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Pág. 179481 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de octubre de 1999 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran inmueble ubicado en el dis- trito del Rímac como monumento inte- grante del Patrimonio Cultural de la Nación RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 646/INC Lima, 6 de octubre de 1999 VISTOS: El Acuerdo Nº 06/02.09.99 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos y demás documenta- ción sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, es deber del Estado velar por la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación" faculta al Institu- to Nacional de Cultura para proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como también a las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la función que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificación y registro de inmuebles, espacios y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyec- tos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 06/02.09.99 de fecha 2 de setiembre de 1999, propone se declare monumento al inmueble ubicado en Jr. Yutay Nº 135 del distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, por cuanto es una muestra de la arquitectura civil doméstica republicana que posee valores artísticos y arquitectónicos de gran calidad. Dicho inmueble contiene un área de aproximadamente 35 m2 colapsada a nivel de muros del primer piso y en mal estado de conservación los del segundo piso, con el consiguiente peligro de daños a terceros; Estando a lo visado por la Dirección Ejecutiva, la Dirección General del Patrimonio Monumental y Cultural, la Dirección del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación"; Decretos Supremos Nºs. 039-70-VI y 063-70-VI, que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación" y su modifi- catoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al inmueble ubi- cado en Jr. Yutay Nº 135 del distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura brindará las pautas para liberar la zona con riesgo de colapso. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS O. REPETTO MALAGA Director Nacional 13260 OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO Autorizan ejercicio del cargo de marti- llero público a nivel nacional RESOLUCION JEFATURAL Nº 602-99-ORLC/JE Lima, 14 de octubre de 1999Visto el expediente organizado por don EDGARDO AR- MANDO MARTINEZ PANIZO, sobre obtención del título de Martillero Público y el Oficio Nº 526-99-ORLC/GBM del 7 de octubre de 1999, emitido por la Gerencia de Bienes Muebles; y, CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 005-98-JUS, Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos de la SUNARP y de sus órganos desconcentrados, de fecha 27 de junio de 1998 y, en el Artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948 y el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desem- peño del cargo de Martillero Público a nivel nacional, según se desprende de la documentación que acompaña a su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece las modalidades de garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente ha optado por otorgar garantía efectiva, equivalente a una y media Unidades Impositivas Tributarias a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao, mediante los Depósitos Administrativos del Banco de la Nación Nº 1999004611397 y Nº 1999004611762; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Pú- blicos Nº185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a don EDGARDO ARMAN- DO MARTINEZ PANIZO, a ejercer el cargo de Martillero Públi- co a nivel nacional con sujeción a las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Artículo Segundo.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el Art. 116º del Código de Comercio modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos a nivel nacional de la Gerencia de Bienes Muebles de la Oficina Registral de Lima y Callao. Regístrese y comuníquese. C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 13231 PROMPERU Disponen la publicación del Estudio Nº 004-1999-IT/E-PP denominado "Perfil del Turista Ecuatoriano" RESOLUCION DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DE PROMPERU Nº 003-1999-PROMPERU/SEC Lima, 30 de setiembre de 1999 Visto, el Estudio Nº 004-1999-IT/E-PP de fecha agosto de 1999 elaborado por el Area de Inteligencia Turística de PromPe- rú, denominado "Perfil del Turista Ecuatoriano" que contiene información sobre las características demográficas y socioeco- nómicas del turista ecuatoriano que opta por viajar al extranje- ro, sus principales motivaciones y preferencias de viaje, costum- bres y actividades que realiza durante su tiempo libre; CONSIDERANDO: Que, para lograr la mejora constante de los productos y servicios de turismo receptivo en el Perú resulta necesario tomar conocimiento de los últimos requerimientos y expectati- vas del turista extranjero que visita o que pudiera visitar nuestro país, por lo que PromPerú desde 1997 viene efectuando estudios en ese sentido y cuyos resultados se han difundido mediante las publicaciones el "Perfil del Turista Extranjero 1998" y el "Perfil del Turista Extranjero 1999"; Que, en virtud del Acuerdo Global de Paz celebrado entre las repúblicas del Perú y el Ecuador el 26 de octubre de 1998 y las posibilidades de estrechar lazos de amistad y comercio entre ambos pueblos que pueden redituar en un crecimiento del flujo turístico entre ambos países, resulta conveniente conocer la ima- gen y posicionamiento del Perú en el mercado ecuatoriano y las posibilidades de nuestro país como destino turístico en Ecuador; Que, el objetivo del estudio es determinar el interés del potencial turista ecuatoriano que visita nuestro país, los meses en los cuales tendría pensado arribar al Perú, así como el tiempo que posiblemente permanezca y las principales características