividades culturales y las campañas de difusión propuestas, realizando el análisis de costo beneficio. - Area de Comunicaciones y Actividades Culturales.- Tendrá de forma permanente un servicio de fuente informativa