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Pág. 185294 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de abril de 2000 El redondeo se establecerá teniendo en cuenta el primer decimal siguiente al número de decimales, así como los montos a ser utilizados en la determinación de los porcentajes o coeficien- tes, deberán considerar previamente el procedimiento de redon- deo, señalados en el Artículo 2º del presente Dictamen. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza será de aplicación a las normas que se publiquen con posterioridad a ésta, siempre que no se señale expresamente en aquéllas el procedimiento de redondeo. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección de Rentas esta- blecer los mecanismos más adecuados para la correcta aplicación de la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucional su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 3735 Ratifican montos a pagar por emisión mecanizada y determinación del im- puesto predial y arbitrios municipales ORDENANZA Nº 010-2000/CDLO Los Olivos, 23 de marzo del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 010-2000/CDLO QUE RATIFICA LOS MONTOS A PAGAR POR EMISION MECANIZADA Y DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS DURANTE EL EJERCICIO 2000 Artículo Primero.- DISPONER que los montos a pagar por concepto de emisión mecanizada y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Par- ques y Jardines Públicos y Serenazgo durante el período 2000, serán los establecidos para dicho efecto en la Ordenanza Nº 008- 99-CDLO. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Rentas, establecer los mecanismos más adecuados para la correcta aplica- ción de la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Institu- cional su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 3736 Aprueban Formato Unico de Declara- ción Jurada Anual de permanencia en el giro autorizado para establecimien- tos DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2000-MDLO/ALC Los Olivos, 15 de marzo del 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS CONSIDERANDO: Que, la Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776 y modificada a partir del 1 de febrero del 2000 por la Ley Nº 27180, en su Artículo 71º dispone: "que laLicencia de apertura de establecimiento tiene vigencia indeter- minada y que los contribuyentes deben presentar ante la Muni- cipalidad de su jurisdicción una Declaración Jurada Anual, sim- ple y sin costo alguno, de permanencia en el giro autorizado al establecimiento". El Artículo 74º del mismo dispositivo establece que la renovación de la licencia de apertura de establecimiento sólo procede cuando se produzca cambio de giro, uso o zonifica- ción en el área donde se encuentra el establecimiento. Asimismo, la Segunda Disposición Transitoria Final señala que para efecto de la Ley antes referida, la Licencia Municipal de Funcionamiento extendida con anterioridad al 1 de enero del año 2000 es conside- rada Licencia de Apertura de Establecimiento válidamente expe- dida. Que, la Oficina de Asesoría Legal, mediante Informe Nº 015- 2000-MDLO/OAL, interpretando el Artículo 71º y la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27180 señala que los Certificados de licencia no renovados durante 1999 carecen auto- máticamente de vigencia legal por lo que no pueden tener la calidad de Licencias definitivas a partir del 1 de enero del presente año, debiendo tramitarse en estos casos la Licencia Municipal de Funcionamiento definitiva. Que, resulta imperativo aprobar el Formato Unico de Decla- ración Jurada Anual de permanencia del giro autorizado al Esta- blecimiento, con característica de simple y sin costo alguno, elaborado por la División de Administración Tributaria con la finalidad que los contribuyentes del distrito puedan cumplir con la obligación formal contenida en la Ley Nº 27180. Estando a los Informes Nº 015-200-MDLO-OAL de la Oficina de Asesoría Legal Nº 181-2000-MDLO/DAT de la División de Administración Tributaria y Nº 152-2000/MDLO/DR de la Direc- ción de Rentas; en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 47º, inciso 6) y 111º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853 y con cargo a dar cuenta al Concejo Distrital. DECRETA: Artículo Primero.- APRUEBESE, el Formato Unico de Declaración Jurada Anual simple y sin costo alguno de permanen- cia en el Giro autorizado para el establecimiento; el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Están obligados a la presentación de la Declaración Jurada Anual señalada en el Artículo Primero, los contribuyentes cuyo Certificado de Autorización Municipal de Funcionamiento debió ser renovado a partir del 1 de enero del presente año, considerando como fecha límite de presentación de la Declaración Jurada Anual el día y mes en el que vence el Certificado de Autorización Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección de Rentas, a través de la División de Administración Tributaria, División de Control de Actividades Comerciales, Unidad de Seguridad Ciuda- dana y Policía Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y a la Unidad de Imagen Institucional la difu- sión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS DIRECCION DE RENTAS DIVISION DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA DECLARACION JURADA Ley Nº 27180 del 1/10/99, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5/10/99 (Ley que modifica los Artículos 66º, 67º, 68º, 71º, 73º y 74º del Decreto Legislativo Nº 776) I.IDENTIFICACION Nombre o Razón Social......................................... D. N. I. y/o L.E...............C.I...........R.U.C.............. Domicilio Fiscal.............................................. Denominación.......................Distrito................... Provincia..........................Departamento............... II.TIPO DE PERSONA Natural Jurídica III.UBICACION DEL ESTABLECIMIENTO Dirección...................................................... Denominación.......................Distrito.................... Provincia..........................Departamento................ IV. ACTIVIDAD DEL ESTABLECIMIENTO Giro........................................................... ............................................................... Certificado Nº...................Fecha.........................