TEXTO PAGINA: 21
Pág. 182931 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de enero de 2000 Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores, a administrar únicamente Fondos Mutuos de Inver- sión en Valores; Que, mediante el Título Nº 00111759 expedido por la Oficina Registral de Lima y Callao, se acreditó la modifica- ción de la denominación social de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores por la de Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos o Progreso SAF, la cual se encuentra registrada en el asiento B 00001 de la partida Nº 11019348 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima; Que, mediante escritos del 14 de mayo, 14, 16, 17 y 20 de diciembre de 1999, Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicita la inscripción del fondo mutuo de inver- sión en valores denominado Progreso Blue Chips RV-FMIV en la sección correspondiente del Registro Público del Mer- cado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada, se ha determinado que Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con los requisitos establecidos en los Artículos 242º, 243º y 244º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y Artículos 14º, 15º, 16º y 17º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolu- ción CONASEV Nº 084-98-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 241º de la Ley del Mercado de Valores y por el Artículo 14º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras; así como a las facultades delegadas al Geren- te General mediante Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institución reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo mutuo de inversión en valores denominado Progreso Blue Chips RV - FMIV en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Los modelos de Contratos a suscribir con los partícipes, el Reglamento Interno y el Prospecto de Coloca- ción que se inscriben en el Registro Público del Mercado de Valores contienen las disposiciones aplicables al funciona- miento, así como a las operaciones del referido fondo mutuo y se encuentran a disposición del público en general en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La publicidad que Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos realice para promocionar el men- cionado fondo mutuo no debe inducir a error o confusión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 4º.- La inscripción a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución, no implica que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas del mencionado fondo mutuo u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitir al Registro Público del Mercado de Valores una copia del citado aviso al día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Progre- so S.A. Sociedad Administradora de Fondos y a Banco Santander Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 0633 CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION Reconocen labor efectuada por el Po- der Judicial en la presentación de ren- dición de cuentas del ejercicio fiscal 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 012-2000-EF/93.01 Lima, 20 de enero de 2000VISTOS, los documentos que acreditan la recepción de la información sobre rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República de 1999 de los pliegos presupuestarios que comprende el Gobierno Central; CONSIDERANDO: Que, el Pliego PODER JUDICIAL ha ocupado el primer lugar, de las entidades del Gobierno Central, en la presenta- ción de la información presupuestaria y financiera corres- pondiente a la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 1999, por lo que merece ser reconocido; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo Rector; a propuesta de la Dirección General de Contabilidad del Sector Público, con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR al TITULAR del Pliego PO- DER JUDICIAL Dr. DAVID PEZUA VIVANCO, al Gerente General Dr. FERNANDO LAZO MANRIQUE, al Gerente de Administración y Finanzas Ing. DANTE ANGULO TALA- VERA, y a la CPC. ROSMERY SANTOS MAGINO - Super- visora de Contabilidad, por haber presentado en primer lugar de las entidades del Gobierno Central, la rendición de cuentas, para la elaboración de la Cuenta General de la República de 1999. Artículo 2º.- SOLICITAR al TITULAR del Pliego PO- DER JUDICIAL, haga extensiva esta especial felicitación al personal de Contabilidad, Presupuesto y Tesorería, y a todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas en forma oportuna, lo que significa un ejemplo que la Contadu- ría Pública de la Nación exhorta a imitar. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Contador General de la Nación 0830 I N E I Aprueban Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Año 2000 RESOLUCION JEFATURAL Nº 361-99-INEI Lima, 30 de diciembre de 1999 Visto el Oficio Nº 638-99-INEI-OTA, de fecha 30 de diciembre de 1999 de la Oficina Técnica de Administración, mediante el cual solicita a la Alta Dirección la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del INEI para el año 2000; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26850 "Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado" establece que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones, el que debe prever el tipo de Bienes y Servicios que se requerirán durante el Ejercicio Presupuestal del año 2000; Que, de conformidad con el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolida la información de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos que se realizarán en el Año Fiscal; Que, la Ley Nº 27209 "Ley Gestión Presupuestaria del Estado", Norma y regula el proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y financiera; Que, mediante Ley Nº 27212 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000, el cual establece los montos y límites a tener en cuenta para las Adquisiciones y Contrataciones de Bienes, Servicios y Bienes de Capital; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;