Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2000 (27/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de diciembre de 2000

3.2. Conciliacion de los saldos de valores mostrados en los formatos A-2; A-3; A-4 y A-5 con los saldos contables de los meses que correspondan del ejercicio auditado. 3.3. Comparar la informacion referida a la tenencia de valores no representativos de deuda, valores representativos de deuda (formatos A-2 y A-4) y operaciones pendientes de vencimiento (formato A-7) con los reportes de tenencias e incumplimientos de la sociedad agente de bolsa proporcionado por Cavali ICLV S.A., asi como comparar con los Listados de operaciones de reporte pendiente de vencimiento y/o datos del Boletin Diario de la Bolsa de Valores de Lima. 3.4. Verificar si la sociedad agente de bolsa efectuo operaciones de mutuo de valores o mutuo de dinero durante el ejercicio auditado. 3.5. Realizar pruebas de verificacion directa del adecuado y correcto calculo del indicador de liquidez y solvencia y limite por actividad, al menos, un dia. Para este efecto, se entendera como prueba de verificacion directa la visita fisica del auditor para observar el MORDAZA del calculo de los citados indicadores, el mismo dia de su elaboracion. Evidencia a ser obtenida y/o elaborada: 3.6. Reportes proporcionados por Cavali ICLV y la Bolsa de Valores de MORDAZA V. ELABORACION Y SUSTENTACION DEL INFORME La forma de MORDAZA y estructura del informe adicional de auditoria se guiara fundamentalmente por los siguientes lineamientos, en concordancia con lo establecido en las Normas Internacionales de Auditoria y Servicios Relacionados: 1. Se presentara en un solo informe, estructurado en capitulos por cada uno de los aspectos analizados: cumplimiento del control interno, regimen del agente, capital y patrimonio minimo e indicadores de liquidez y solvencia y de limite por actividad. 2. En capitulo adicional, se reportaran las observaciones y recomendaciones del caso por cada uno de los objetivos descritos anteriormente. 3. Debera precisarse la descripcion del alcance del examen especial y los procedimientos de auditoria efectuados, asi como su adecuacion a la presente guia. 4. CONASEV podra requerir en cualquier momento la sustentacion del informe adicional de auditoria a que se refiere el Articulo 66º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, individual o conjuntamente con la sustentacion del dictamen a los estados financieros. Para estos efectos, los auditores deberan mantener en sus papeles de trabajo una sintesis de la poblacion evaluada y la muestra analizada. 14866

al cargo de miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor del Indecopi, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIZZORNI Presidente del Directorio 14882

Designan Secretaria Tecnica de la Comision Delegada de Reestructuracion Patrimonial que opera en la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 113-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA, 22 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que conforme al Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 788, el Indecopi se encuentra facultado a delegar funciones por medio de la suscripcion de Convenios con organismos, instituciones o entidades publicas o privadas, colegios profesionales o entidades gremiales de reconocido prestigio; Que en ese contexto, el Indecopi ha suscrito un Convenio de Delegacion de Funciones con la Camara de Comercio e Industria de MORDAZA, a traves del cual se han delegado funciones relativas al ambito de la Comision de Reestructuracion Patrimonial; Que resulta necesario designar al funcionario que ejercera las funciones de Secretario Tecnico de la Comision Delegada de Reestructuracion Patrimonial de la Camara de Comercio e Industria de Arequipa; Estando al acuerdo adoptado en sesion del Directorio del Indecopi de fecha 24 de noviembre de 2000; De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Secretario Tecnico de la Comision Delegada de Reestructuracion Patrimonial del Indecopi que opera en la Camara de Comercio e Industria de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese.

INDECOPI

MORDAZA MORDAZA PIZZORNI Presidente del Directorio 14883

Aceptan renuncia de miembro de la Comision de Proteccion al Consumi- Designan secretarios tecnicos de la Comision de Reestructuracion Patrimodor nial del Indecopi
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 112-2000-INDECOPI/DIR RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 114-2000-INDECOPI/DIR MORDAZA, 22 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que el Articulo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, modificado por el Articulo 49º del Decreto Legislativo Nº 807 y MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 27146, creo la Comision de Reestructuracion Patrimonial; Que en virtud de lo establecido en el Articulo 46º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Articulo 51º del Decreto Legislativo Nº 807, las Comisiones del Indecopi cuentan con el apoyo de una Secretaria Tecnica que les sirve de organo de enlace con la estructura organico administrativa de la institucion; Que conforme al citado articulo, las Secretarias Tecnicas estan a cargo de una o mas personas designadas por el Directorio; Que el Directorio, en sesion de fecha 24 de noviembre de 2000, ha estimado pertinente designar a dos funcionarios en la Secretaria Tecnica de la Comision de Reestructuracion Patrimonial del Indecopi, a fin de optimizar la organizacion y administracion del Sistema de Reestructuracion Patrimonial; MORDAZA, 22 de diciembre de 2000 CONSIDERANDO: Que el Articulo 18º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, modificado por el Articulo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, creo la Comision de Proteccion al Consumidor; Que por Resolucion Nº 107-99/INDECOPI-DIR, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de miembro de la Comision de Proteccion al Consumidor; Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado su renuncia al referido cargo; Que el Directorio del Instituto, en sesion de fecha 24 de noviembre de 2000, acepto la referida renuncia; De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2000, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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