TEXTO PAGINA: 34
Pág. 187896 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de junio de 2000 La ponderación general en moneda nacional y mone- da extranjera de los costos de inversión y de operación y mantenimiento señalados anteriormente para las insta- laciones del SPT resulta en los siguientes componentes para la actualización de los cargos del Peaje por Co- nexión unitario: Moneda Extranjera :52 % Moneda Nacional :48% 2.2.5 Factores de Pérdidas Los factores de pérdidas utilizados para expandir los precios de potencia y energía a partir de las barras de referencia se han calculado considerando el despacho económico del sistema mediante simulaciones detalla- das del flujo de potencia en las líneas de transmisión. Los resultados se presentan en el Cuadro Nº 2.13 . Cuadro Nº 2.13 2.2.6 Ingreso Tarifario Dado el precio básico de la energía y el conjunto de factores de pérdidas se han determinado los precios en las demás barras o subestaciones del sistema. A partir de estos precios y los flujos de potencia en las líneas, se ha calculado el Ingreso Tarifario (IT) anual de cada una de las líneas. Los resultados indican que todas las líneas del siste- ma principal de transmisión poseen un IT negativo. Dado que para efectos del cálculo del peaje sólo se deben tener en cuenta los IT positivos, el IT total del sistema principal es igual a cero. Ver Cuadro Nº 2.14 . Cuadro Nº 2.14 2.2.7 Peaje por Conexión del Sistema Principal de Transmisión y Peaje Secundario 2.2.7.1 Peaje por Conexión El peaje de transmisión se calcula como: Peaje aVNR COyM IT = + − Donde: aVNR =Anualidad del Valor Nuevo de Reemplazo o de las inversiones eficientes en el Sistema de Transmisión COyM =Costo de Operación y Mantenimiento Anual IT =Ingreso Tarifario (siempre y cuando sea positivo) El peaje de conexión unitario se calcula dividiendo el peaje total de transmisión entre la Máxima Demanda anual proyectada a ser entregada a los clientes. Para el presente caso se ha considerado una Máxima Demanda anual esperada igual a 2011 MW. Con el VNR reconocido por el sistema de transmisión y los costos de operación y mantenimiento señalados anteriormente, el Peaje por Conexión al sistema princi- pal de transmisión resulta: 9,579 US$/kW-año. El Cuadro Nº 2.15 muestra el resultado del cálculo del Peaje por Conexión para el período que va desde mayo 2000 hasta la oportunidad en que ingrese al servicio la línea de transmisión Mantaro-Socabaya o la Segunda Terna en 220 kV de la línea Socabaya-Moquegua. Cuadro Nº 2.15 Después que ingrese al servicio cualquiera de las mencionadas líneas, será necesario aplicar un nuevo Peaje por Conexión, cuya aprobación deberá hacerse mediante Resolución expresa. 2.2.7.2 Peaje Secundario Los peajes secundarios se muestran en el Cuadro Nº 2.16. Cuadro Nº 2.16 2.3 Tarifas en Barra La barra de referencia para la aplicación del Precio Básico de la Energía es la ciudad de Lima (barras de San Juan, Santa Rosa y Chavarría a 220 kV.). Lima representa alrededor del 70% de la demanda del SICN y es un punto al cual convergen los sistemas secunda- rios de los principales centros de generación. Para el precio básico de la potencia se considera como referen- cia la ciudad de Lima en 220 kV (San Juan, Santa Rosa o Chavarría), por ser ésta la ubicación más convenien- te para instalar capacidad adicional de potencia de punta en el SICN. De acuerdo al último análisis realizado por la CTE el lugar más apropiado para instalar capacidad adicional de punta, una vez consti- tuido el SEIN será la barra en 220 kV de la Subesta- ción San Juan en Lima. 2.3.1 Tarifas Teóricas Las tarifas teóricas de potencia y energía en cada barra, para el caso del Sistema Principal de Transmi- sión, fueron obtenidas expandiendo los precios básicos con los respectivos factores de pérdidas y se muestran en el Cuadro Nº 2.17 . En el mismo cuadro se presentan los correspondientes cargos por transmisión.