Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 1999 (11/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de setiembre de 1999

detalle de la modificacion de su presupuesto aprobado por el presente dispositivo, a fin que el Titular de dicha Entidad efectue las adecuaciones correspondientes, las cuales deberan ser remitidas a dicha Oficina, dentro de los 10 dias calendario de recibida la comunicacion respectiva. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los ocho dias del mes de setiembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 11661

ENERGIA Y MINAS
Transfieren centrales hidroelectricas, lineas de subtransmision e interconexion y subestaciones a la empresa ADINELSA
DECRETO SUPREMO Nº 039-99-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 311-96-PCM, de fecha 31 de agosto de 1996, se ratifico el Acuerdo adoptado por la Comision de Promocion de la Inversion Privada COPRI, conforme el cual se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada a ser ejecutado en las Empresas Regionales de Electricidad; y, por Resolucion Suprema Nº 217-98PCM, de fecha 23 de MORDAZA de 1998, se ratifico el Acuerdo adoptado por la COPRI, conforme al cual se aprueba el MORDAZA Plan de Promocion de la Inversion Privada en las Empresas Regionales de Electricidad; Que, en el punto "D" del referido Plan, se establece la obligacion de la empresa adjudicada de administrar los proyectos de electrificacion rural que el Estado ejecute dentro de su area de influencia, cobrando un cargo por la operacion y mantenimiento conforme a los Contratos que para el efecto se suscriban con las Empresas Regionales de Servicio Publico de Electricidad; Que, el Consejo Transitorio de Administracion Regional de la ex Region Nor Oriental del Maranon - ex CTAR RENOM, ejecuto las obras necesarias para la culminacion de la Central Hidroelectrica "La Pelota" ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA del departamento de Cajamarca; Central Hidroelectrica "El Muyo" ubicada en el distrito de Muyo, provincia de Bagua del departamento de Amazonas; Central Hidroelectrica de "Caclic" ubicada en la provincia de Luya departamento de Amazonas y su correspondiente Subestacion; Linea de Subtransmision en 60 KV que interconecta la Central Hidroelectrica "El Muyo" con las ciudades de Bagua Chica, Bagua Grande y Jaen; Linea de Interconexion en 10 KV entre la Central Hidroelectrica "La Pelota" y la Central Termica de Jaen; y, las Subestaciones Muyo, Bagua Grande, Bagua Chica, MORDAZA y La Pelota; Que, el suministro del equipamiento electromecanico requerido para las centrales senaladas en el considerando precedente, asi como los avances parciales de las obras civiles fueron financiados por la Empresa de Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A.; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 065-98, de fecha 31 de diciembre de 1998, se autorizo al Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR MORDAZA, para que efectue la liquidacion de los contratos del proyecto "Sistema Electrico Regional Bagua-Jaen", facultandosele para que se apersone al MORDAZA de liquidacion y realice todos los actos juridicos pertinentes, incluyendo la ejecucion de todas las obligaciones, asi como el ejercicio de todos los derechos y acciones derivados del contrato de Ejecucion de Obras para la terminacion del mencionado proyecto suscrito con fecha 14 de enero de 1993 entre la ex CTAR RENOM y SOINCO S.A.C.I.;

Que, el "Sistema Electrico Regional Bagua-Jaen", comprendia la culminacion de las obras de la Central Hidroelectrica "La Pelota" ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA del departamento de Cajamarca; Central Hidroelectrica "El Muyo" ubicado en el distrito de Muyo, provincia de Bagua del departamento de Amazonas; Linea de Subtransmision en 60 KV que interconecta la Central Hidroelectrica "El Muyo" con las ciudades de Bagua Chica, Bagua Grande y Jaen; Linea de Interconexion en 10 KV entre la Central Hidroelectrica "La Pelota" y la Central Termica de Jaen; y, las Subestaciones Muyo, Bagua Grande, Bagua Chica, MORDAZA y La Pelota; Que, el Articulo 2º del mencionado Decreto de Urgencia autorizo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Credito Publico, a asumir la deuda correspondiente de la operacion de Endeudamiento Externo concertada por la ex Region Nor Oriental del Maranon con SOINCO S.A.C.I. de MORDAZA, que se encuentre vencida y por vencer segun los terminos del contrato de contragarantia celebrado por la citada Region con el Ministerio de Economia y Finanzas en merito del Decreto Supremo Nº 18892-EF; Que, asimismo, en el Articulo 3º del referido Decreto de Urgencia, se MORDAZA que los excedentes resultantes de la operacion de las centrales hidroelectricas que comprenden el "Sistema Electrico Regional Bagua-Jaen", despues de cubrir los costos de operacion, mantenimiento, reposicion, administracion y otros, seran transferidos al Ministerio de Economia y Finanzas, hasta reembolsar el monto total asumido por dicho Ministerio; tambien dispuso que si al momento de la venta al sector privado de las centrales hidroelectricas, existiese un saldo pendiente de reembolso a favor del Ministerio de Economia y Finanzas, este saldo seria cubierto con cargo a los recursos provenientes de la mencionada transferencia; Que, mediante Oficio Nº 1863-94/DE/COPRI, de fecha 24 de setiembre de 1994, la COPRI comunico a ELECTROPERU S.A. el acuerdo mediante el cual autoriza la constitucion social de la Empresa de Ingenieria y Construccion de Sistemas Electricos S.A. - ICSA, como una Empresa Estatal de Derecho Privado de propiedad indirecta del Estado e integrante del Sector Electrico Nacional; Que, en Sesion de fecha 6 de octubre de 1998, la COPRI acordo autorizar la reactivacion de la Empresa ICSA, con la finalidad de complementar el MORDAZA de privatizacion de las Empresas de Servicio Publico de Electricidad entregando en administracion las obras de infraestructura electrica de propiedad del Estado, segun los contratos de administracion, que para el efecto suscriban; Que, en la Sesion a que hace referencia el considerando precedente, se acordo autorizar que las obras y adquisiciones culminadas de los proyectos que el Ministerio de Energia y Minas determine, ejecutados a traves de la Direccion Ejecutiva de Proyectos, se constituyan en aportes de capital de la empresa ICSA, al monto de la inversion aplicada a la ejecucion de las referidas obras y adquisiciones, debiendo emitirse las correspondientes acciones a nombre de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE; Que, en Junta General de Accionistas de la Empresa ICSA, celebrada el 15 de marzo de 1999, se aprobo la adecuacion del Estatuto Social de la misma a la Ley General de Sociedades, aprobandose tambien el cambio de denominacion social por Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA; Que, para complementar el MORDAZA de privatizacion de las Empresas de Servicio Publico de Electricidad, es necesario transferir a la Empresa ADINELSA las instalaciones y equipos correspondientes a la Central Hidroelectrica "La Pelota" ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA del departamento de Cajamarca; Central Hidroelectrica "El Muyo" ubicado en el distrito de Muyo, provincia de Bagua del departamento de Amazonas; Central Hidroelectrica de "Caclic" ubicada en la provincia de Luya, departamento de Amazonas y su correspondiente Subestacion; Linea de Subtransmision en 60 KV que interconecta la Central Hidroelectrica "El Muyo" con las ciudades de Bagua Chica, Bagua Grande y Jaen; Linea de Interconexion en 10 KV entre la Central Hidroelectrica "La Pelota" y la Central Termica de Jaen; y las Subestaciones Muyo, Bagua Grande, Bagua Chica, MORDAZA y La Pelota; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Transfierase a la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. - ADINELSA, las Centrales Hidroelectricas, Lineas de Subtransmision, Linea de Interconexion y Subestaciones, al valor registrado en libros, cuyas caracteristicas principales se detallan en el

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