Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2000 (21/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 21 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, los motivos expuestos constituyen indicios razonables de la comision de los delitos de Usurpacion de Funciones y Concusion en la modalidad de Colusion Ilegal, previstos y penados en los Articulos 361º y 384º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, en los casos de comprobarse la existencia de dano economico o indicios razonables de comision de delito durante la accion de control, es deber de la Contraloria General de la Republica disponer la formulacion de las acciones judiciales respectivas. En tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que de inicio a las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el Articulo 19º Inc. f) del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de atender los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendole para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 0823

Descentralizada de MORDAZA con competencia territorial a las provincias de Mariscal MORDAZA e Ilo e Itinerancia a la provincia de Ilo; Que, mediante el Oficio Nº 007-2000-SDMN del visto, la doctora MORDAZA Duenas ha remitido documentacion probatoria respecto a la necesidad de trasladar a su menor hijo a la MORDAZA de MORDAZA para un tratamiento medico especializado; Que, teniendo en cuenta la designacion como Vocal Provisional de la Sala Mixta Descentralizada de MORDAZA con competencia territorial a las provincias de Mariscal MORDAZA e Ilo e Itinerancia a la provincia de Ilo, y la necesidad de atencion de su menor hijo en la MORDAZA de MORDAZA, la referida doctora tendria limitaciones para el ejercicio de sus funciones como Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal Nieto; Que, por Resolucion Administrativa Nº 0015-2000-PCSJTM/PJ, del 7 de enero ultimo la Corte Superior citada ha designado como Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal MORDAZA al senor doctor MORDAZA Valdeiglesias Rosell y como Presidente suplente a la senorita doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el proximo MORDAZA electoral del 9 de MORDAZA del 2000; Que, de acuerdo con las designaciones citadas, es conveniente convocar al magistrado que estara a cargo de la presidencia del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal Nieto; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Convocar como presidente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal MORDAZA conformado para las Elecciones Generales del 9 de MORDAZA proximo, al senor doctor MORDAZA Valdeiglesias Rosell, en reemplazo de la senorita doctora MORDAZA MORDAZA Duenas Castillo. Registrese, comuniquese y publiquese.

JNE

Convocan a magistrado como Presi0831 dente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal MORDAZA Dan por retiradas solicitudes de agruRESOLUCION Nº 095-2000-JNE paciones independientes para inscripLima, 20 de enero del 2000 cion en registro del JNE
VISTOS: El Oficio Nº 0083-2000-P-CSJTM/PJ de fecha 10 de enero del 2000, del senor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna y MORDAZA, remitiendo la Resolucion Administrativa Nº 0015-2000-P-CSJTM/PJ, del siete de enero ultimo mediante la cual, por razones funcionales se ha designado como Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal MORDAZA al senor doctor MORDAZA Valdeiglesias Rosell y como Presidente suplente a la senorita doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el proximo MORDAZA electoral del 9 de MORDAZA del 2000. El Oficio Nº 007-2000-SDMN recibido el 17 de enero del ano 2000, de MORDAZA MORDAZA Duenas MORDAZA, quien manifiesta que tiene impedimento para ejercer el cargo de Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal MORDAZA, porque actualmente ha sido designada como Vocal de la Sala Mixta Descentralizada de MORDAZA e Itinerante en Ilo y, asimismo, porque necesita dedicarse a la atencion de la salud de su hijo Olmex Jarufe Duenas, a quien debe trasladar a MORDAZA para atencion de una enfermedad bronquial; por lo que pide que se tenga por designado al doctor MORDAZA Valdeiglesias Rosell en el cargo de Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal Nieto. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 024-2000-JNE de fecha 11 de enero del ano en curso, se determino la conformacion de los Jurados Electorales Especiales, con motivo de las Elecciones Generales del 9 de MORDAZA proximo, siendo designada como Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Mariscal MORDAZA la doctora MORDAZA MORDAZA Duenas Castillo; Que, los Jurados Electorales Especiales estan constituidos por tres miembros, de los cuales el Presidente es nombrado por la Corte Superior bajo cuya circunscripcion se encuentra la sede del correspondiente MORDAZA Electoral Especial; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 002-2000P-CSJTM-PJ del 4 de enero del 2000, la Corte Superior de Justicia de Tacna y MORDAZA designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duenas MORDAZA como Vocal Provisional de la Sala Mixta RESOLUCION Nº 096-2000-JNE MORDAZA, 20 de enero de 2000 Visto, el expediente organizado por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones de la denominada Alianza Independiente Nueva Democracia (ALINDE), de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 88º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1986-99-JNE de fecha 14 de diciembre de 1999, se dispuso que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realice la comprobacion de la autenticidad de las firmas y la numeracion del documento de identidad de adherentes que presento el representante de la denominada Alianza Independiente Nueva Democracia (ALINDE), de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 91º y 92º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Oficio Nº 003-2000-J/ONPE recibido el 7 de enero del ano en curso, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) elevo el informe correspondiente a este supremo tribunal electoral, donde se senala que la referida agrupacion ha alcanzado a la fecha, un total de 3 396 (tres mil trescientas noventa y seis) firmas de adherentes validas, cantidad inferior a 496 847, esto es, al 4% de los electores habiles de las ultimas elecciones de caracter nacional, que preve el inciso b) del Articulo 88º de la MORDAZA acotada; Que, con arreglo a lo dispuesto por el Articulo 93º de la Ley Organica de Elecciones, este colegiado, por Resolucion Nº 011-2000-JNE de fecha 7 de enero de 2000, puso en conocimiento del recurrente que el numero de firmas presentadas por su representada, ha resultado inferior al exigido por ley, por lo que debia subsanar dicha deficiencia, dentro del termino establecido para la inscripcion, en este caso, hasta el 10 de enero del ano 2000;

SS. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CANELO, DE MORDAZA MORDAZA, TRUJILLANO, Secretario General

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