Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2000 (04/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES
ANEXO 4 Evolucion del Costo Marginal y el Precio en MORDAZA

Pag. 183455

0.08 0.07 0.06 US$/kWh 0.05 0.04 0.03 0.02 0.01 0 May-93 May-94 May-95 May-96 May-97 May-98 Ene-94 Ene-95 Ene-96 Ene-97 Sep-93 Sep-94 Sep-95 Sep-96 Sep-97 Ene-98 Sep-98

CMg

P E B P rom

CMg = Costo Marginal de Corto plazo de la Energia en el COES PEBProm = Promedio Simple del Precio en MORDAZA en horas de Punta y Fuera de Punta Fuente: Estadistica de Operaciones. COES-SICN. 1998 Comision de Tarifas de Energia. Elaboracion: ST/CLC-INDECOPI

1403

SUNAT
Establecen forma de declaracion y pago del IGV, Impuesto a la Renta y retenciones efectuadas a trabajadores independientes por empresas ubicadas en zonas de frontera y MORDAZA
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 022-2000/SUNAT MORDAZA, 3 de febrero del 2000 CONSIDERANDO: Que el Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99EF, faculta a la Administracion Tributaria a fijar la forma de pago; Que, por su parte, el Articulo 88º del citado Texto Unico Ordenado faculta a la Administracion Tributaria a establecer la forma de MORDAZA de la declaracion tributaria; Que es necesario establecer la forma para la declaracion y pago mensual del Impuesto General a las Ventas, pagos a cuenta del Impuesto a la Renta y las retenciones efectuadas a los trabajadores independientes por las empresas ubicadas en MORDAZA de frontera y MORDAZA a que se refiere la Ley Nº 27158 y la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27037, Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia; En uso de las facultades otorgadas por el inciso n) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEFINICIONES Para los efectos de la presente resolucion, se entendera por: a) Empresas ubicadas en MORDAZA de Frontera: A las empresas ubicadas en MORDAZA de frontera comprendidas dentro de los alcances de la Ley Nº 23407 y normas modificatorias, que se dediquen al procesamiento, transformacion o manufactura de recursos naturales de origen agropecuario o pesquero provenientes de dicha MORDAZA, segun lo establecido

en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 196-99-EF, y que de acuerdo a los numerales 1.1 y 1.2 del Articulo 1º de la Ley Nº 27158 apliquen la tasa del 10%, con excepcion de aquellas empresas que continuen exoneradas del Impuesto a la Renta durante el ejercicio gravable 2000. b) Empresas ubicadas en MORDAZA de Selva: A las empresas ubicadas en MORDAZA de MORDAZA comprendidas dentro de los alcances de la Ley Nº 23407 y normas modificatorias, que se dediquen al procesamiento, transformacion o manufactura de recursos naturales de origen agropecuario o pesquero provenientes de dicha MORDAZA, segun lo establecido en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 196-99-EF, y que de acuerdo a la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27037, modificada por el Articulo 2º de la Ley Nº 27158 apliquen la tasa del 5% o 10%, con excepcion de aquellas empresas que continuen exoneradas del Impuesto a la Renta durante el ejercicio gravable 2000. Cuando se mencionen articulos sin indicar la MORDAZA a la que corresponden, se entenderan referidos a la presente resolucion. Articulo 2º.- MORDAZA DE LA DECLARACION Las Empresas ubicadas en la MORDAZA de Frontera o MORDAZA de MORDAZA efectuaran la declaracion y el pago del Impuesto General a las Ventas, pagos a cuenta del Impuesto a la Renta y las retenciones efectuadas a los trabajadores independientes utilizando el Formulario Nº 214 o 114, segun se trate de Principales Contribuyentes o de Medianos y Pequenos Contribuyentes, respectivamente. En dichos formularios, aprobados mediante Resolucion de Superintendencia Nº 087-99/SUNAT, deberan consignar en la MORDAZA 11 (tipo de regimen) el siguiente numero, segun corresponda: - Empresa ubicada en MORDAZA de Frontera o Empresa ubicada en MORDAZA de MORDAZA afecta a la tasa del 10%: tres (3). - Empresa ubicada en MORDAZA de MORDAZA afecta a la tasa del 5%: MORDAZA (4). Para efectos de la declaracion y pago mensual del Impuesto General a las Ventas, no se debera consignar informacion en la MORDAZA 130 (Credito Fiscal Especial). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA Superintendente 1395

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