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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (08/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 183538 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de febrero de 2000 viene asumiendo el 52º Despacho Colectivo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, del que se estable- ce, que al 10 de enero del actual, el 52º Despacho Colectivo "A", viene asumiendo 1,136 expedientes y el 52º Despacho Colectivo "B", por su parte asume 1,238 expedientes; carga procesal que en su totalidad as- ciende a 2,374, la que es considerada muy alta, para que sea asumida por un solo Despacho, si se tiene en cuenta que conjuntamente con los Despachos 60º y 61º Juzgados Especializados en lo Civil, vienen conocien- do de los expedientes tramitados por el abrogado Código de Procedimientos Civiles; Que, tomando en consideración las cargas procesales manejadas, bajo la normatividad del indicado Código de Procedimientos Civiles, se hace justificable y pertinente, prorrogar el funcionamiento del 52º Despacho Colectivo Civil "A" y "B" por SEIS MESES MAS, a fin de seguir brindando una inmediata y efectiva administración de Justicia en beneficio de los Justiciables, con el objetivo de extinguir la carga procesal asumida; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la política del Poder Judicial emanada de la Comi- sión Ejecutiva en coordinación con la Secretaría Ejecuti- va, por lo que asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones admi- nistrativas, dictadas para la mejor organización y funcio- namiento de las dependencias jurisdiccionales que con- forman su Distrito Judicial; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facul- tades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE : Artículo Primero.- DISPONER la prórroga del funcionamiento del Despacho Colectivo del 52º Juzgado Especializado en lo Civil, por el plazo de SEIS MESES, esto del 8 de febrero al 8 de agosto del 2000. Artículo Segundo.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, supervise la labor jurisdiccional de los Jueces Integrantes del Despacho Colectivo del 52º Juzga- do Especializado en lo Civil, dando cuenta de la produc- ción jurisdiccional y depuración correspondiente, bajo inventario con carácter de declaración jurada; elevando el 13-4-00, 15-5-00, 13-6-00 y 13-7-00, los informes corres- pondientes sobre los avances, logros y resultados de producción jurisdiccional y carga procesal pendiente. Artículo Tercero.- PONER la presente resolu- ción en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, de la Presidencia de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la ODIC- MA, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 1524 Constituyen despacho colectivo de apoyo del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro de la Corte Superior de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0029-2000-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de febrero del 2000 VISTOS: El informe de la Comisión de Supervisión y Desarrollo de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior deJusticia de Lima y la Información Estadística de la Fun- ción Jurisdiccional de las Salas y Juzgados correspon- diente al mes de diciembre de 1999, elaborada por la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Supe- rior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Magistrada Suplente a cargo del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, comunicó e informó a la Comisión de Supervisión y Desarrollo de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima, la carga procesal de expedientes que viene manejando en su Despacho, la que asciende a 2,372 Expedientes en estado de Trámite y 1,913 Expedientes en estado de Ejecución; datos estadísticos corroborados con la información recabada por la Oficina de Desarrollo de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, de la que se colige, que al 31 de diciembre del año próximo pasado, el indicado Juzgado ha venido asumiendo una carga procesal total de 4,285 Expedientes Judiciales; Que, durante el proceso de reforma judicial, a pro- puesta de la Corte Superior de Justicia de Lima, con el fin de enfrentar el problema de sobrecarga procesal, la Comi- sión Ejecutiva del Poder Judicial, autorizó CONSTITUIR DESPACHOS COLECTIVOS; que consisten en integrar en un solo Juzgado, la labor jurisdiccional de dos o más jueces, utilizando la misma infraestructura y el mismo personal; Que, la Carga Procesal de 4,285 Expedientes Judi- ciales, que viene soportando el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, requiere de un tratamiento especial por parte de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, sobre quien recae la responsabilidad de dictar las disposiciones adminis- trativas para la mejor organización de los órganos jurisdiccionales pertenecientes a este Distrito Judi- cial, por lo que humanamente no se puede exigir física y laboralmente, que un solo Magistrado pueda asumir un Juzgado, con la indicada carga procesal; lo que estaría repercutiendo negativamente en un inoportu- no y deficiente servicio de justicia dirigido a los liti- gantes; Que, por las consideraciones expuestas resulta conve- niente, necesario y pertinente, crear un DESPACHO COLECTIVO DE APOYO para el 2º Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, por espacio de TRES MESES (3), brindándose de esta forma un eficiente, efectivo e inmediato servicio de Administración de Justi- cia, en beneficio de los justiciables y de la colectividad de los distritos de Lince y San Isidro; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la política del Poder Judicial emanada de la Comi- sión Ejecutiva en coordinación con la Secretaría Ejecuti- va, por lo que asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones admi- nistrativas dictadas para la mejor organización y funcio- namiento de las dependencias jurisdiccionales que con- forman su Distrito Judicial; Que, por tales razones en uso de las facultades previs- tas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONSTITUIR UN DESPACHO COLECTIVO DE APOYO del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro de la Corte Superior de Lima, por el término de TRES MESES (3), esto es, del 2 de marzo al 2 de junio del 2000. Artículo Segundo.- ROTAR al doctor CESAR UR- BANO BUSTAMANTE HUAPAYA, Juez Coordinador Supernumerario de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima designándolo como Juez Suplente del Despacho Colectivo de Apoyo del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, por el plazo previsto en el Artículo Primero. Artículo Tercero.- DISPONER que el Despacho Colectivo de Apoyo del 2º JPL de Lince y San Isidro, asuma los TRES MESES, el conocimiento de las de- mandas nuevas a ingresar, tramitándolas hasta su ejecución.