Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2000 (21/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de enero de 2000

LA DIRECTORA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO: Visto el Expediente Nº 406562-94 de Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA y el Expediente Nº 25834-99, con los Anexos Nºs. 4906-99, 4936-99 y Codificados Nºs. 18363-99, 27360-99, 36628-99 y Documentos Simples Nºs. 28396-99, 31675-99, seguidos por INMOBILIARIA MORDAZA S.A., por los que solicitan la Aprobacion de Proyectos de Habilitacion MORDAZA, en Vias de Regularizacion con Construccion Simultanea del terreno de 6,728.00 m2, ubicado en la ex hacienda Cahuache distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 150-94-SMDU-DMDU, del 18 de octubre de 1994 se resolvio aprobar los Estudios Preliminares de Habilitacion MORDAZA a Inmobiliaria MORDAZA S.A. para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" y Alta "R-5", del terreno de 6,728.00 m2, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, por Acuerdo Nº 04 tomado en sesion Nº 21-99, de fecha 9 de MORDAZA de 1999, la Comision Metropolitana de Habilitacion MORDAZA acordo aprobar el Proyecto Definitivo de Habilitacion MORDAZA en Vias de Regularizacion, para uso Residencial de Densidad Media "R-3" y Densidad Alta "R-5" del terreno de 6,728.00 m2 ubicado en la ex hacienda Cahuache, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, calificando las obras de MORDAZA "B-3", estableciendo la redencion en dinero de los Aportes Reglamentarios correspondientes a Recreacion Publica con 1,695.55 m2, Ministerio de Educacion con 159.71 m2, SERPAR con 79.85 m2 y Otros Fines con 291.80 m2 y que los deficit de aportes han sido calculados en base a la zonificacion "R-3" y "R-5", quedando en garantia por el pago de estos, el lote Nº 02 de la manzana "S-2"; Que por Resolucion Nº 025-99-MML-DMDU-DHU, la Direccion de Habilitaciones Urbanas acordo aprobar la valorizacion ascendente a la suma de S/. 18,536.65, que debera abonar Inmobiliaria MORDAZA S.A. a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA por concepto de la redencion en dinero del aporte para Otros Fines de 291.80 m2, correspondiente al terreno de 6,728.00 m2, para Uso Residencial de Densidad Media "R-2 y Densidad Alta "R-5", ubicado en la ex hacienda Cahuache, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y mediante el comprobante de pago Nº 177271, del 18 de agosto de 1999, por el monto de S/. 9,273.33, cancelado en el Banco de Comercio han acreditado el pago de la cuota inicial del contrato de pago fraccionado Nº 743-99-CSBD-ORUCR, por el deficit del mencionado aporte; Que, por Resolucion Jefatural Nº 019-99-ED, del 17 de agosto de 1999, se resuelve aprobar la valorizacion ascendente a la suma de S/. 10,753.27, equivalente al area de 159.71 m2 correspondiente al deficit del aporte para el Ministerio de Educacion; y con la Factura Nº 003338 del 18 de agosto de 1999, acreditan el pago por el deficit de dicho aporte; Que por Resolucion de Gerencia General Nº 484-99, del 23 de MORDAZA de 1999, del Servicio de Parques de MORDAZA, resuelve aprobar la valorizacion del area de 79.85 m2, correspondiente al aporte para Parques Zonales, ascendente a la suma de S/. 5,361.93 y con el recibo de ingresos Nº 031263, del 18 de agosto de 1999, acreditan el pago por el deficit de dicho aporte; Que mediante el Informe Nº 188-99-MML-DMDU-DHUDRD, de fecha 20 de setiembre de 1999, se especifico las sanciones que debe imponerse a Inmobiliaria MORDAZA S.A. por la habilitacion irregular del terreno en mencion, remitiendolo mediante el Oficio Nº 1026-99/MML-DMDU-DHU, a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control para su respectiva evaluacion y aprobacion, el cual fue recepcionado con fecha 5 de octubre de 1999; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 203-99-MMLDMDU-DHU-DRD, del 21 de octubre de 1999, y al haber cumplido con abonar los derechos administrativos senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos y en el Articulo II-XXI-4, del Reglamento Nacional de Construcciones; Con lo recomendado por la Directora de Habilitacion Urbana; De conformidad con lo previsto en el Articulo Nº 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Articulo 3º del Decreto de Alcaldia Nº 081-97, del 30 de octubre de 1997, y la Ordenanza Nº 133, del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, de conformidad con el plano signado con el Nº 096-99-MML-DGO-DHU, los Proyectos trazado y Lotizacion; pavimentacion de calzadas y aceras

de Habilitacion MORDAZA en via de regularizacion, para Uso Residencial de Densidad Media "R-3" y Densidad Alta "R-5", del terreno de 6,728.00 m2 (SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS), ubicado en la ex hacienda Cahuache, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a INMOBILIARIA MORDAZA S.A., para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, las obras de redes de agua potable, alcantarillado, electrificacion y telefonia de la Habilitacion MORDAZA, cuyos proyectos se aprobaran debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos firmados y sellados por las respectivas entidades encargadas teniendo en cuenta lo siguiente: Diseno.- Se basara en el siguiente cuadro detallado: Area Bruta Total Area Util Area Vivienda Area de Compensacion Area vias Via Metropolitana Vias locales 6,728.00 3,005.88 2,849.63 156.25 3,722.12 662.69 3,059.43 m2 m2 m2 m2 m2 m2 m2

Pavimentos.- Las caracteristicas de las obras de Pavimentacion seran las siguientes: Sub-Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, sera necesario efectuar una evaluacion de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos organicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adicion de material granular, mezclandose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice C.B.R. minimo de 20. Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse una MORDAZA de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diametros MORDAZA de 1 1/2"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y adecuada compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 98% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estara constituida por una MORDAZA asfaltica en caliente de 2" de espesor, como minimo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. Aceras.- Seran de concreto de calidad de f'c=140kg/cm2, de 0.15 de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.15 m., y el acabado sera con mezcla cemento-arena fina, en proporcion 1:2 de un centimetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m., de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogenea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construiran sardineles de concreto de calidad de f'c=210kg/cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuacion Urbanistica Para Limitados Fisicos aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1378-78-VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados deberan poner en conocimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y termino de las obras, las mismas que se ejecutaran de acuerdo con los proyectos que seran aprobados por EDELNOR. Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, la interesada, de conformidad con el Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de marzo de 1985, debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compania, para la instalacion de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales.

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