Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2000 (06/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Encargan el Viceministerio de Comunicaciones al Viceministro de Vivienda y Construccion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 293-2000-MTC/15.01 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, se ausentara del MORDAZA del 2 al 6 de MORDAZA de 2000; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Viceministerio de Comunicaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25862, Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar al arquitecto MORDAZA de las MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Vivienda y Construccion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, el Viceministerio de Comunicaciones, a partir del 3 de MORDAZA de 2000, y mientras dure la ausencia del Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7670

145 seccion 145.23 y que no ha cumplido con remitir los partes mensuales de sus actividades; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil se encuentra impedida de verificar si la mencionada empresa cumple con mantener las capacidades legal, tecnica y financiera por las cuales le fue otorgada la autorizacion para el funcionamiento del Taller de Mantenimiento Aeronautico; Que, segun lo senalado en el Articulo 9º de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para revocar las autorizaciones de Talleres de Mantenimiento; SE RESUELVE: Articulo Unico.- REVOCAR el Permiso de Operacion otorgado al TMA AEROTECNIC E.I.R.L. por las consideraciones anteriormente expuestas, dejando sin efecto la R.D. Nº 368-98-MTC/15.16. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Aeronautica Civil 7674

Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Predial MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 032-2000-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, acorde con el Estatuto aprobado por Decreto Supremo Nº 014-97-MTC, prescribe que el Registro Predial MORDAZA - RPU es una Institucion Publica Descentralizada, con autonomia registral, funcional tecnica administrativa, economica y financiera, encargada de planear, organizar, normar, supervisar, registrar y perfeccionar los procedimientos registrales, a fin de brindar un eficiente y oportuno servicio; Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, se establecio la obligatoriedad para todas las Entidades de Administracion Publica, de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se establecieron las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de la obligacion a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-99-MTC, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Predial MORDAZA - RPU; Que, es necesario actualizar e incorporar nuevos procedimientos al Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del RPU; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 y en el Decreto Supremo Nº 09492-PCM; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Registro Predial MORDAZA, el cual en anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion

Revocan permiso otorgado a AEROTECNIC E.I.R.L. para operar como taller de mantenimiento aeronautico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 175-2000-MTC/15.16 MORDAZA, 14 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 368-98-MTC/ 15.16 de fecha 31 de agosto de 1998 se autorizo a la empresa AERO TECNIC E.I.R.L. su funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico por un plazo de cinco anos; Que, mediante Oficio Nº 185-2000-MTC/15.16.05.2, de fecha 7 de febrero del 2000, dirigido al senor MORDAZA Balarezo Balarezo, Gerente General del Taller de Mantenimiento AERO TECNIC E.I.R.L. se le comunico que el taller en mencion tiene sus instalaciones cerradas impidiendo, de esta forma, realizar las inspecciones programadas, no habiendo comunicado oportunamente este hecho a la Direccion General de Aeronautica Civil, contraviniendo la normatividad vigente; Que, asimismo se comunico que el Taller de Mantenimiento en mencion, con numero de Certificado TMA-008 no puede continuar haciendo uso de los privilegios que le otorga su certificado de Operacion especificados en la seccion 145.51 de la RAP, hasta que la empresa permita efectuar una inspeccion tecnica para determinar la capacidad tecnica del Taller; Que, la RAP 145.23 senala que cada Taller de Mantenimiento Aeronautico, permitira que los inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil inspeccionen la misma en cualquier momento para determinar el cumplimiento de la RAP 145; Que, mediante el Memorandum Nº 202-2000-MTC/ 15.16.05.2. de fecha 25 de MORDAZA del 2000, el Subdirector de Aeronavegabilidad senala que el Taller de Mantenimiento Aeronautico ha incumplido lo especificado en la RAP parte

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