Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2000 (27/12/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 196422 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de diciembre de 2000 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Establecen beneficio de regularización para el otorgamiento de Licencias de Construcción de edificaciones utiliza- das como vivienda ORDENANZA Nº 035-2000-MDSMP San Martín de Porres, 16 de diciembre del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Martín de Porres, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de diciembre del 2000; y, CONSIDERANDO: Que, la actual Gestión Municipal ha dispuesto otorgar una beneficio de regularización de Licencia de Obra de Uso Vivienda por finalización del milenio y por única vez, con la finalidad de promover la formalidad y acceder a la autorización de las edificaciones que no sobrepasen los tres pisos, y que en el caso particular del distrito se han edificado mayoritariamente por autoconstrucción y se han consolidado con anterioridad; Que, de acuerdo al Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, las Municipalidades no tienen ninguna limitación legal para la supresión de tasas y contribu- ciones, así como para su creación y modificación dentro de los límites establecidos en la referida Ley; asimismo el Art. 116º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales aprueban y modifican por propia iniciativa la Escala de Multas; siendo concordante con el Art. 10º Incs. 3) y 4) de la Ley Orgánica referida; Que, de conformidad con el Art. 65º Inc. 11) y el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades concordante con la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario - D.S. Nº 135-99-EF, el Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA BENEFICIO TRIBUTARIO DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Artículo Primero.- Establecer en la jurisdicción del distri- to de San Martín de Porres el Beneficio de REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN hasta el 31 de enero del 2001, aplicables a todas las edificaciones de uso exclusivo de Vivienda hasta 150.00 m2 de área construida por piso y como máximo hasta tres pisos construidos, incluyéndose en este Beneficio los expedientes pendientes de Liquidación a solicitud del propietario. Artículo Segundo.- Establecer como pago único la suma de Trescientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 300.00 Nuevos Soles) para quienes se acojan al presente beneficio según lo estipulado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza; debiéndose cancelar como plazo máximo hasta el 31 de enero del 2001 con la presentación del Formato solicitud, y adicionalmente otór- garsele el plazo de presentación de la documentación técnica hasta el 15 de febrero del 2001. Artículo Tercero.- Vencido los plazos del beneficio esta- blecido en la presente Ordenanza, el procedimiento de obtención de Licencia de Construcción se sujetará a lo establecido por el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipa- lidad. Artículo Cuarto.- Se establecen como requisitos únicos para la obtención de la Licencia de Construcción: -Formato Solicitud de Licencia de Construcción. -Documento de Propiedad del terreno. (Testimonio, Minuta, Constancia de Adjudicación) Feda- teadas. -2 copias del Plano de Ubicación en Escala 1/500 y Locali- zación 1/10,000 incluyendo los Parámetros Normativos de la Edificación.-2 copias del Plano de Distribución a Escala en 1/50, en caso de Ampliación de construcción adjuntar Licencia anterior y Planos aprobados. -Carta de Seguridad de Obra. -Estos requisitos serán firmados por el profesional Arqui- tecto o Ingeniero Civil Colegiado y por el Propietario. -Declaración Jurada de la existencia de la construcción que se regulariza - sujeto a la Ley de Simplificación Administrativa Nº 25035 y su Reglamento. Artículo Quinto.- Rebajar en 100% las Multas Adminis- trativas por carecer de Licencia de Construcción, debiendo adjuntar el comprobante de pago actualizado por la liquidación correspondiente. Artículo Sexto.- Incluir en el beneficio tributario a los contribuyentes que estuvieran en Cobranza Coactiva liberando del pago de las costas judiciales y gastos administrativos, incluyéndose las que se encuentren con medidas cautelares y/o procedimientos de ejecución. Artículo Séptimo.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano, a la Dirección del SIAT y Unidad de Imagen Corpora- tiva y Comunicación, la difusión y ejecución de la presente ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 14872 Aprueban el presupuesto institucional de apertura del año fiscal 2001 ACUERDO DE CONCEJO Nº 095-2000 San Martín de Porres, 18 de diciembre del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES Visto en Sesión Ordinaria de fecha 18 de diciembre del 2000, el Dictamen de la Comisión de Economía, Planificación y Presu- puesto de diciembre del 2000 sobre el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2001 de la Municipalidad de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27209 "Ley de Gestión Presupuestaria del Estado" establece en su Artículo 22º, que los Gobiernos Locales formulan sus respectivos Presupuestos conforme a las Directi- vas que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público; Que, por Resolución Directoral Nº 036-2000-EF/76.01 se aprueba la Directiva Nº 008-2000-EF/76.01 que norma el proce- so de Programación, Formulación y Aprobación de los Presu- puestos Institucionales de Apertura de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2001; Que, el Presupuesto Municipal constituye un verdadero instrumento de gestión económica y financiera de las Municipa- lidades; Que, por Dictamen de fecha 17.12.2000 de la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto ha opinado por la apro- bación del Proyecto de P.I.A. 2001 presentado por la Dirección de Planificación, Presupuesto y Racionalización; De conformidad con lo expuesto y conforme a la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y al Artículo 36º, numeral 4) de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalida- des y con la votación unánime del Pleno se aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR EL PRESUPUESTO INS- TITUCIONAL DE APERTURA DEL AÑO FISCAL 2001 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES, por el monto de S/. 43'514,112 (CUARENTITRES MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL CIENTO DOCE 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Municipal y Dirección de Planificación, Presupuesto y Racionalización, la remisión del Presupuesto Institucional aprobado a la Municipa- lidad Metropolitana de Lima para su consolidación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 14874