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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (04/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 183456 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de febrero de 2000 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban reglamento de organización y funciones del Comité Municipal Multi- sectorial de Prevención Integral y Desa- rrollo Humano ORDENANZA Nº 002-2000/CDLO Los Olivos, 20 de enero del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: Mediante Ordenanza Nº 033-99-CDLO de fecha 18 de octubre de 1999, se aprobó la que crea el Comité Municipal Multisectorial de Prevención Integral y Desarrollo Huma- no, encargándose a la Comisión de Regidores de Desarrollo Humano elaborar el Reglamento de Organización y Funcio- nes del referido Comité; Que, la Comisión de Desarrollo Humano, ha cumplido con presentar ante el Pleno de Concejo, el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité Muni- cipal Multisectorial de Prevención Integral y Desarrollo Humano, para su discusión y aprobación; Que, es de interés social para la Municipalidad de Los Olivos promover la participación ciudadana en diversas actividades que redunden en beneficio de la propia Comu- nidad, más aún, si éstas promueven el respeto por los Derechos de la persona en toda la extensión de la palabra; Que, de conformidad con el Artículo 10º, inciso 11), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, las Municipa- lidades pueden promover y organizar la participación de los vecinos en asuntos que interesen al Desarrollo Distrital; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferi- das por los Artículos 36º y 111º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, y POR MAYORIA, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 002-2000/CDLO SOBRE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL COMITE MUNICIPAL MULTISECTORIAL DE PREVENCION INTEGRAL Y DESARROLLO HUMANO Artículo Primero.- APROBAR el "REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL COMITE MUNICIPAL MULTISECTORIAL DE PREVENCION IN- TEGRAL Y DESARROLLO HUMANO", el cual consta de 6 Títulos, 2 Capítulos, 20 Artículos y 1 Disposición Final, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal, Dirección de Desarrollo Humano y demás áreas compe- tentes, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la pre- sente Ordenanza y la convocatoria a las personas e institu- ciones que integran dicho Comité, conforme al Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 033-99/CDLO. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional la difusión del presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1345 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Establecen montos por emisión meca - nizada de actualización de valores y determinación del Impuesto Predial ORDENANZA Nº 003-MDR Rímac, 26 de enero del 2000LA ALCALDESA DISTRITAL DEL RIMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de enero del 2000, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Eco. Gloria Jaramillo Aguilar, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Martín Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Hua- mán Lazo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 8º del D. Leg. Nº 776 estipula que la recaudación, administración y fiscalización del Impuesto Predial corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio; Que, el Art. 14º del D. Leg. Nº 776 establece que, la actualización de los valores de predios por las municipa- lidades, sustituye la obligación de los contribuyentes a presen- tar Declaración Jurada el último día hábil del mes de febrero; Que, la Cuarta Disposición Final del D. Leg. Nº 776, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos, incluida su distribución correspondiente a domici- lio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, el dispositivo precitado estipula, en su Art. 15º, la fecha de cancelación del impuesto predial, estableciendo la alternativa de efectuarlo al contado, o en forma fracciona- da, en ambos señala las fechas de vencimiento del impuesto predial; Estando a lo dispuesto por el Art. 109º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853, con el voto Mayoritario de los miembros del Concejo y dispensa de lectura y aproba- ción del acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Autorizar para el ejercicio fiscal 2000 la emisión mecanizada de actualización de valores, y, determinación del impuesto predial incluida su distribu- ción a domicilio. Artículo Segundo.- Fíjese en S/. 10.15 (Diez y 10/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribu- yentes por concepto de derecho de emisión mecanizada del impuesto predial del ejercicio 2000. Por cada predio adicional se abonará S/. 2.50 (Dos y 50/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Artículo Tercero.- De conformidad con el Art. 15º del D. Leg. Nº 776, la obligación de pago de impuesto predial para el ejercicio 2000 vence: -Pago al contado :29 de febrero -Pago fraccionado : * Primera cuota :29 de febrero * Segunda cuota :31 de mayo * Tercera cuota :31 de agosto * Cuarta cuota :30 de noviembre Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 1361 Aprueban formato para la declaración jurada del Impuesto Predial DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2000-MDR Rímac, 26 de enero del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC CONSIDERANDO: Que, el D. Leg. Nº 776, Ley de Tributación Municipal regula el impuesto predial, el mismo que grava el valor de los predios urbanos y rústicos;