Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (03/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 1827514 NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de junio de 2000 • Durante la ejecución de los techos , para revi- sar las estructuras y las instalaciones. En caso de estructuras de concreto armado, antes del vaciado de cada techo. b. De haber dos o más pisos , las visitas de supervi- sión se programarán de acuerdo con la naturaleza de la obra, y, a propuesta del Supervisor de Obra, se estable- cerá un cronograma de supervisión, considerándose, como mínimo, dos visitas adicionales por piso , du- rante la ejecución de los muros y durante la ejecución de los techos. c. Asimismo, en los casos de obras extensas , el Supervisor de Obra determinará, teniendo en cuenta la programación que pueda presentarle el Responsable de Obra, las visitas adicionales que sean necesarias para ejercer la Supervisión en la totalidad de la obra y en las etapas indicadas en el punto a. 1.5 AVISOS DEL RESPONSABLE DE OBRA a. En todos los casos, el Responsable de Obra, según lo establecido en el numeral 93.2 del Reglamen- to de la Ley, bajo apercibimiento de multa, deberá dar aviso a la Oficina Encargada de Licencias de Obra correspondiente, con cinco (5) días hábiles de anti- cipación a cada una de las etapas antes indicadas en el punto 1.4, para que el Supervisor de Obra pueda ejercer su función. b. El Supervisor de Obra deberá hacerse presente en la obra al quinto día hábil contado a partir de la fecha del aviso del Responsable de Obra; salvo que ambos, de común acuerdo, fijen día distinto dentro del plazo de diez (10) días naturales que establece el numeral 93.2 del Reglamento de la Ley. Si el Supervisor de Obra no se hiciera presente el día fijado, el Responsable de Obra proseguirá la obra prescindiendo de la visita de supervi- sión correspondiente. 2.0 DOCUMENTOS DE LA CARTILLA La presente CARSO contiene, en original (desglosa- ble) y copia (no desglosable), los siguientes documentos: • Aviso para Inicio de Obra , del Responsable de Obra a la Oficina de Licencias de Obra correspondiente. • Avisos para Visita de Supervisión de Obra , del Responsable de Obra a la Oficina de Licencias de Obra correspondiente. • Detalle Técnico de Supervisión - Etapa de Cimentación , complementario al Informe de Supervi- sión de Obra que se emitirá en formato aprobado con el Reglamento de la Ley. • Detalle Técnico de Supervisión - Etapa de Muros del Primer Piso , complementario al Informe de Supervisión de Obra correspondiente. • Detalle Técnico de Supervisión - Etapa de Techos , complementario al Informe de Supervisión de Obra correspondiente. • Detalle Técnico de Supervisión - Etapa de Muros de Pisos Superiores , complementario al Infor- me de Supervisión de Obra correspondiente. 3.0 INSTRUCCIONES PARA EL USO DE LOS DOCUMENTOS 3.1 COMUNICACION DE INICIO DE OBRA El formato se aplicará sólo en los casos de obras que se ejecuten al amparo de la Opción b . Para el caso de la Opción a , la fecha de inicio consta en el FUO- Parte1 y no se requiere de comunicación al respecto. El original debidamente llenado por el Responsable de Obra, será desglosado y entregado a la Oficina de Licencias de Obra correspondiente. La copia quedará en el cuadernillo como cargo con la firma y sello de recepción.3.2 AVISO PARA VISITA DE SUPERVISIÓN DE OBRA El Responsable de Obra llenará el formato, en cada oportunidad, indicando el número de orden de la visita y la etapa de obra cuya supervisión solicita. El original será desglosado y entregado a la Oficina de Licencias de Obra correspondiente. La copia quedará en el cuadernillo como cargo con la firma y sello de recep- ción. Se incluyen cuatro ejemplares con sus respecti- vas copias. De requerirse más para visitas adiciona- les, se usarán fotocopias que se irán anexando al cuadernillo. El Aviso para Visita de Supervisión de Obra será entregado a la Oficina de Licencias de Obra respectiva con cinco (5) días hábiles de anticipación a la etapa de la obra que se supervisará, como se indica en el punto.a del numeral 1.5. El Responsable de Obra no podrá autorizar ningún vaciado de concreto antes de la fecha fijada para la visita del Supervisor de Obra. 3.3 DETALLE TECNICO DE SUPERVISION Estos formatos serán llenados por el Supervisor de Obra, en cada oportunidad, indicando el número de orden de la visita y teniendo en cuenta las aclara- ciones expuestas en los puntos siguientes. Son com- plementarios al Informe de Supervisión de Obra correspondiente, en el cual el Supervisor de Obra expresará sus conclusiones generales. El original, una vez llenado y firmado por el Responsable de Obra y por el Supervisor de Obra, será desglosado por éste, quien lo entregará al Presidente de la Comisión Técnica Supervisora de Obra. La copia deberá man- tenerse en el cuadernillo. De no hacerse presente el Supervisor de Obra en el día fijado para la visita, el Responsable de Obra o su encargado, al día siguiente, se apersonará a la Mesa de Partes de la municipalidad correspondiente, la que debe- rá llenar los datos generales y anular la parte técnica del documento no usado por el Supervisor de Obra (original y copia), dejando constancia de la fecha. El original desglosable de dicho documento será remitido por la Mesa de Partes al Presidente de la Comisión Técnica Supervisora de Obra, y la copia deberá mantenerse en el cuadernillo. El Supervisor de Obra, deberá verificar o contro- lar lo siguiente en cada una de las etapas de supervisión a las que se refieren los formularios correspondientes: Detalle Técnico de Supervisión - Etapa de Cimentación 1. Medidas perimétricas del terrenoSi las reales concuerdan con las que aparecen en el título, e indicar las diferencias si las hubiese. 2. Muros adyacentes de predios colindantes Su estado, especialmente si se trata de excavaciones profundas, indicando las deficiencias que encuentre. 3. Alineamiento Según los planos correspondientes proporcionados por la municipalidad, en los casos, donde no esté definido el trazo de las veredas, jardines, jardines de aislamiento o calzadas. 4. Retiro frontal De acuerdo con los planos de arquitectura aprobados. 5. Retiros laterales Cuando sea exigible, de acuerdo con los planos de arquitectura aprobados. 6. Retiro posterior Cuando sea exigible, de acuerdo con los planos de arquitectura aprobados. 7. Caseta provisional De requerirse, su ubicación en algún lugar donde no interfiera la ejecución de la obra ni la circulación de las personas.