Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2000 (27/12/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 27 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

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informe adicional de auditoria relativo al cumplimiento de la Ley del MORDAZA de Valores y el Reglamento de Agentes de Intermediacion, que deben realizar las sociedades de auditoria. Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente GUIA DE ORIENTACION PARA LAS AUDITORIAS EXTERNAS ESPECIALES A LAS SOCIEDADES AGENTES DE BOLSA I. MORDAZA LEGAL En cumplimiento del Articulo 66º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10, las sociedades agentes de bolsa deben presentar anualmente a CONASEV un informe adicional de auditoria, el cual comprende un examen por parte de auditores externos. Para la emision del mencionado informe, la sociedad de auditoria debera informar de manera especial, sobre el cumplimiento por parte de la sociedad agente de bolsa de los procedimientos de control interno, regimen del agente, requerimientos minimos de capital y patrimonio neto; asi como observancia y razonabilidad de los indicadores de liquidez y solvencia y del limite por actividad. La sociedad de auditoria que emita este informe podra ser la misma que dictamine los estados financieros anuales. II. OBJETIVOS GENERALES 1. Normar los procedimientos aplicables para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa sobre el cumplimiento de control interno, regimen del agente, requerimientos minimos de capital y patrimonio neto y observancia y razonabilidad de los indicadores de liquidez y solvencia y limite por actividad. 2. Propiciar que las auditorias sobre el cumplimiento MORDAZA referido MORDAZA realizadas bajo una metodologia de auditoria general uniforme. 3. Orientar en relacion con los objetivos generales y especificos, puntos de atencion a tener en cuenta durante la labor de auditoria a fin de permitir un desarrollo uniforme del MORDAZA de control y que permita alcanzar y asegurar el mejor cumplimiento de tales disposiciones. III. OBJETIVOS ESPECIFICOS 1. Evaluar e informar sobre la eficiencia y eficacia de las disposiciones contenidas en los Manuales de Organizacion, Funciones y Procedimientos de Control Interno, donde se debe considerar el respectivo Manual de Procedimientos Contables; el Manual para la Informacion no publica y las Normas de Conducta, en caso de no haberlo integrado en un solo texto. 2. Evaluar e informar sobre la eficacia de los mecanismos establecidos en el regimen del agente; sustancialmente en lo referente a que los representantes MORDAZA las unicas personas, debidamente autorizadas, actuen en nombre de la sociedad agente de bolsa, en los actos relacionados al ejercicio de sus funciones. 3. Evaluar e informar sobre la consistencia en la determinacion del indicador de liquidez y solvencia y del limite por actividad. (Circular Nº 018-98-EF/94.40 del 10 de MORDAZA de 1998). IV. ASPECTOS A SER ANALIZADOS A continuacion se presentan los aspectos minimos que deberan ser obligatoriamente analizados por las sociedades de auditoria para efectos de realizar el examen a que se refiere el Articulo 66º del Reglamento de Agentes de Intermediacion. 1. Para la verificacion del cumplimiento de las disposiciones contenidas en los Manuales. Aspectos especificos: 1.1. Verificar que los manuales que utiliza la sociedad agente de bolsa hayan sido aprobados por el Directorio u organo equivalente. 1.2. Verificar que el contenido de los manuales sea de conocimiento y aplicacion obligatorio de las personas encargadas de su ejecucion. 1.3. Indagar que para las funciones relevantes de la sociedad se establezcan lineas claras de autoridad y responsabilidad para gerencias, areas, unidades y empleados identificados en el organigrama de la sociedad. Asimismo que exista una MORDAZA segregacion de funciones y tareas. 1.4. Verificar ­previa seleccion de una muestra1 ­ que el area de operaciones, cumpla con lo establecido en sus manuales de procedimientos y controles minimos. Tales manuales deben estar preparados sobre la base del Reglamento de Agentes de Interme-

diacion, Reglamento de Operaciones en MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA y las demas disposiciones aplicables. 1.5. Evaluar la implementacion de modificaciones o adecuaciones o funciones adicionales durante el ano en los manuales de la sociedad, asi como la eficiencia en los controles internos implantados para el adecuado desempeno de sus actividades. 1.6. Evaluar, sobre la base de la muestra seleccionada, el cumplimiento de los manuales y demas normas, poniendo enfasis en las areas contable y de sistemas. 1.7. Verificar si en los manuales, se han incluido procedimientos para la autorizacion a representantes que pretendan realizar transacciones con valores de su propiedad por intermedio de otro agente. 1.8. Verificar el calculo y determinacion de los indicadores de liquidez y solvencia y del limite por actividad. Evidencia a ser obtenida y/o elaborada: 1.9. Relacion del personal que labora o laboro en la sociedad agente de bolsa durante el ejercicio bajo revision con indicacion del vinculo y el cargo asignado. 1.10. Documentacion sustentatoria de las revisiones efectuadas de los distintos aspectos a considerar en la muestra seleccionada de comitentes. 2. Para la verificacion del cumplimiento del Regimen del Agente. Aspectos especificos: 2.1. Revisar la relacion de los representantes autorizados por la Bolsa de Valores de MORDAZA debidamente inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV. 2.2. Comparar la relacion de representantes autorizados MORDAZA referidos con MORDAZA externas; es decir obtener confirmacion de la Bolsa de Valores de MORDAZA y CONASEV. 2.3. Verificar que solo los representantes autorizados2 esten desempenando las funciones privativas que les corresponde. 2.4. Revisar o verificar que el Gerente General y todos los representantes autorizados MORDAZA remunerados por el Agente. 2.5. Verificar contratos suscritos por la sociedad agente de bolsa que le permita contar con el soporte externo de otras entidades en lo que respecta a las areas administrativas, informaticos, entre otros. Evidencia a ser obtenida y/o elaborada: 2.6. Relacion de los representantes autorizados, con indicacion expresa de los usuarios de terminales del sistema de negociacion electronica - ELEX. 3. Para la verificacion de los niveles de capital y patrimonio neto e indicadores de liquidez y solvencia y limite de actividad. Aspectos especificos: 3.1. Revisar la documentacion que respalda las operaciones e informacion contenida de los formatos A-1; A-2; A-3; A-4; A-5; A-6 y A-7 presentados a CONASEV, segun los meses que corresponda la muestra seleccionada3

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La muestra se seleccionara de acuerdo con el criterio profesional de cada Sociedad de Auditoria, debiendo cubrir los distintos tipos de operaciones realizadas, tanto en MORDAZA de Bolsa como fuera de MORDAZA, de ser el caso. Asimismo, el MORDAZA de importancia relativa (materialidad) sera aplicado para los niveles alto, mediano y bajo, en relacion al volumen negociado tanto en monto como en cantidad de valores. El Articulo 2º inciso p) del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10 en concordancia con los Articulos 198º y 199º de la Ley del MORDAZA de Valores, define el concepto de representante, como aquella persona natural que actua en nombre de la sociedad agente de bolsa a quien representa en los actos relacionados al ejercicio de sus funciones. Dicha calificacion de representante comprende ademas la funcion de Operador, es decir aquella persona que opera, ejecuta ordenes en nombre y por cuenta de la sociedad agente de bolsa. Debe tenerse en consideracion que solo pueden ejercer las funciones como representantes, luego que se hallen inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV y cuando, la sociedad agente de bolsa a la cual representan, se encuentre con la autorizacion de funcionamiento vigente. La seleccion de la muestra debera orientarse, sustancialmente en variaciones o tendencias significativas registradas en la informacion contenida en los formatos mensuales remitidos a CONASEV durante el ejercicio auditado; lo que comprendera, ademas, la revision de los formatos del mes de diciembre del correspondiente ejercicio. No obstante, debera tenerse en consideracion la revision del contenido, calculo y determinacion diario de los mencionados indicadores, en el caso de haberse registrado insuficiencia en el indicador de liquidez y solvencia y/o haber excedido el limite por actividad establecido, y el correspondiente cumplimiento por parte del agente, de haberlo comunicado a CONASEV. Cabe indicar que la revision efectuada a la muestra seleccionada debe cubrir el 100% de todos los conceptos comprendidos en los indicados formatos.

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