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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (12/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 177755 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de setiembre de 1999 Pasajes :US$ 954.90 (novecientos cincuenta y cuatro y 90/100 dólares americanos) Viáticos :US$ 1,100.00 (mil cien dólares americanos) Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derechos a exoneración de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ENRIQUE CASO LAY Contralor General de la República 11606 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Implementan la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cajamarca RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 675-99-MP-CEMP Cajamarca, 11 de setiembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, estando a la carga de trabajo y la mayor necesidad de los ciudadanos e instituciones que requieren de la intervención de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cajamarca, es necesario implementar otra Fisca- lía de Prevención del Delito en el Distrito Judicial de Cajamarca; y, estando al Acuerdo Nº 5751 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Pú- blico en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que el doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, no se en- cuentra presente por haberse excusado de realizar el viaje por motivo de salud, y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cajamarca a cargo de la doctora María Leonor Fernández Sivori, Fiscal Provincial Provisional, en Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cajamarca. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la doctora Lidia Elvira Albán Zapata como Fiscal Adjun- ta Provincial Provisional de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 543-95- MP-FN de fecha 13 de junio de 1995. Artículo Tercero.- Designar a la doctora Lidia Elvira Albán Zapata como Fiscal Provincial Provisional de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Cajamarca. Artículo Cuarto.- El turno se realizará de acuerdo a lo que señala la Fiscal Superior encargada de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministe- rio Público en el Distrito Judicial de Cajamarca. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecuti- va del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comisión Eje- cutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Fiscal Superior encargada de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministe- rio Público en el Distrito Judicial de Cajamarca y Fiscales mencionadas en los artículos precedentes, para los fines pertinentes.Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 11716 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Declaran como monumento integran- te del Patrimonio Cultural de la Nación a templo ubicado en el distrito de Aczo, provincia de Antonio Raymondi RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 547/INC Lima, 7 de setiembre de 1999 VISTOS: El Acuerdo Nº 04/24.06.99 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectó- nicos y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO: Que, es deber del Estado velar por la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación" faculta al Instituto Nacional de Cultura para proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como también a las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, el Instituto Nacional de Cultura en cumpli- miento de la función que le asigna la ley, viene reali- zando una permanente identificación y registro de inmuebles, espacios y áreas urbanas que por su valor histórico deben ser declarados integrantes del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 04/24.06.99 de fecha 24 de junio de 1999, propone se declare monumen- to a la Iglesia de San Antonio de Chambara, ubicada en el distrito de Aczo, provincia de Antonio Raymondi, departa- mento de Ancash, pudiéndose determinar que dicho in- mueble es de muy antigua data por cuanto presenta torre exenta; Estando a lo visado por la Dirección Ejecutiva, la Dirección General del Patrimonio Monumental y Cultural, la Dirección del Centro Nacional de Registro del Patrimo- nio Inmueble y la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación"; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la Iglesia de San Antonio de Chambara del distrito de Aczo, provincia de Antonio Raymondi, departamento de Ancash, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.