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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (11/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 187885 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de junio de 2000 S B S Dan por concluido proceso liquidato- rio del Banco Unión RESOLUCION SBS Nº 398-2000 Lima, 8 de junio del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTOS: La Carta del 5 de abril del 2000, remitida por los liquidadores del Banco Unión en Liquidación, mediante la cual solicitan la emisión de la Resolución Administrativa que declare por culminado el proceso liquidatorio del citado Banco en Liquidación; (en adelante B. Unión-L); así como el Informe de Visita de Inspección Nº ASIF"F"-097-2000; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 2487 del 28 de diciembre de 1967, emitida por la entonces Superintendencia de Bancos, se declaró en estado de liquidación el Banco Unión, tomando a su cargo sus bienes y negocios; Que, durante el desarrollo de dicho proceso a cargo de la Superintendencia de Banca y Seguros hasta el 28 de diciem- bre de 1984, se cumplió con liquidar totalmente los créditos aprobados, entregando al Banco Central de Reserva del Perú los importes, más sus intereses, de aquellas sumas no cobradas por los acreedores del B. Unión-L; y cancelando todos los gastos correspondientes a la liquidación conforme a lo preceptuado en los Artículos 154º y 155º de la Ley de Bancos Nº 7159, vigente en ese entonces; Que, con fecha 10 de diciembre de 1984 la Superinten- dencia de Banca y Seguros convocó a Junta General de Accionistas del B. Unión-L, en cuya reunión los socios acordaron asumir la continuación del proceso liquidatorio por intermedio de Agentes propios; Que, por Resolución SBS Nº 640-84 de fecha 28 de diciembre de 1984, se dispuso la entrega del B. Unión-L a sus accionistas, para que los Agentes designados por ellos en Junta General citada precedentemente, continúen con el proceso liquidatorio, bajo la supervigilancia de la Superin- tendencia de Banca y Seguros, hasta la inscripción de su extinción en los Registros Públicos; Que, según el Balance General al 31 de octubre de 1999, el B. Unión-L sólo contaba como activos, fondos por un importe de S/. 204 839.60 (doscientos cuatro mil ochocientos treintinueve y 60/100 Nuevos Soles), disponible que luego de consumirse como gasto del proceso liquidatorio en un impor- te de S/. 5 780.00 (cinco mil setecientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles) quedaba un saldo neto de haber social de S/. 199 059.60 (ciento noventinueve mil cincuentinueve y 60/ 100 Nuevos Soles); Que, por Junta General de Accionistas del 12 de noviem- bre de 1999, se aprobó la Memoria, el Balance Final, la propuesta de distribución del saldo neto del haber social ascendente a S/. 199 059.60 (ciento noventinueve mil cin- cuentinueve y 60/100 Nuevos Soles), correspondiéndoles a los accionistas el 94% de dicho monto, o sea S/. 187 116.02 (ciento ochentisiete mil ciento dieciséis y 02/100 Nuevos Soles) y el 6% a los trabajadores, ascendente a S/. 11 943.58 (once mil novecientos cuarentitrés y 58/100 Nuevos Soles) y la designación del señor Eduardo Bedoya Carrasco como encargado de la custodia de los libros y documentos del B. Unión-L, de conformidad con el Artículo 421º de la Ley Nº 26887; Que, el 17 de noviembre de 1999 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano el Balance Final al 31 de octubre de 1999 mostrando el saldo que se comenta en el consideran- do cinco (5); Que, mediante Informe de Visita de Inspección Nº ASIF- F-097-2000, de fecha 10 de mayo del 2000, se ha comprobado que a la fecha el B. Unión-L no cuenta con activos, pasivos, contingencias, ni remanentes, por lo que en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 114º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modificatorias, Ley Nº 27008 del 4.12.98 y Ley Nº 27102 del 5.5.99, corresponde a la Superintendencia dar por concluido el proceso liquidatorio del B. Unión-L; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjun- tas de Banca y Asesoría Jurídica; y,En uso de las facultades que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso liqui- datorio del Banco Unión en Liquidación, disponiendo se cursen los partes a los Registros Públicos para la inscripción correspondiente. Artículo Segundo.- El señor Eduardo Bedoya Carrasco ha sido encargado por Junta General de Accionistas, de la custodia de los libros y documentos de B. Unión-L, los mismos que se encuentran en su domicilio legal ubicado en la calle Segundo Minchán Nº 116 urbanización Aurora - Miraflores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 6653 Autorizan prórroga de contrato de pres- tación de servicios informáticos, mediante proceso de adjudicación di- recta de menor cuantía RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 167-2000 Lima, 23 de mayo de 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRACION GENERAL CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros tiene entre sus finalidades defender los intereses del público, cautelan- do la solidez económica y financiera de las empresas de los Sistemas Financiero y de Seguros, tal como lo señala el Artículo 347º de la Ley del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General; Que, a efectos de cumplir tales objetivos, actualmente la Superintendencia de Banca y Seguros tiene celebrado un contrato de prestación de servicios informáticos con la empresa IBM del Perú, cuyo vencimiento está fijado para el 1 de junio del año en curso, mediante el cual la mencionada firma desarrolló el software requerido por el Departamento de Evaluación de Riesgos Crediticios, y viene prestando el servicio de procesamiento de la información crediticia que comprende la medición del riesgo de las empresas del Sistema Financiero, y su publicación en la página web; Que, el Departamento de Informática de la Institución, ha presentado el Informe Técnico Nº 003-2000 donde se detallan los requerimientos de Hardware y Software para brindar directamente el servicio de procesamiento y consul- ta de la Central de Riesgos a través de la página web; Que, estando en pleno proceso la implementación del indicado servicio por parte del Departamento de Infor- mática de esta Institución, para lo cual se está llevando a cabo el proceso de Adjudicación Directa con Publicación ADCP Nº 001/2000-SBS "Adquisición del Hardware para la Plataforma Tecnológica para el Procesamiento de Datos y Consulta de Central de Riesgos a través del Web y los Sistemas Administrativos de la Superintendencia de Banca y Seguros" y a fin de no afectar la calidad y continuidad de un servicio esencial para el control y supervisión de las entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros, se estima necesario prorrogar la relación contrac- tual con la referida empresa, como se desprende del Memo- rándum Nº 129-A-2000-DERC del 22 de mayo de 2000, que contiene el requerimiento del área usuaria; Que, a tenor de lo expuesto se configura una Situación de Urgencia, prevista en los Artículos 19º literal c), y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las facultades que le confiere el inciso c) del Artículo 2º de la Resolución SBS Nº 0918 del 11 de octubre de 1999 y la Resolución SBS Nº 0134 del 28 de febrero de 2000, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º