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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (08/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 183539 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de febrero de 2000 Artículo Cuarto.- DISPONER que el 2º JPL de Lince y San Isidro, a cargo de la Dra. CARMEN ROSA ROJAS MARTINEZ , siga atendiendo los procesos que ha venido conociendo, evitando el desplazamiento de los expedientes judiciales con el fin de no crear confusión a los justiciables; además, la indicada Magistrada, debe- rá de dar la celeridad que señala el Código Procesal Civil, reprogramando y aumentando de ser el caso el número de Audiencias y Diligencias, con el fin de bajar su correspondiente carga procesal. Artículo Quinto.- DISPONER que la Comisión de Supervisión y Desarrollo de los Juzgados de Paz Letra- dos de la Corte Superior de Justicia de Lima, supervise las labores de instalación del Juzgado Colectivo de Apoyo, realizando las coordinaciones propias con la Oficina de Administración Distrital de la Corte de Lima, la Jefatura de Personal (lo concerniente a personal de apoyo) y la Oficina de Logística, quienes bajo responsa- bilidad funcional deberán de prestar el apoyo requerido por la indicada Comisión, quienes en forma conjunta deberán de elevar los informes pertinentes, al Despacho de la Presidencia. Artículo Sexto.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, supervise la labor jurisdiccional de los Magistrados del 2º Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro y del Despacho Colectivo de Apoyo del indi- cado Juzgado, solicitando a cada Magistrado los inven- tarios correspondientes, los mismos que tendrán carác- ter de declaración jurada y sustentarán los informes que elevarán los días 30-3-00; 28-4-00 y 30-5-00 ; al Despa- cho de la Presidencia, dando cuenta sobre los avances, logros y resultados de producción jurisdiccional y carga procesal. Artículo Séptimo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervisión de Perso- nal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, de la Presidencia de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la ODICMA, de la Comisión de Supervisión y Desarrollo de los Juz- gados de Paz Letrados de la Corte Superior de Lima, de la Oficina de Administración Distrital, de la Jefatura de la Oficina de Personal, de la Oficina de Logística y de los Magistrados comprendidos en la presente resolución para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 1527 Disponen prórroga de funcionamiento de despachos colectivos de apoyo del Primer y Segundo Juzgados Perma- nentes de Ejecución de Familia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0030-2000-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de febrero del 2000 VISTA: La Resolución Administrativa Número 453-99-P- CSJL de fecha 17 de noviembre del año próximo pasado; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa de la vista, se dispuso la prórroga del funcionamiento de los Despa-chos Colectivos de Apoyo del Primer y Segundo Juzga- dos Permanentes de Ejecución de Familia, con un plazo de duración de 3 (tres) meses, esto es del 19 de noviem- bre del pasado año al 19 de febrero del actual, por lo que al estar próximo el vencimiento del indicado plazo, es pertinente para este Despacho, pronunciarse al respec- to; Que, a la fecha el funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo, conjuntamente con el trabajo de los Juzgados Permanentes de Ejecución de Familia, ha hecho posible mantener el manejo constante y fluido de la carga procesal asumida por los 6 Magistrados, brin- dándose de esta forma una inmediata y efectiva Admi- nistración de Justicia en beneficio de los justiciables y lo que es más importante, el trabajo jurisdiccional en conjunto centrado en los procesos en el estado procesal de ejecución, viene posibilitando hacer efectivo el dere- cho reconocido, cautelándose de esta forma los intereses del Niño y del Adolescente; preocupación que comparte con compromiso y responsabilidad la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, del informe estadístico correspondiente al mes de diciembre del pasado año, se evidencia la siguiente carga procesal de expedientes en estado de Ejecución, asumida por los indicados Despachos de la siguiente manera: Primer Juzgado Permanente de Familia: 877 Expedientes; Despacho Colectivo "A" del Primer Juzga- do Permanente de Familia: 829 Expedientes; Despacho Colectivo "B" del Primer Juzgado Permanente de Fami- lia: 767 Expedientes; Segundo Juzgado Permanente de Familia: 996 Expedientes; Despacho Colectivo "A" del Segundo Juzgado Permanente de Familia: 574 Expe- dientes; Despacho Colectivo "B" del Segundo Juzgado Permanente de Familia: 701 Expedientes; lo que hace un total de 4,744 Expedientes en estado de ejecución, situación frente a la cual se hace necesaria y justificable la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colec- tivos de Apoyo de los Juzgados Permanentes de Ejecu- ción de Familia por (SEIS) meses; de no ser así se estaría bloqueando y paralizando el servicio de justicia, respon- sabilidad que comparte este Despacho con los Organos Administrativos y Gerenciales del Poder Judicial; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad del Distrito Judicial a su cargo, dirige la política del Poder Judicial emanada de la Comisión Ejecutiva en cordinación con la Secretaría Ejecutiva, por lo que asume competencia administrati- va, siendo responsable del cumplimiento de las disposi- ciones administrativas dictadas para la mejor organiza- ción y funcionamiento de las dependencias jurisdiccio- nales que conforman su Distrito Judicial; Que, por tales razones en uso de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la prórroga del funcionamiento de los Despachos Colectivos de Apoyo del Primer y Segundo Juzgados Permanente de Ejecu- ción de Familia, por el término de SEIS MESES (6), esto es, del 19 de febrero al 21 de agosto del 2000. Artículo Segundo.- ENCARGAR al doctor Víctor Alberto Corante Morales, Juez Provisional del Cuarto Juzgado de Familia, representante de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, las funciones de coordinación y apoyo necesario que requieran el Primer y Segundo Juzgados Permanentes de Ejecución de Fa- milia y los Despachos Colectivos de Apoyo, solicitando los requerimientos necesarios a las Oficinas Administra- tivas pertinentes, presentando los correspondientes informes los días: 30-3-00; 28-4-00; 30-5-00; 27-6-00 y 24-7-00. Artículo Tercero.- DISPONER que la Presidencia de la CODICMA, supervise la labor jurisdiccional de los Magistrados Integrantes, tanto de los Despachos Colecti- vos de Apoyo, como de los Juzgados Permanentes de Ejecución de Familia, solicitando a cada Magistrado los inventarios correspondientes, los mismos que tendrán