Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2000 (27/12/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 196408

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de diciembre de 2000

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Disponen publicar Declaracion Jurada de Bienes y Rentas del ex Defensor del Pueblo
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 74-2000/DP MORDAZA, 26 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de noviembre del presente ano mediante Resolucion Defensorial Nº 66-2000/DP el senor doctor MORDAZA Santistevan de MORDAZA dispuso la remision de su renuncia al cargo de Defensor del Pueblo al Presidente del Congreso de la Republica de conformidad con la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 4º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520; Que, asimismo, mediante el Articulo Tercero de la indicada Resolucion, el renunciante Defensor del Pueblo dispuso publicar en el Diario Oficial El Peruano y enviar a la Contraloria General de la Republica, su Declaracion Jurada de Bienes y Rentas por razones de transparencia y para el conocimiento general de la ciudadania; Que, por error material se omitio remitir al Diario Oficial El Peruano y al Organismo Rector del Sistema Nacional de Control, la precitada Declaracion Jurada conforme a lo establecido por la Resolucion Defensorial Nº 66-2000-DP, siendo necesario efectuar la subsanacion correspondiente; De conformidad con el numeral 6.2 de la Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa, Ley Nº 26689, el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM y el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 18-97-PCM referentes a la publicacion y rectificacion de normas del Estado; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y por la Resolucion Defensorial Nº 662000/DP; de conformidad con los Articulos 6º y 7º incisos a) y l) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 32-99/DP y modificado por la Resolucion Defensorial Nº 25-2000/DP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DISPONER la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de la Declaracion Jurada de Bienes y Rentas efectuada por el senor doctor MORDAZA Santistevan de MORDAZA al renunciar al cargo de Defensor del Pueblo y remitir la misma a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e) DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS Conste por el presente documento la declaracion jurada de bienes y rentas que formulo yo: MORDAZA Santistevan de MORDAZA, de nacionalidad peruana, de profesion abogado, al culminar el ejercicio del cargo de Defensor del Pueblo que se inicio por eleccion del Congreso de la Republica, segun lo establece la Resolucion Legislativa numero 26584, y que ha quedado concluido por renuncia del titular formalizada en la fecha; debidamente identificado con DNI Nº 07882831, sufragante y con Libreta Militar Nº 247168-45, de estado civil casado con la senora Rosmery MORDAZA MORDAZA de Santistevan en los terminos siguientes: La presente declaracion se formula en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 41º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 24801 del 14 de MORDAZA de 1988 y el Decreto Supremo Nº 138-88-PCM del 24 de noviembre de 1988. CLAUSULA UNICA Declaro que formulo la presente declaracion jurada, al haber renunciado luego de cuatro anos, siete meses y 28 dias de ejercicio del mandato recibido como Defensor del Pueblo, en aplicacion de lo dispuesto por el Articulo numero 41º de la Constitucion Politica del Peru y la Resolucion de Contraloria Nº 123-2000-CG del 23 de junio del presente, MORDAZA tecnica de control Nº 700-05 declara-

cion jurada de bienes y rentas, siendo propietario de los bienes, beneficiario de las rentas y titular de los creditos que se describen a continuacion, quedando en consecuencia actualizada la declaracion de bienes y rentas materializada mediante escritura publica de fecha 8 de MORDAZA de 1998, extendida ante la notaria publica de MORDAZA doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA (en adelante la "Segunda Declaracion"), la misma que quedo registrada en su registro kardex 20902, fojas 2,586 vuelta. 1.1.- Inmuebles: Mantengo la propiedad de la MORDAZA habitacion de tres plantas valorizada en U.S. $ 250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), como participante de la sociedad conyugal formada con mi senora esposa, adquirida en el ano mil novecientos noventa y cuatro, mediante escritura publica otorgada ante el notario MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, cuya inscripcion corre en el asiento 2-C de la ficha numero 27873 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, sobre el que se ha constituido una hipoteca por U.S. $ 50,000.00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) a favor del Banco de Credito del Peru para garantizar un prestamo que se amortiza en cuotas mensuales de U.S. $ 880.00 (OCHOCIENTOS OCHENTA Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) hasta el mes de MORDAZA del ano dos mil siete. Dicho inmueble fue adquirido y remodelado con dinero proveniente de ahorros del declarante, en especial de la suma que le correspondio del Fondo Comun de Pensiones de las Naciones Unidas, despues de haber prestado servicios en la Organizacion Internacional del Trabajo y en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, por un periodo de dieciseis anos y medio. Queda establecido, que tanto la septima parte del paquete indiviso de acciones de la sucesion de la MORDAZA del declarante, senora MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de Santistevan con un valor estimado dicha septima parte de U.S.$ 6,000.00 (SEIS MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). Cuanto el saldo de precio del departamento que fuera de propiedad de la misma sucesion, con un valor estimado dicha septima parte de U.S.$ 2,800.00 (DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) han sido dispuestos para contribuir al mantenimiento y la educacion de los hijos y nietos del declarante. 1.2.- Vehiculo: En el mes de diciembre de 1997, ha sido vendido el vehiculo de propiedad de la esposa del declarante, MORDAZA Honda modelo Accord, del ano 1992, descrito en la "Primera declaracion". Con el producto de la venta de su vehiculo, Rosmery MORDAZA MORDAZA de Santistevan, pago parte de una deuda privada con U.S.$ 2,000.00 (DOS MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) y con el saldo de U.S.$ 8,000.00 (OCHO MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) inicio la inversion que se describe en el numeral 1.5 de la presente declaracion jurada. 1.3.- Muebles: El declarante y su familia conservan objetos de arte, MORDAZA, muebles y enseres del hogar que el declarante comparte con su familia, producto de la herencia, adquisicion con ahorros familiares o elaboracion propia, valorizados aproximadamente en U.S.$ 48,000.00 (CUARENTIOCHO MIL Y 00/ 100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA); y ha adquirido en virtud de un obsequio de su esposa, un reloj usado MORDAZA Cartier valorizado en U.S.$ 580.00 (QUINIENTOS OCHENTA Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA); que sustituye al anterior MORDAZA Pelletier valorizado en U.S.$ 180.00 (CIENTO OCHENTA Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). 1.4.- Acciones y participaciones: El declarante deja MORDAZA de que no se ha producido modificacion, en cuanto al numero de 99 (NOVENTINUEVE) participaciones de la sociedad civil Santistevan & Asociados, Abogados ­ Consultores, fundada en mil novecientos noventa y dos, cuyas actividades han quedado descontinuadas a partir de la promulgacion de la Resolucion Legislativa numero 26584 y en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo MORDAZA de la Ley Nº 26520 segun comunicacion cursada a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y el resultado de las declaraciones juradas presentadas en marzo de 1997, marzo de 1998 y marzo de 1999. Se mantiene sin modificacion el paquete de 1,200 (UN MIL DOSCIENTAS) acciones de la compania de Cemento Norte Pacasmayo, adquiridas por el declarante y su esposa dentro del programa de participacion ciudadana por un monto de S/. 6,180.00 (SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES). Se declara contar con la cantidad de 779 (SETECIENTAS SETENTA Y NUEVE) acciones de la empresa Telefonica del Peru, que se encuentran en MORDAZA de conversion por acciones de la empresa Telefonica de Espana, denominadas acciones ADS, las cuales al dia de la presente declaracion tienen un valor de 1ADS por 41.43 acciones de Telefonica del Peru y el valor de MORDAZA actual, es de U.S. $ 57.87 por cada ADS. 1.5.- Inversiones de la esposa del declarante: Como producto de la venta del vehiculo Honda Accord, modelo MORDAZA, por un monto de U.S.$. 10,000 (DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) desde el ano 1998, la esposa del declarante invirtio U.S.$. 8,000.00 (OCHO MIL y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.