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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (08/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 183542 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de febrero de 2000 ONPE Modifican Reglamento Complementa- rio para elecciones de representantes de colegios profesionales y de aboga- dos ante el Consejo Nacional de la Magistratura RESOLUCION JEFATURAL Nº 038-2000-J/ONPE Lima, 4 de febrero del año 2000 VISTO: El Informe Nº 007-2000-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, referente al escrito de fecha 3 de febrero del presente año, presentado por doña Martha Emma Bus- tamante Contreras, consejera del Consejo Nacional de la Magistratura. CONSIDERANDO: Que, la citada recurrente manifiesta que el Artículo 10º del Reglamento Complementario para las elecciones de Consejeros Representantes de Colegios Profesiona- les y de Colegios de Abogados del país, es disímil o lo establecido en la Ley Nº 26397, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, así como lo instituido en el Artículo 6º inciso f) del Reglamento para la elección de Consejeros Representantes de los Colegios Profesiona- les del país, aprobado por Resolución Nº 026-99-CNM; Que, el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, así como el Artículo 6º del Reglamento citado en el párrafo anterior, establecen entre otros, que los candidatos para el proce- so de elección de consejeros representantes ante el Consejo Nacional de la Magistratura, deben ser propues- tos con la adhesión de no menos del 5% de los miembros activos de su respectivo Colegio Profesional y, en ningún caso, menos de cien (100) adherentes; Que, la disposición final única del reglamento para la elección de consejeros representantes de los Colegios Profesionales del país y de abogados del país ante el Consejo Nacional de la Magistratura, faculta a ONPE, a dictar las disposiciones necesarias para la organiza- ción y desarrollo del proceso; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, concordante con la Disposición Fi- nal Unica de la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 026-99-CNM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Modifíquese el párrafo seis del Artí- culo diez (10) del Reglamento Complementario para las elecciones de Consejeros Representantes de los Colegios Profesionales y de los Colegios de Abogados del país, aprobado por Resolución Jefatural Nº 027-2000-J/ONPE, como sigue: "Ser propuesto con la adhesión de no menos del 5% de los miembros activos de su respectivo Colegio Profesional, tanto para el caso de los Colegios de Abogados, así como para los otros Colegios Profesionales, y en ningún caso con menos de cien (100) adherentes, considerando exclusivamente los padrones presentados ante ONPE. Se consideran miembros activos, para los efectos del presente proceso al elector profesional hábil, de acuerdo con las normas estatutarias de cada Colegio Profesional". Regístrese, comuníquese y publíquese. GODOFREDO DAVILA ORIHUELA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (e) 1521Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra ex jefe ONPE de la provin- cia de Tarata - Tacna RESOLUCION JEFATURAL Nº 044-2000-J/ONPE Lima, 4 de febrero del 2000 VISTO; el Informe Nº 005-2000-GAF/ONPE del 4 de febrero del 2000 de la Gerencia de Administración y Finanzas, sobre el incumplimiento de devolución por el importe de UN MIL DOSCIENTOS SETENTINUEVE Y 57/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,279.57) por parte de don Santiago Sánchez Vargas ex jefe de la Oficina Descen- tralizada de Procesos Electorales (ODPE) de la provincia de Tarata - Tacna durante las Elecciones Municipales Generales 1995; CONSIDERANDO: Que, de la rendición de cuenta presentada por don Santiago Sánchez Vargas ex jefe de la Oficina Descen- tralizada de Procesos Electorales de Tarata - Tacna, la Gerencia de Control Interno y Auditoría en su Hoja Informativa Nº 005-98-GCIA/ONPE de fecha 5 de mayo de 1998 ha determinado un saldo por regularizar por el importe de UN MIL DOSCIENTOS SETENTINUEVE Y 57/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,279.57); Que, de conformidad con la recomendación de la Hoja Informativa de la Gerencia antes citada, la Geren- cia de Administración y Finanzas con Oficio Nº 255-98- GAF/ONPE de fecha 15 de julio de 1998 y con el Oficio Nº 721-99-GAF/ONPE de fecha 22 de noviembre de 1999, notificó al referido ex jefe ODPE para que efectúe la devolución correspondiente en la Tesorería de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, sin que hasta la fecha se haya tenido respuesta; Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para que en representación de los intereses del Estado, interponga las acciones lega- les correspondientes; De conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26487 Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin de que interponga las acciones legales correspondientes, contra don Santiago Sánchez Var- gas, ex jefe ODPE de Tarata - Tacna, durante el Proceso Elecciones Municipales Generales 1995, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remítanse los antecedentes y actuados del presente caso, al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, para su conocimiento y fines consiguientes. Artículo Tercero.- El citado Procurador, infor- mará a esta Jefatura Nacional sobre el conocimiento e impulso de la acción judicial que se ejerza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GODOFREDO DAVILA ORIHUELA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (e) 1523