Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2000 (01/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 1 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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fueron cumplidos con eficiencia y economia. Esta forma de respondabilidad puede ser fortalecida por medio de una auditoria independiente o mediante la formulacion y MORDAZA de la memoria de la gestion de cada entidad. 05. El titular de la entidad publicara al inicio de cada ano, su plan de trabajo institucional y su correspondiente balance de gestion del ano anterior con los resultados obtenidos, este balance debe reflejar principalmente el avance de las metas, asi como los recursos y fondos utilizados. Se informara a la Contraloria General de la Republica de la difusion de estos documentos y del medio utilizado para ello. 06. Los titulares, funcionarios y servidores publicos deberan emitir informacion confiable sobre: entrega de balances anuales (cuenta general), entrega de informacion al Sistema Integrado de Administracion Financiera, entrega de informacion a la ciudadania (segun ordenamiento), rendicion de recursos recibidos personalmente (viaticos, adelantos, etc.), entrega de informacion a sucesores. Asimismo, debe interpretarse restrictivamente los casos de informacion reservada y exoneracion de rendicion de cuentas y en casos de dudas favorecer a la respondabilidad y a la transparencia, del mismo modo debe darse cumplimiento a las normas de que permitan la participacion ciudadana, y ser receptivo al asesoramiento legal y presupuestal. 700-03 INGRESO Y CESE DE PERSONAL. La entidad debe efectuar los procesos de contratacion de personal, conforme a criterios de transparencia, objetividad, idoneidad y calificacion. Asimismo, en los casos de cese de personal corresponde asegurar la continuidad del servicio. Comentario: 01. La transparencia en el MORDAZA de seleccion de personal, asegura el derecho de todos los ciudadanos de acceder en condiciones generales de igualdad a la funcion publica y captar personal calificado e idoneo, que permita mejorar la prestacion de servicios y obtener una adecuada productividad. 02. El MORDAZA de seleccion, debe considerar requisitos de formacion, capacitacion, experiencia y/o titulo profesional que guarden relacion directa con las funciones inherentes al cargo vacante o materia de provision. 03. En los procesos de seleccion, el postulante bajo Declaracion Jurada, consignara informacion respecto a servicios prestados en alguna entidad publica o privada. Corresponde a la entidad, verificar las evaluaciones a que hubiera sido objeto el postulante, su desempeno, asi como la razon de su retiro en la entidad donde hubiera laborado anteriormente. Asimismo, el postulante informara bajo Declaracion Jurada sobre parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad que laboren en la entidad. Corresponde a la entidad en este caso, cautelar que no se incurra en actos de nepotismo. 04. Es responsabilidad de la entidad, cuidar que los contratos por servicios no personales o locacion de servicios, contengan elementos propios de esa modalidad contractual, evitando que bajo esta modalidad se pacten relaciones juridicas de naturaleza laboral. 05. A la conclusion de los servicios, corresponde aplicar los mecanismos necesarios para asegurarse que el personal que deja la entidad, cumpla con efectuar la entrega de su cargo, requisito previo para la conclusion del servicio, a su inmediato superior, formalizada en un documento o acta o el informe final sobre el resultado de la labor encomendada, cuando se trate de servicios no personales, para una ordenada transferencia de funciones; presentar la Declaracion Jurada de Bienes y Rentas que corresponda y, realizar todas las acciones necesarias a fin de prevenir que el personal saliente incurra en posterior conflicto de interes o emplee la informacion privilegiada a la cual ha tenido acceso durante sus servicios. En este ultimo supuesto, resulta util la Declaracion de Compromiso que pueda formular el personal saliente, a que alude la NTC 700-04. 06. En las destituciones o despidos por falta grave, la Unidad de Personal o la que haga sus veces, debera contar con un registro del personal que MORDAZA merecido esta sancion, a fin de ponerlo a disposicion de las demas entidades publicas que requieran de dicha informacion, o de la autoridad competente, conforme a ley. Asimismo, custodiara las Declaraciones de Compromiso formuladas por el personal saliente, a los efectos de proporcionar elementos para el control posterior.

07. Los directivos de las Unidades organicas competentes, en la celebracion de contratos de trabajo y de servicios no personales o de locacion de servicios, deben cumplir y hacer cumplir las politicas destinadas a prevenir, orientar y ejercer un efectivo control en torno al cumplimiento de las disposiciones relativas a la integridad y valores eticos en la administracion publica (como por ejemplo nepotismo, prohibiciones e incompatibilidades, contratacion de personal, MORDAZA de declaraciones juradas de bienes y rentas, rotacion de personal, etc.), asi como aplicar las Normas Tecnicas de Control Interno pertinentes. 08. Las remuneraciones, dietas, u otros que la ley disponga su publicidad, esta disposicion debe ser interpretada en la forma mas extensiva y amplia posible en aras del MORDAZA de transparencia que debe primar en toda decision de la administracion publica, es decir por ejemplo, publicacion completa del documento, de cifras exactas, periodos, etc. 700-04 PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES FUNCIONALES La direccion de las entidades deben implantar mecanismos para asegurar que el personal que capten, el que se encuentra en actividad, asi como aquellos que dejan de pertenecer a la entidad, no incurran en las prohibiciones o incompatibilidades que propicien conflicto de intereses y actos contrarios a la integridad del servicio publico. Comentario: 01. La gestion publica para desarrollarse en terminos de transparencia y en el logro de los objetivos y metas institucionales, exige consolidar el MORDAZA de integridad a traves de una conducta funcional honesta previa, durante y posteriormente al desempeno del cargo, en el que prime el interes publico sobre el particular. 02. El interes publico se expresa en la satisfaccion de necesidades colectivas, teniendo en cuenta la independencia en las decisiones adoptadas en el desempeno de las atribuciones y obligaciones funcionales, por lo que resulta necesario prevenir que algun interes privado del funcionario o servidor publico interfiera en el debido cumplimiento de sus actividades, o den la apariencia razonable que han influido en ellas, incurriendo en un conflicto de intereses. 03. Un conflicto de intereses puede presentarse MORDAZA del ingreso al servicio publico, durante el ejercicio de las funciones o luego del cese en el MORDAZA a otras actividades (publicas o privadas); y se derivan entre otros supuestos, de relaciones personales, economicas, de parentesco o por el uso indebido de informacion privilegiada que afecte la confianza en el servicio publico. 04. Para evitar estos conflictos de intereses, se deben respetar los impedimentos e incompatibilidades destinados a prevenir que nadie logre beneficiarse a si mismo o a terceros con informacion o conocimientos de indole privilegiada, o que se patrocinen intereses particulares en contravencion al ejercicio del cargo, asi como limitar, por ejemplo, que quien participa a nombre del Estado en un MORDAZA de privatizacion pase luego a formar parte de la empresa ya privatizada o, que al dejar el cargo en una entidad reguladora asuma funciones en la empresa regulada, entre otros supuestos. 05. Asimismo, la Unidad de Personal o quien haga sus veces, debera identificar al personal que por sus funciones o ubicacion organica sea susceptible de incurrir en las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el ordenamiento juridico vigente, a fin de aplicar politicas de prevencion, orientacion y control de la normativa sobre integridad en la funcion publica. Tal es el caso de, Titulares, directores, asesores, miembros de organos colegiados de la entidad, miembros de comisiones con encargos del Estado vinculados a esta, Procuradores Ad Hoc, entre otros. 06. Las medidas preventivas para la contratacion de MORDAZA personal, personal en actividad y personal saliente, tienen la finalidad de asegurar un desempeno independiente y libre de interferencias e intereses que no MORDAZA los del servicio publico. Entre otras acciones, es recomendable aplicar las siguientes medidas: - Tomar conciencia y orientar con claridad al personal respecto al alcance de sus deberes y limitaciones derivadas de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en el ejercicio de sus funciones. Tal orientacion incluye al personal directivo respecto a la prohibicion de incurrir en actos de nepotismo, conflicto de intereses;

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