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Pág. 192218 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de agosto de 2000 litana de Habilitaciones Urbanas acordó ampliar el Acuerdo Nº 08 tomado en Sesión Nº 37-97 de fecha 10 de octubre de 1997 en el sentido de Aprobar el Planea- miento Integral del terreno de 96,525.00 m2 para fines de independización en tres parcelas denominadas subpar- cela A-3 de 56,524.65 m2, subparcela A-3-1 de 20,000.35 m2 y subparcela A-3-2 de 20,000.00 m2, calificadas las tres parcelas para Uso Residencial de Densidad Media "R-4"; Los aportes Reglamentarios deberán cumplirse en cada parcela resultante del proceso de Independización de la siguiente manera: - Parcela A-3 - El aporte para Recreación Pública de 3,632.00 m2 se encuentra constituido por el Par- que Nº 1. El Déficit de Aporte para Recreación Públi- ca de 2,585.71 m2 y para el Ministerio de Educación de 1,130.50 m2 por la consolidación existente, debe- rán ser redimidos en dinero. Ubicándolos para efec- tos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario. - Parcela A-3-1 - El Déficit de Aporte para Recrea- ción Pública de 2,200.04 m2 y para el Ministerio de Educación de 400.00 m2, por la consolidación exis- tente, deberán ser redimidos en dinero ubicándolos para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario. - Parcela A-3-2 - El Aporte para Recreación Pública de 2,200.00 m2 se encuentra constituido por el Parque Nº 02 y el aporte para el Ministerio de Educación de 420.00 m2 se ubica en la Manzana "A". Estando a lo expuesto en el Informe Nº 088-2000- MML-DMDU-DHU-DRD de fecha 8.6.2000; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño y con lo recomendado por la Directora de Habili- taciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Artículo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Artículo 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997, la Ordenanza Nº 273 del 18 de mayo del 20000 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado Nº 025-2000-MML-DMDU-DHU, el Planeamiento Integral para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" del terreno de 96,525.00 m2 (NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTI- CINCO METROS CUADRADOS) denominado Tabla- da de Lurín signado como Parcela 3 de la Manzana "A", el mismo que forma parte de la extensión del terreno de la Panamericana Sur ubicado entre los Kms. 19 y 24 del distrito de Villa El Salvador, provin- cia y departamento de Lima; asimismo los aportes Reglamentarios deberán cumplirse en cada parcela resultante del proceso de Independización de la si- guiente manera: - Parcela A-3 - El aporte para Recreación Pública de 3,632.00 m2 se encuentra constituido por el Parque Nº 1. El Déficit de Aporte para Recreación Pública de 2,585.71 m2 y para el Ministerio de Educación de 1,130.50 m2 por la consolidación existente, deberán ser redimidos en dinero. Ubicándolos para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario. - Parcela A-3-1 - El Déficit de Aporte para Recrea- ción Pública de 2,200.04 m2 y para el Ministerio de Educación de 400.00 m2, por la consolidación exis- tente, deberán ser redimidos en dinero ubicándolos para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario. - Parcela A-3-2 - El Aporte para Recreación Pública de 2,200.00 m2 se encuentra constituido por el Parque Nº 02 y el aporte para el Ministerio de Educación de 420.00 m2 se ubica en la Manzana "A". Artículo Segundo.- AUTORIZAR, de acuerdo con el Plano signado Nº 026-2000-MML-DMDU-DHU la Inde- pendización del terreno rústico de 96,525.00 m2 en tres parcelas denominada; Parcela A-3 con 56,524.65 m2 depropiedad del Sr. Gamaniel Concha Vargas; Juan Ruiz Escriba y esposa Nora Luz Vera Huanqui; José Loayza Vargas y esposa María Olimpia Concha Paiva; José Luis Rojas Carbonero; Lucila Rojas de Japay y esposo Jorge Esteban Japay Lévano; Ercilia Concepción Alvarado Carbonera; Esther Rufina Alvarado Carbonera; Arnaldo Aquilino Alvarado Carbonera; Laura Benigna Cáceres Sánchez y esposo Gerardo Horacio Machuca Albarrán; Wilfredo Acón Cuadra y esposa Yolanda Conislla Cáce- res; Irma Cáceres Sánchez; Freddy Aliaga Torres y esposa María Tarazona Siguas; Centro Regional del distrito San Antonio de Cachi - Andahuaylas; Mario Holguín Loayza y Nélida Luz Carrión Soto; Nilton Pa- cherres Navarro y esposa Marcela Juana Salazar Martí- nez; Arcadio Ríos Contreras y esposa Estela Vega Anti- cona; Parcela A-3-1 con 20,000.35 m2 de propiedad de la Cooperativa de Vivienda "José María Arguedas Ltda." y la Parcela A-3-2 con 20,000.00 m2 de propiedad de la Asociación de Vivienda "Granada", ubicado en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. Artículo Tercero.- DISPONER, que los propieta- rios o futuros adquirentes de las Parcelas resultantes del Proceso de Independización, están obligados a respetar el Planeamiento Integral aprobado conforme a los Pla- nos firmados y sellados por la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas, debiendo figurar como carga obligatoria en los Registros Públicos. Artículo Cuarto.- DISPONER, que de conformidad con lo dispuesto en el Art. II-IV-7.4 del Reglamento Nacional de Construcciones, que los interesados debe- rán gestionar la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao del Planeamiento Integral aprobado, el cual tendrá carácter obligatorio para las habilitaciones Futuras, previa a la emisión de la respectiva Resolución de Proyectos. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir de la notificación. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao, para su inscripción y a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 9806 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban Cuadro para Aranceles de Costas y Gastos Administrativos del Procedimiento de Ejecución Coactiva (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, mediante Oficio Nº 199-2000-SGC/ MSJL) ORDENANZA Nº 039 San Juan de Lurigancho, 18 de noviembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO, Visto en Sesión Extraordinaria de la