Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2000 (06/04/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2000

ADUANAS
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra ex funcionarios de la Municipalidad Provincial de Abancay
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000528 Callao, 3 de MORDAZA de 2000 Vistos, el Oficio Nº 068-2000-CG/SCU del 22.MAR.2000; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion alcanzada con el documento de Vistos por el Contralor General de la Republica, se tomo conocimiento del Informe Nº 112-99-CG/SCU referente al Examen Especial practicado en la Municipalidad Provincial de Abancay MORDAZA, Periodo Enero 96 - Diciembre 96, del cual, entre otros aspectos, se desprende que ex autoridades y ex funcionarios de dicha Municipalidad importaron de Holanda quince (15) vehiculos usados para uso personal, no obstante que la importacion de vehiculos usados de transporte terrestre por particulares se encontraba suspendida en virtud del Decreto de Urgencia Nº 005-96 del 23.ENE.96, vigente en ese momento, habiendose utilizado para ello, a efecto de burlar la normatividad aduanera y los controles aduaneros respectivos, el nombre de la Municipalidad, cuyas importaciones como ente conformante del Sector Publico no se encontraban comprendidas en dicho dispositivo legal; Que, dichos vehiculos cuyo valor (segun Factura Comercial de ANEMA Nº BV 96.1.189. a D del 8.SET.96) ascendia a US$ 5,320, se internaron al MORDAZA via las Declaraciones de Importacion Nºs. 145 96 10 001303 1 del 26.NOV.96, 145 96 10 001305 7 del 27.NOV.96, 145 96 10 001306 0 del 27.NOV.96, 145 96 10 001307 4 del 27.NOV.96, 145 96 10 001318 0 del 27.NOV.96, 145 96 10 001323 5 del 27.NOV.96, 145 96 10 001313 2 del 27.NOV.96, 145 96 10 001314 6 del 27.NOV.96, 145 96 10 001316 3 del 27.NOV.96, 145 96 10 001317 7 del 28.NOV.96, 145 96 10 001319 4 del 28.NOV.96, 145 96 10 001324 9 del 28.NOV.96, 145 96 10 001321 8 del 28.NOV.96 y 145 96 10 001322 1 del 28.NOV.96, que fueron numeradas por ante la Intendencia de Aduana de Mollendo - Matarani a nombre de la Municipalidad Provincial de Abancay, quien indebidamente asumio el pago del Certificado de Inspeccion Nº 2-573-96-000602-002-4 ascendente a US$ 250 y del Impuesto General a las Ventas por US$ 45, y podria ademas asumir indebidamente tambien los cargos y liquidaciones de cobranza por la diferencia del valor FOB asignado por la Empresa Supervisora COTECNA INSPECTION S.A. y el ajustado por la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera ascendente a US$ 10,363.47 (como se detalla en el Oficio Nº 2425-99-ADUANAS-INFA.12.01.13 del 9.NOV.99), toda vez que la compra de los vehiculos se efectuo con los recursos economicos de las ex autoridades y ex funcionarios comprometidos en tal ilicita gestion (obtenidos de prestamos otorgados por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito del MORDAZA, con el aval de la percepcion de dietas futuras), a quienes, inclusive, posteriormente y via sendos Contratos de Compra - Venta, se les otorgo la propiedad de los mismos, no evidenciandose el ingreso del efectivo producto de dicha operacion, a la entidad edilicia; Que, los hechos anteriormente descritos, por la forma y circunstancias en que se produjeron, configuran delito de Contrabando Agravado previsto y penado por los Articulos 2º inciso a) y 7º inciso b) de la Ley Nº 26461 -Ley de Delitos Aduaneros- asi como el delito de Abuso de Autoridad en la modalidad de Actos Arbitrarios,

previsto y penado por el Articulo 376º del Codigo Penal, respecto de los cuales, del mencionado Informe, se evidencia la presunta responsabilidad incurrida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA, asi como por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FANI MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, WILBERT MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CALLALLI MORDAZA, MORDAZA AYERBE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Regidores, y BLANDY MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal y MORDAZA MORDAZA CANAVAL, ex Director de Desarrollo MORDAZA y de Infraestructura; lo que sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Publico de esta Superintendencia para que ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar; De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas -Decreto Legislativo Nº 809-; SE RESUELVE: Articulo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas, para que en defensa y representacion de los derechos e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere lugar en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Abancay, asi como en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, FANI MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, WILBERT MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CALLALLI MORDAZA, MORDAZA AYERBE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Regidores, y BLANDY MORDAZA MORDAZA, ex Director Municipal y MORDAZA MORDAZA CANAVAL, ex Director de Desarrollo MORDAZA y de Infraestructura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion; debiendose para el efecto remitirsele la documentacion actuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 3899

CONSUCODE
Sancionan con inhabilitacion temporal a empresa para participar en licitaciones publicas, concurso de precios, adjudicaciones directas y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 079/2000.TC-S1 MORDAZA, 29 de marzo de 2000 Visto en sesion de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del 16.3.2000, el Expediente Nº 396.99.TC, sobre aplicacion de sancion al

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