Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2000 (21/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de enero de 2000

Articulo 1º.- Acumular los recursos de apelacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA Hito MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 743-99-INPE-P. Articulo 2º.- Declarar improcedentes los recursos de apelacion interpuestos por MORDAZA MORDAZA Hito MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 743-99-INPE-P. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, al Instituto Nacional Penitenciario y a los interesados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 0753

cias constructivas o abone al Estado - INFES el monto ascendente a S/. 42,330.28 (CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y 28/100 NUEVOS SOLES) del presupuesto analitico aprobado, para que se subsanen bajo su cuenta y costo; y, Con opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 019-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones judiciales que correspondan, contra la empresa contratista EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES S.A.C., ejecutora de la obra I.S.T. "Manuel Yarleque", ubicada en el distrito de Catacaos, provincia y departamento de MORDAZA, objeto de la Licitacion Publica Nº 047-94PRES-INFES, a efecto que el Contratista cumpla con subsanar las deficiencias constructivas o abone al Estado - INFES el monto ascendente a S/. 42,330.28 (CUARENTA y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y 28/100 NUEVOS SOLES) del presupuesto analitico aprobado, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la remision de los antecedentes del caso, al Procurador Publico mencionado; debiendo el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, proporcionarle la documentacion adicional pertinente. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 0798

PRES
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra empresa por deficiencias en construccion de obra
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 007-2000-PRES MORDAZA, 13 de enero del 2000 Visto el Oficio Nº 1280-1999-PRES-INFES de fecha 14 de MORDAZA de 1999, del Gerente General (e) del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de visto, el Gerente General (e) del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, solicita se autorice al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia para que interponga las acciones judiciales que corresponda contra la Empresa contratista EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES S.A.C., ejecutora de la obra I.S.T. "Manuel Yarleque", ubicada en el distrito de Catacaos, provincia y departamento de MORDAZA, objeto de la Licitacion Publica Nº 047-94-PRES-INFES, al haberse verificado deficiencias constructivas en las obras a su cargo, motivo por el cual estas no fueron materia de recepcion, otorgandose al Contratista plazo para que subsane las mismas, bajo apercibimiento de ser ejecutadas por el INFES a costa suya; Que, la citada empresa constructora esta obligada contractualmente a responder por todo defecto constructivo que se detecte, hasta por un periodo de siete anos de recepcionada la obra; obligacion contractual asumida conforme a lo dispuesto por el inciso d) del Art. 32º de la Directiva Nº 00194-EF/76.01 "Normas para el MORDAZA Presupuestario del Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Corporaciones de Desarrollo, Gobiernos Locales, Organismos Descentralizados Autonomos e Instituciones Publicas Descentralizadas y Sociedades de Beneficencia Publica, Ano 1994", aprobada por Resolucion Directoral Nº 001-94-EF/76.01 del Director General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, dicha responsabilidad, tambien se encuentra prevista por el Art. 1782º del Codigo Civil, habiendose cursado al Contratista aviso escrito, por via notarial, para que subsane los defectos constructivos, sin que hasta la fecha MORDAZA cumplido con realizar las reparaciones requeridas; Que, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, ha aprobado el Presupuesto Analitico de las obras de subsanacion, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 499-1999-PRES-INFES del 21 de MORDAZA de 1999, ascendente a la suma de S/. 42,330.28 (CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y 28/100 NUEVOS SOLES); Que, el contratista J & C MORDAZA CONTRATISTAS GENERALES S.A. en adecuacion a la nueva Ley General de Sociedades, ha modificado su denominacion por la de EDIFICACIONES Y CONSTRUCCIONES S.A.C., conforme consta de la Ficha Nº 824 del Registro de Sociedades Mercantiles de la Oficina Registral de Lambayeque; Que, es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia a interponer las acciones judiciales a que hubiere lugar, a efecto que el Contratista cumpla con subsanar las deficien-

PESQUERIA
Conforman comision sectorial para analizar y revisar situacion de flota pesquera de mayor escala y regimen legal aplicable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 012-2000-PE MORDAZA, 19 de enero del 2000 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 26920 dispuso que podian solicitar directamente el permiso de pesca los armadores pesqueros que, a la fecha de vigencia de la mencionada ley, contaran con embarcaciones pesqueras construidas de MORDAZA con capacidad de bodega de hasta 110 m3 y realizaran faenas de pesca; Que el Decreto Supremo Nº 003-98-PE aprobo normas reglamentarias para que los referidos armadores solicitaran el respectivo permiso de pesca y el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 016-99-PE los comprendio dentro de los alcances de las normas referidas a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital; Que la Resolucion Ministerial Nº 159-98-PE establecio los montos del pago de derechos de pesca que debian efectuar los armadores de embarcaciones pesqueras de mayor escala, incluyendo a aquellos que tuvieran permiso de pesca otorgado al MORDAZA de la Ley Nº 26920 y su Reglamento; Que no obstante estas disposiciones, la Direccion Nacional de Extraccion en el Oficio Nº 010-2000-PE/DNE del 5 de enero de 2000 da cuenta de un incumplimiento masivo de tales obligaciones; Que es conveniente analizar y revisar la situacion de este sector de la flota pesquera de mayor escala y el regimen legal aplicable; De conformidad con las disposiciones del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 01-94-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar una Comision Sectorial encargada de analizar y revisar la situacion de la flota pesquera constituida por embarcaciones de MORDAZA con capacidad de bodega entre 32.6 y 110 m3, en relacion a la aplicacion de las normas a que se hace referencia en la parte considerativa de

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