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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (08/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 183547 NORMAS LEGALES Lima, martes 8 de febrero de 2000 b) Delimitación Geográfica La delimitación geográfica considera la localización de los compradores y vendedores que influyen en la forma- ción del precio del producto. Los principales criterios para la delimitación geográfica del mercado son el costo de transporte de los productos del lugar donde son produci- dos hacia el lugar donde se venden y la demanda residual del producto donde se desea venderlo. Es posible que dos bienes sean sustitutos cercanos, no obstante se puede presentar la situación que éstos sean producidos en dos lugares distintos y el costo de transporte de un lugar a otro haga que no sea rentable la comercialización de un pro- ducto en el otro mercado. En este caso se considera que ambos productos se encuentran en dos mercados relevan- tes distintos ya que uno no compite efectivamente con el otro. Lo que se debe hallar para determinar el mercado geográfico relevante es la importancia de los costos de transporte6 en el precio de venta final del producto y determinar si con ese precio el producto puede compe- tir en el otro mercado. Con este criterio se puede afirmar que si los costos de transporte no son signifi- cativos y por tanto un bien producido en la ciudad A puede competir con los de la ciudad B, entonces el mercado geográfico relevante estaría compuesto por ambas ciudades. Para determinar el mercado geográfico relevante, al igual que en el caso de la delimitación del producto, se pueden utilizar pruebas cuantitativas que permi- tan calcular un aproximado de la elasticidad precio de la demanda en una localidad además de hacer entre- vistas a los consumidores para determinar si conside- ran que el costo de transporte afectaría su decisión de adquirir el bien o no. Se debe tener presente que la comparación internacional de precios puede resultar compleja debido a factores como variaciones en el tipo de cambio, en los impuestos y la diferenciación de los productos. c) Delimitación del Nivel Comercial La delimitación del nivel comercial busca identifi- car el nivel de la cadena comercial en el cual los consumidores adquieren los servicios de telecomuni- caciones; es decir, si la adquisición se hace al por mayor, al por menor, a concesionarios, a revendedo- res, entre otros. Una vez que se ha delimitado el espacio geográfico relevante, el producto, y el nivel comercial, el paso final a realizar para definir cuál es el mercado relevante, consis- te en intersectar los resultados obtenidos de dichas deli- mitaciones. De esta manera, se obtienen todos aquellos productos que realmente compiten con aquel que sea objeto de estudio. 4. EL ABUSO DE POSICION DE DOMINIO EN EL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES 4.1. Posición de Dominio en el Mercado Nuestra legislación general de libre competencia dis- tingue dos categorías de infracciones (Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 701): la primera categoría está vinculada a lo que se conoce como Abuso de una Posición Dominante en el mercado; la segunda categoría se refiere a las prácticas que impidan, limiten, restrinjan o distor- sionen la competencia, conocidas normalmente como Prác- ticas Restrictivas. Para determinar si existe un abuso de posición de dominio, debe en primer lugar definirse cuándo una empresa está en tal posición. Se entiende que las empresas gozan de una posi- ción de dominio en el mercado "...cuando pueden ac- tuar de modo independiente con prescindencia de sus competidores, compradores, clientes o proveedores, debido a factores tales como la participación significa- tiva de las empresas en los mercados respectivos, las características de la oferta y la demanda de los bienes o servicios, el desarrollo tecnológico de los bienes o servicios involucrados, el acceso de competidores a fuentes de financiamiento y suministros, así como a redes de distribución" 7. Un aspecto importante que se desprende de esto es que la existencia de competido-res no implica que una empresa no pueda tener una posición dominante en un mercado. En este punto es necesario aclarar que el "...actuar de modo independiente con prescindencia de los com- petidores…" se entiende en el sentido que la o las empresas pueden, por ejemplo, establecer las condi- ciones económicas que regirán en el mercado sin que los competidores sean un factor, o sean un factor prácticamente irrelevante, a tomar en cuenta al mo- mento de establecer dichas condiciones. Tal como se mencionó anteriormente, en un mercado competitivo, las decisiones respecto de precios, calidades y cantida- des a vender de las empresas se desarrollan en un ambiente de interdependencia. De esta manera, la competencia se asocia con el concepto de rivalidad entre las empresas que participan en un mercado; sin embargo, en un mercado en el que una empresa ejerza posición de dominio, ésta puede fijar las condiciones comerciales sin considerar a sus rivales, teniendo los competidores que tomar las condiciones comerciales que se establezcan como dadas. Un primer punto importante es que no se considera como infracción la situación dominante en sí misma, sino el abuso que se haga de ella. Mientras el uso de la posición dominante permita generar eficiencia y un mayor bienestar en los consumidores, dicho uso no podrá ser cuestionado. Este principio es especialmente importante en el área de las telecomunicaciones donde, debido a la existencia de economías de escala y de diversificación, se pueden encontrar empresas con po- siciones dominantes en el mercado relevante. En con- secuencia, OSIPTEL no sancionará a las empresas por ostentar una posición de dominio, sino sólo por hacer un mal uso de la misma. El hecho de que la posición dominante de una empresa tenga su origen en la actuación del Estado -por ejemplo en la forma de asignación del espectro- no enerva la potestad de OSIPTEL para sancionar el abuso de tal posición. Para determinar la existencia de una posición de dominio en el mercado deben seguirse dos pasos: a. Debe determinarse el mercado relevante, es decir, qué bienes y/o servicios puede considerarse que compiten con el de la empresa cuya posición en el mercado se quiere determinar, y dentro de qué espacio geográfico y en qué nivel comercial se da dicha competencia; y b. Determinar el nivel de competencia en el mercado relevante previamente determinado, y el poder real de mercado de la empresa investigada en dicho mercado. 4.1.1. Determinación del nivel de competencia en el mercado relevante y del poder de mercado de la empresa. Algunas de las variables que OSIPTEL podrá tomar en consideración para determinar si una firma exhibe posi- ción de dominio en un mercado relevante determinado son: a. El porcentaje de participación de la empresa en el mercado. b. El nivel de concentración del mercado. Una alterna- tiva es utilizar el índice conocido como el Herfindahl- Hirshman Index (en adelante, HHI) para medir el nivel de concentración en un mercado determinado. Es importante señalar que debe concordarse la aplica- ción del HHI con la evaluación del porcentaje de partici- pación de la empresa investigada en el mercado antes mencionado. Por esta razón, OSIPTEL podrá utilizar 6En el presente texto se considera al costo de transporte como el costo total que implicaría poner a la venta un producto en otro lugar geográfico. 7Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 701.