TEXTO PAGINA: 25
Pág. 192211 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de agosto de 2000 ENERGIA Y MINAS Fijan porcentajes de regalías mínimas aplicables para proyectos del Zócalo Continental DECRETO SUPREMO Nº 015-2000-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 47º de la Ley Nº 26221 -Ley Orgánica de Hidrocarburos- dispone que por Decreto Supremo refrenda- do por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, se dictarán las normas que regulen la aplicación de la regalía y la retribución, en base a una escala variable la cual estará en función de factores técnicos y económicos, que permitirá determinar los porcentajes de la Regalía y Retri- bución en todo el territorio nacional; Que, el citado Artículo 47º señala que en cada Contra- to, se aplicará el porcentaje de Regalía y Retribución que corresponda; Que, por Decreto Supremo Nº 049-93-EM se aprobó el Reglamento para la Aplicación de Regalía y Retribución en los Contratos Petroleros; Que, la Primera Disposición Final del citado Decreto Supremo, dispone que debido a falta de infraestructura de transporte de Hidrocarburos, mediante Decreto Su- premo se podrán fijar porcentajes de regalía diferentes a los mínimos del reglamento en los Contratos respectivos; Que, el desarrollo de las actividades de exploración en el zócalo continental, y en especial en aguas profundas demanda la realización de actividades no convencionalesy de inversiones elevadas y hacen que los proyectos de exploración y explotación en el Zócalo Continental re- quieran de la aplicación de un Régimen Especial de Regalía distinto al previsto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 049-93-EM; En uso de la facultad conferida en el inciso 18) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Fíjase en diez por ciento (10%), el porcentaje de Regalía mínima aplicable para los proyec- tos del Zócalo Continental con profundidades de agua entre 200 y 400 metros. Artículo 2º.- Fíjase en cinco por ciento (5%), el porcentaje de Regalía mínima aplicable para los proyec- tos del Zócalo Continental con profundidades de agua mayores a 400. Artículo 3º.- Por Resolución Ministerial de Energía y Minas, se establecerán las áreas del Zócalo Continental de aplicación del presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- La realización de actividades de hidro- carburos en el Zócalo Continental, en las áreas a ser establecidas con arreglo al artículo que antecede, esta- rán liberadas del pago por el uso del área acuática y otros que pudiera afectar los Contratos, incluyendo lo estable- cido en los procedimientos H-1 al H-14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- DM/MGP. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Defensa, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticin- co días del mes de agosto del año dos mil.ANEXO Nº 6 CRONOGRAMA DE SUSTENTACION DEL PRESUPUESTO Y CONVENIOS DE GESTIÓN PARA EL AÑO 2001 1 PETROPERU Lunes 02/10/00 9 a.m. 2 PERUPETRO Lunes 02/10/00 3 p.m. 3 SEDAPAL Martes 03/10/00 9 a.m. 4 ELECTROPERU Martes 03/10/00 3 p.m. 5 BANCO DE LA NACION Miércoles 04/10/00 9 a.m. 6 POPULAR Y PORVENIR Miércoles 04/10/00 3 p.m. 7 COFIDE Jueves 05/10/00 9 a.m. 8 BANMAT Jueves 05/10/00 3 p.m. 9 CENTROMIN PERU Viernes 06/10/00 9 a.m. 10 IMEX CALLAO y YAURICOCHA Viernes 06/10/00 3 p.m. 11 EGECEN Lunes 09/10/00 9 a.m. 12 ELECTRO ANDES Lunes 09/10/00 3 p.m. 13 CORPAC Martes 10/10/00 9 a.m. 14 ENAPU Martes 10/10/00 3 p.m. 15 ETECEN Miércoles 11/10/00 9 a.m. 16 SAN GABAN Miércoles 11/10/00 3 p.m. 17 EGEMSA Jueves 12/10/00 9 a.m. 18 EGASA Jueves 12/10/00 3 p.m. 19 SEAL Viernes 13/10/00 9 a.m. 20 ELECTRO SUR ESTE Viernes 13/10/00 3 p.m. 21 ETESUR Lunes 16/10/00 9 a.m. 22 ELECTRO ORIENTE Lunes 16/10/00 3 p.m. 23 ELECTRO PUNO Martes 17/10/00 9 a.m. 24 EGESUR Martes 17/10/00 3 p.m. 25 ELECTRO SUR Miércoles 18/10/00 9 a.m. 26 ELECTRO UCAYALI Miércoles 18/10/00 3 p.m. 27 CONEMINSA Jueves 19/10/00 9 a.m. 28 ADINELSA Jueves 19/10/00 3 p.m. 29 EDITORA PERU Viernes 20/10/00 9 a.m. 30 SERPOST Viernes 20/10/00 3 p.m. 31 SIMA PERU y SIMA IQUITOS Lunes 23/10/00 9 a.m. 32 ESVICSAC y SILSA Lunes 23/10/00 3 p.m. 33 ENACO Martes 24/10/00 9 a.m. 34 INMISA Martes 24/10/00 3 p.m. NOTA: A las Empresas no consideradas en relación anterior se les comunicará oportunamente. 9794