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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2000 (27/08/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 192213 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de agosto de 2000 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cuatro días del mes de agosto de dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores WALTER CHACON MALAGA Ministro del Interior GONZALO ROMERO DE LA PUENTE Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 9846 Autorizan al SENASA pago de cuotas a la Oficina Internacional de Epizootias, correspondientes a los años 1999 y 2000 RESOLUCION SUPREMA Nº 396-2000-RE Lima, 25 de agosto del 2000 VISTA: La Carta Nº 2210-2000-AG-SENASA, del 9 de agosto de 2000, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) - Ministerio de Agricultura - en la que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la autorización para el pago de las cuotas correspondientes a los años 1999 y 2000 a la Oficina Internacional de Epizootias (OIEP); CONSIDERANDO: Que, el Artículo 11º numeral 11.1 de la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2000, permite a las entidades del Sector Público pagar, con cargo a sus recursos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación de asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota a la mencionada organización internacional, con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Sani- dad Agraria (SENASA) - Ministerio de Agricultura-; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Servicio Nacional de Sani- dad Agraria (SENASA) - Ministerio de Agricultura -, el pago de hasta DIECISIETE MIL DOSCIENTOS Y 00/ 100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME- RICA (US$ 17,200.00) a la Oficina Internacional de Epizootias (OIEP), por concepto del pago de las cuotas correspondientes a los años 1999 y 2000. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) - Ministerio de Agricultura -. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 9840Remiten al Congreso de la República documentación referente a la adhe- sión del Perú al "Convenio Internacio- nal del Cacao, 1993" RESOLUCION SUPREMA Nº 397-2000-RE Lima, 25 de agosto del 2000 Remítase al Congreso de la República, la documentación referente a la adhesión del Perú al "Convenio Internacional del Cacao, 1993" , adop- tado en Ginebra, Confederación Suiza, el 16 de julio de 1993, para los efectos a que se contraen los Artícu- los 56º y 102º, inciso 3), de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 9841 S B S Autorizan a la Caja Municipal de Aho- rro y Crédito Trujillo la apertura de agencia en la provincia de Virú RESOLUCION SBS Nº 540-2000 Lima, 11 de agosto de 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en Panamericana Sur Nº 230, puente Virú, distrito y provincia de Virú, depar- tamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa recurrente ha cumplido con presen- tar la documentación pertinente que justifica lo solicita- do; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "F" mediante Informe Nº ASIF "F"- 140-2000/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº CM-184-97; y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Trujillo, la apertura de una Agencia ubicada en Panamericana Sur Nº 230, puente Virú, distrito y provincia de Virú, departamento de La Liber- tad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 9788