Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2000 (03/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 3 de junio de 2000

NORMAS LEGALES

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Otorgan autorizaciones a empresa para operar estaciones transmisoras de los servicios de radiodifusion por television y sonora, en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 158-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2000 VISTO, el Expediente Nº 1999-00921007 presentado por la empresa "RADIO MORDAZA DE EXPRESION S.R.L.", para establecer una estacion transmisora del servicio de radiodifusion comercial por Television en UHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93TCC, en sus Articulos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que, el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones y el MORDAZA del Ministerio, indican la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica, de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun Informes Nºs. 193-99-MTC/ 15.19.03.2. y 309-99-MTC/15.19.01., consideran que tecnica y legalmente es procedente la solicitud de la empresa "RADIO MORDAZA DE EXPRESION S.R.L."; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99MTC y 030-99-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa "RADIO MORDAZA DE EXPRESION S.R.L.", autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion trasmisora del servicio de radiodifusion comercial por Television en UHF, ubicada en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia: MORDAZA Indicativo Potencia Emision : BC-TV : Video : 477.25 MHz Audio : 481.75 MHz : 15 : OBV-7U : Video : 1000 w Audio : 100 w : Video : C3F Audio : F3E : H24

Articulo 3º.- La empresa "RADIO MORDAZA DE EXPRESION S.R.L.", en su condicion de titular de la presente autorizacion, esta obligada a solicitar la inspeccion tecnica a sus instalaciones hasta MORDAZA de los 60 dias calendario del vencimiento del periodo de instalacion y prueba de conformidad con el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Articulo 4º.- La presente autorizacion quedara sin efecto, ademas de lo dispuesto en la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento General, si el titular de la autorizacion se encuentra incurso en los siguientes casos: 1º No hubiera solicitado inspeccion tecnica dentro del plazo previsto en el Articulo 3º. 2º Si vencido el periodo de prueba, la inspeccion no se hubiera realizado por causas que le MORDAZA imputables. 3º Si las pruebas de funcionamiento no son satisfactorias, o vencido el periodo de prueba no hubiera cumplido con realizar la instalacion de los equipos. Articulo 5º.- Si la inspeccion tecnica a la estacion autorizada es satisfactoria, se concedera autorizacion a la empresa "RADIO MORDAZA DE EXPRESION S.R.L.", hasta por el plazo de diez (10) anos, comprendiendose en este el periodo de instalacion y prueba autorizado. Articulo 6º.- El titular de la autorizacion esta obligado a instalar y operar el servicio acorde con la presente resolucion, no pudiendo modificar las caracteristicas tecnicas a que se contrae el Articulo 1º, sin autorizacion previa de este Ministerio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 6175 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 159-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2000 VISTO, el Expediente Nº 1999-00920007 presentado por la empresa "RADIO MORDAZA DE EXPRESION S.R.L.", para establecer una estacion transmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito, provincia y departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93TCC, en sus Articulos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorizacion, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que, el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones y el MORDAZA del Ministerio, indican la informacion y documentacion que debera acompanar la persona solicitante para obtener la autorizacion respectiva, y que luego de otorgada se inicia un periodo dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio y se realizaran las pruebas de funcionamiento; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica, de la Direccion General de Telecomunicaciones, segun Informes Nºs. 189-99-MTC/ 15.19.03.2. y 307-99-MTC/15.19.01., consideran que tecnica y legalmente es procedente la solicitud de la empresa "RADIO MORDAZA DE EXPRESION S.R.L."; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC, 06-94-TCC, 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99MTC y 030-99-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa "RADIO MORDAZA DE EXPRESION S.R.L.", autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce

Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : MORDAZA MORDAZA Nº 442, distrito, provincia y departamento Puno. Coordenadas: L.O. 70° 01' 25" L.S. 15° 50' 02" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Dentro de los treinta (30) dias de publicada la presente resolucion, el titular de la autorizacion debera cumplir con pagar, ante el Ministerio, el derecho de autorizacion, canon anual y por la publicacion de la resolucion. Transcurrido dicho plazo sin que se MORDAZA cumplido con los pagos indicados, la presente autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho.

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