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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2000 (06/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 65

Pág. 189807 NORMAS LEGALES Lima, jueves 6 de julio de 2000 II. GRUPO CONSOLIDABLE DE LAS EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO a) Balance general y estado de ganancias y pérdidas consolidados, trimestrales y anuales, de acuerdo con lo dispuesto en los Anexos Nºs. 2-A y 3-A, respectivamente. b) Estado de flujos de efectivo y estado de cambios en el patrimonio neto consolidados, anuales, de acuerdo con lo señalado en los Anexos Nºs. 4-A y 5-A, respectivamen- te. c) Hojas de eliminaciones, trimestrales y anuales, según el formato que se detalla en los Anexos Nº 6-A y Nº 7-A. d) Reporte de límites consolidados, trimestral y anual, de acuerdo con el Anexo Nº 10. e) Otros que la Superintendencia considere pertinentes. III. GRUPO CONSOLIDABLE DE LAS EMPRESAS DEL SISTEMA DE SEGUROS a) Balance general y estado de ganancias y pérdidas consolidados, trimestrales y anuales, de acuerdo con lo dispuesto en los Anexos Nºs. 2-B y 3-B, respectivamente. b) Estado de flujos de efectivo y estado de cambios en el patrimonio neto consolidados, trimestrales y anuales, de acuerdo con lo señalado en los Anexos Nºs. 4-B y 5-B, respectivamente. c) Hojas de eliminaciones, trimestrales y anuales, cuyo formato se detalla en los Anexos Nºs. 6-B y 7-B, respectiva- mente. d) Reporte de límites consolidados, trimestral y anual, de acuerdo con el Anexo Nº 10. e) Reporte de obligaciones técnicas, trimestral y anual, según se detalla en el Anexo Nº 11. f) Reporte de inversiones elegibles, trimestral y anual, según se detalla en el Anexo Nº 12. g) Reporte del total de inversiones, trimestral y anual, según se detalla en el Anexo Nº 13. h) Reporte de las primas cedidas por reasegurador, trimestral y anual, según se detalla en el Anexo Nº 14. i) Otros que la Superintendencia considere pertinen- tes. IV. PRESENTACION DE INFORMACION a) La información trimestral se presentará dentro de los cuarenta (40) días calendario siguientes al cierre del trimes- tre respectivo. b) La presentación de la información anual deberá reali- zarse dentro de los noventa (90) días calendario siguientes al cierre de cada ejercicio. Los estados financieros anuales señalados en los literales a y b de los numerales I, II y III deben presentarse auditados. c) En aquellos casos en los cuales la información sea requerida tanto trimestral como anualmente, la correspon- diente al cuarto trimestre se presentará dentro del plazo señalado en el literal a) y la anual de acuerdo con lo establecido en el literal anterior. d) Los estados financieros, las hojas de eliminaciones, el Reporte de transacciones intragrupo, el Reporte del patrimo- nio efectivo consolidado y el Reporte de requerimientos patri- moniales serán presentados en forma impresa y mediante correo electrónico ( sbs@sbs.gob.pe) o por medios magnéticos en formato Excel para Windows. El envío en medios magné- ticos deberá realizarse en diskette, indicando la información y el nombre de la empresa responsable de la remisión de dicha información. ANEXO 2 CONGLOMERADO BALANCE GENERAL CONSOLIDADO Al.....de................de...... (en miles de nuevos soles) ACTIVO (1) PASIVO Y PATRIMONIO (1) PASIVO ACTIVO CORRIENTE (2) PASIVO CORRIENTE (11) Disponible Obligaciones con el público Fondos Interbancarios Fondos Interbancarios Inversiones negociables (3) Depósitos de empresas del sistema financiero y Cartera de Créditos (4) Organismos financieros internacionales Cartera de créditos vigentes (5) Adeudados y obligaciones financieras Cartera de créditos vencidos (6) Cuentas por pagar a intermediarios y auxiliares Cuentas por cobrar por operaciones de Cuentas por pagar a asegurados Seguros Cuentas por pagar a reaseguradores y Cuentas por cobrar a reaseguradores y Coaseguradores Coaseguradores Cuentas por pagar (12) Cuentas por cobrar (7) Cuentas por pagar diversas (13) Cuentas por cobrar diversas (8) Valores, títulos y obligaciones en circulación Otros activos Provisiones TOTAL ACTIVO CORRIENTE Reservas técnicas por siniestros Cartera de Créditos (4) Otros pasivos Cuentas por cobrar (7) Cuentas por cobrar diversas (8) TOTAL PASIVO CORRIENTE Bienes realizables, recibidos en pago, Adeudados y obligaciones financieras Adjudicados y fuera de uso Reservas técnicas por primas Inversiones permanentes en valores (9) Reservas técnicas por siniestros Inversiones en Inmuebles Cuentas por pagar (12) Inmuebles, mobiliario y equipo Cuentas por pagar diversas (13) Activos intangibles Valores, títulos y obligaciones en circulación Otros activos Otras provisiones Goodwill (10) Otros pasivos Ingreso diferido (14) TOTAL PASIVO Interés minoritario Capital Social Capital adicional Reservas Resultados Acumulados Resultado neto del ejercicio Total interés minoritario PATRIMONIO Capital Social Menos: Acciones en tesorería Capital Adicional Reservas Ajustes al patrimonio (15) Resultados acumulados Resultado neto del ejercicio TOTAL PATRIMONIO TOTAL ACTIVO TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO Cuentas Contingentes deudoras Cuentas Contingentes acreedoras Cuentas de Orden deudoras Cuentas de Orden Acreedoras Las notas que acompañan forman parte de los Estados Financieros. (1) Los rubros de los activos serán presentados netos de provisiones e ingresos diferidos cuando corresponda. Tanto los rubros del activo, pasivo y patrimonio serán detallados mediante notas específicas. (2) Se considerará como activo corriente al efectivo, equivalente de efectivo, derechos a recuperar y otros activos que se mantienen y que se espera se realicen dentro de los doce (12) meses después de la fecha del balance para su consumo normal del ciclo de operaciones de la empresa. Aquellos activos que excedan de un (1) año, deberán excluirse del activo corriente. (3) Para propósitos de consolidación de estados financieros, las inversiones se clasificarán de acuerdo a lo señalado por el Reglamento de Clasificación, Valoración y Provisiones de las Inversiones de la Empresas del Sistema Financiero y de Seguros. Considerar las inversio- nes Trading, Disponibles para la Venta y las Inversiones a Vencimiento que serán redimibles dentro del período corriente. (4) Se considerará la cartera de créditos de las empresas del sistema financiero consideradas en el literal A del Artículo 16º y las empresas de arrendamiento financiero y de factoring de la Ley General. (5) Los créditos vigentes deberán incluir los rendimientos devengados. Incluye los créditos refinanciados y reestructurados vigentes. (6) Se considerará los créditos vencidos y los créditos en cobranza judicial. Incluye los créditos refinanciados y reestructurados vencidos y en cobranza judicial. (7) Se considerará las cuentas por cobrar comerciales de las empresas diferentes a las empresas consideradas en el literal A y D del Artículo 16º y las empresas de arrendamiento financiero de la Ley General. (8) Se considerará las cuentas por cobrar diversas de las empresas del conglomerado. (9) Se considerarán las inversiones permanentes representativas de capital de acuerdo al Reglamento de Clasificación, Valoración y Provisiones de las Inversiones de la Empresas de Sistema Financiero y de Seguros, y las Inversiones a Vencimiento cuyo plazo redimen en un tiempo mayor a doce (12) meses. (10) Representa el mayor valor pagado respecto al valor patrimonial correspondiente a la inversión en empresas con la que se consolida estados financieros. (11) Está constituido por las partidas que representan obligaciones de la empresa cuyo pago debe efectuarse dentro de los doce (12) meses posteriores a la fecha de balance. Si las obligaciones exceden el plazo de doce (12) meses se debe excluir del pasivo corriente. (12) Comprende las obligaciones relacionadas a operaciones del giro del negocio realiza- das por las empresas especializadas consideradas en el Artículo 16º de la Ley General, con excepción de las empresas de arrendamiento financiero, y los bancos de inversión. (13) Se considerará las cuentas por cobrar diversas de las empresas del conglomerado. (14) Representa el menor valor pagado respecto al valor patrimonial correspondiente a la inversión en empresas con las que se consolida estados financieros. (15) Considerar las revaluaciones voluntarias, acciones liberadas y otros conceptos no con- templados en los rubros anteriores del patrimonio.