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Pág. 187442 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de junio de 2000 Explotar Juegos de Máquinas Tragamonedas en el estableci- miento denominado "Masaris Sullana" ubicado en el Jirón San Martín Nº 801, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; el Informe Legal Nº 159-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE- JCMT/a.g.; el Informe Económico Financiero Nº 017-2000-MI- TINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/LAT. y el Informe Técnico Nº 110- 2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/AT-h.r.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de febrero del 2000 la empresa MASARIS S.A. solicita autorización para explotar juegos de máquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Masaris Su- llana" ubicado en el Jirón San Martín Nº 801, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas", le otorga a la Dirección Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorización vinculadas a la aplicación de dicha Ley, estable- ciéndose en el inciso a) del Artículo 25º que a la Dirección Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autori- zaciones de explotación de juegos de máquinas tragamonedas ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Dirección Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de julio del 2000, la explotación de máquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluación del Expediente Nº 002798-2000-MI- TINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorización Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa MASARIS S.A. la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en el estable- cimiento denominado "Masaris Sullana" ubicado en el Jirón San Martín Nº 801, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa MASARIS S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Ochenticuatro (84) máquinas tragamonedas y Ciento Seis (106) memorias de solo lectura de programas de juego cuyas caracte- rísticas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolución, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Los modelos de máquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolución, que no se en- cuentren autorizados ni registrados por la Dirección Nacional de Turismo, únicamente podrán ser explotados hasta el 31 de julio del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorización y Registro correspondiente tendrán que ser retirados o reemplaza- dos, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- Debido a que la empresa MASARIS S.A. se encontraba explotando juegos de máquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, debe- rán cumplir con presentar la documentación y requisitos descri- tos en el procedimiento establecido en el Artículo 23º de la Ley Nº 27153 y el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000- ITINCI, en el plazo de 20 días hábiles de publicada la presente Resolución. Artículo 5º.- El plazo de vigencia de la autorización otorga- da a la empresa MASARIS S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA Directora Nacional de Turismo 6129 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 167 -2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 29 de mayo del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002793-2000-MITINCI, presentado por la empresa MASARIS S.A. solicitando Autorización para Explotar Juegos de Máquinas Tragamonedas en el estableci- miento denominado "El Royal" ubicado en el Jirón Ica Nº 345,distrito, provincia y departamento de Piura; el Informe Legal Nº 158-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/a.g.; el Informe Económico Financiero Nº 017-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE- JCMT/LAT. y el Informe Técnico Nº 115-2000-MITINCI/VMT/ DNT/DE-JCMT/AT-h.r.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de febrero del 2000 la empresa MASARIS S.A. solicita autorización para explotar juegos de máquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "El Royal" ubicado en el Jirón Ica Nº 345, distrito, provincia y departamento de Piura; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas", le otorga a la Dirección Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorización vinculadas a la aplicación de dicha Ley, estable- ciéndose en el inciso a) del Artículo 25º que a la Dirección Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autori- zaciones de explotación de juegos de máquinas tragamonedas ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Dirección Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de julio del 2000, la explotación de máquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluación del Expediente Nº 002793-2000-MI- TINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorización Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa MASARIS S.A. la explotación de juegos de máquinas tragamonedas en el estable- cimiento denominado "El Royal" ubicado en el Jirón Ica Nº 345, distrito, provincia y departamento de Piura, con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca. Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la empresa MASARIS S.A. a instalar y explotar en su sala de juegos, Noventiocho (98) máquinas tragamonedas y Ciento Treintiún (131) memorias de sólo lectura de programas de juego cuyas características aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolución, no pudiendo ser traslada- dos a un establecimiento distinto de aquel para el cual están siendo autorizados. Artículo 3º.- Los modelos de máquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolución, que no se en- cuentren autorizados ni registrados por la Dirección Nacional de Turismo, únicamente podrán ser explotados hasta el 31 de julio del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorización y Registro correspondiente tendrán que ser retirados o reemplaza- dos, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Artículo 4º.- Debido a que la empresa MASARIS S.A. se encontraba explotando juegos de máquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, debe- rán cumplir con presentar la documentación y requisitos descri- tos en el procedimiento establecido en el Artículo 23º de la Ley Nº 27153 y el Artículo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000- ITINCI, en el plazo de 20 días hábiles de publicada la presente Resolución. Artículo 5º.- El plazo de vigencia de la autorización otorga- da a la empresa MASARIS S.A. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre del 2002. Artículo 6º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA Directora Nacional de Turismo 6130 Autorizan e inscriben memorias de solo lectura que conforman programas de juego de máquinas tragamonedas RESOLUCION DIRECTORAL Nº 168-2000-MITINCI/VMT/DNT Lima, 29 de mayo del 2000