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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (20/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 179490 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de octubre de 1999 encargado de conducir los procesos de Adjudicación Directa y Adjudicación Directa de Menor Cuantía, que efectúe la Munici- palidad de La Victoria, en el cual solicitan se autorice realizar una Adjudicación Directa de Menor Cuantía para la contrata- ción de los Servicios de Asesoría Legal Externa para Atención y Seguimiento de Procesos Penales (setiembre a diciembre de 1999) y Servicios de Asesoría Legal Externa para Atención y Seguimiento de Procesos Judiciales de Recuperación y Sanea- miento Inmobiliario y de Competencia Social-Constitucional (setiembre a diciembre de 1999); CONSIDERANDO: Que, es necesario que la Municipalidad de La Victoria, para el cumplimiento de sus funciones, cuente con un servicio de Asesoría Legal Externa para la Atención y Seguimiento de Procesos Penales (setiembre a diciembre de 1999) y Asesoría Legal Externa para la Atención y Seguimiento de Procesos Judiciales de Recuperación y Saneamiento Inmobiliario y de Competencia Social-Constitucional (setiembre a diciembre de 1999); Que, para la contratación de los Servicios de Asesoría Legal Externa para Atención y Seguimiento de Procesos Penales (setiembre a diciembre de 1999) y Servicios de Asesoría Legal Externa para Atención y Seguimiento de Procesos Judiciales de Recuperación y Saneamiento Inmobiliario y de Competencia Social-Constitucional (setiembre a diciembre de 1999) se convo- có a la Adjudicación Directa con Publicación Nº 002-99-MDLV, la misma que fue declarada desierta en el acto de recepción y apertura de propuestas de fecha 25 de agosto de 1999, por haberse presentado un solo postor, decidiéndose realizar una Segunda Convocatoria con el mismo objeto; Que, con fecha 10 de setiembre de 1999 se realizó el acto de recepción y apertura de propuestas de la Adjudicación Directa con Publicación Nº 002-99-MDLV-Segunda Convocatoria, la misma que también fue declarada desierta al haberse presenta- do dos postores; Que, el inciso f) del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley Nº 26850) señala que están exonerados del requisito de Licitación Pública y Concurso Públi- co las adquisiciones y contrataciones cuyo proceso de selección haya sido declarado desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierta en dos oportunidades la Adjudicación Directa con Publicación Nº 002- 99-MDLV, es procedente autorizar, en vía de excepción, la contratación de los Servicios de Asesoría Legal Externa para Atención y Seguimiento de Procesos Penales (setiembre a di- ciembre de 1999) y Servicios de Asesoría Legal Externa para Atención y Seguimiento de Procesos Judiciales de Recuperación y Saneamiento Inmobiliario y de Competencia Social-Constitu- cional (setiembre a diciembre de 1999) a través de una Adjudi- cación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 20º de la Ley Nº 26850; Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso c) del Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Ley Nº 26850) la exoneración del proceso de selección debe ser aproba- do por Resolución de la máxima autoridad de la Entidad; Que, para los efectos anteriormente referidos es necesario la formalización del acto administrativo que apruebe la exonera- ción del proceso de selección antes referido; Estando a lo expuesto; y, en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 23853) y la Ley Nº 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; RESUELVE: 1º.- Aprobar de conformidad con las normas legales perti- nentes, la contratación de los Servicios de Asesoría Legal Exter- na para Atención y Seguimiento de Procesos Penales (setiembre a diciembre de 1999) y Servicios de Asesoría Legal Externa para Atención y Seguimiento de Procesos Judiciales de Recuperación y Saneamiento Inmobiliario y de Competencia Social-Constitu- cional (setiembre a diciembre de 1999); por el período compren- dido hasta el 31 de diciembre de 1999. 2º.- Disponer que la Secretaría General de la Municipalidad de La Victoria ponga de conocimiento de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República dentro del plazo estableci- do por Ley. 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. 4º.- Encargar a la Dirección de Administración y a la Unidad de Logística el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 13259MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO BIAVO Disponen el saneamiento físico le- gal de bienes inmuebles de la Muni - cipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 02-99-A-MDABC Alto Biavo Cusco, 12 de octubre de 1999 VISTO: Que, la Municipalidad Distrital de Alto Biavo Cusco, provincia de Bellavista, departamento de San Martín, existe patrimonio inmobiliario municipal que necesita de ser objeto de SANEAMIEN- TO FISICO LEGAL y su posterior inscripción en los Registros Públicos de Mariscal Cáceres, Juanjuí, departamento de San Martín; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales deben cuidar permanentemente que sus títulos de propiedad estén debidamente saneados e inscribir todos los inmuebles de su propiedad en la Oficina Registral de su provincia; Que, por Decreto Supremo Nº 18-90-VC se dispuso que las Municipalidades quedan facultadas para gestionar la Primera de Dominio inscripción de Dominio en los bienes inmuebles que le pertenezcan y no cuenten con título comprobatorio de dominio, mediante los procedimientos que allí se precisan; Que, asimismo por Decreto Supremo Nº 026-96-PCM se dispuso que las entidades de Gobierno Central, Gobiernos Regio- nales, Corporaciones de Desarrollo, Gobiernos Locales y demás dependencias públicas, dicten medidas específicas para el Sanea- miento Físico Legal de los bienes inmuebles de su propiedad, cuyo dominio no estuviera inscrito en los Registros Públicos; Que con la finalidad de administrar de manera óptima los bienes inmuebles que constituyen patrimonio de la Municipali- dad, es necesario dictar normas para regular el Saneamiento Físico Legal, a efectos de poder utilizar los proyectos de interés para los vecinos del distrito de Alto Biavo, provincia de Bellavista, departamento de San Martín; Que asimismo es necesario contar con un procedimiento simplificado ágil y eficaz, que permita acceder con celeridad a la Titulación de bienes inmuebles de propiedad de la Municipali- dad, a fin de cumplir con los objetivos y con la ejecución de diversos proyectos de envergadura en beneficio de la comunidad; Estando dispuesto en el Art. 191º de la Constitución Política del Estado, a lo expuesto y uso de las facultades que nos confieren los Artículos 2º, 10º), Art. 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853 Ley Orgánica de Municipalidades y con las facultades y atribuciones de que esté investido el Concejo Municipal; ACORDO: Primero.- DECLARAR de necesidad y de utilidad pública en SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE LOS BIENES INMUE- BLES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO BIAVO CUSCO, que a la dación del presente Decreto no se encuentren debidamente registrados en la Oficina Registral de MARISCAL CACERES, JUANJUI, SAN MARTIN. Segundo.- DISPONER el Saneamiento Físico Legal de los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Distrital de Alto Biavo Cusco, tramitando para el efecto, las acciones legales correspondientes sobre bienes inmuebles a que se refiere el artículo anterior. Tercero.- A partir de la fecha de la dación del presente Decreto, la Municipalidad Distrital de Alto Biavo, Cusco, provin- cia de Bellavista, departamento de San Martín, procederá a inscribir los bienes inmuebles de su propiedad en la Oficina Registral de la provincia de Mariscal Cáceres, Juanjuí, departa- mento de San Martín, acompañando al formulario de Solicitud de inscripción, los siguientes documentos: A) Memoria Descriptiva del inmueble B) Plano de Ubicación C) Plano perimétrico D) Declaración Jurada, haciendo constar que el inmueble esté libre de todo gravamen, embargo, medida cautelar o proceso judicial. Dado en el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distri- tal de Alto Biavo Cusco, a los 12 días del mes de octubre de 1999. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ISRAEL URIARTE SILVA Alcalde 13265