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Pág. 187879 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de junio de 2000 Absuelven a servidoras de la PNP de cargos formulados en procedimiento disciplinario RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0708-2000-IN/PNP Lima, 5 de junio del 2000 Visto, el Acta Nº 13-2000-COPEPROAD-PNP de 30.MAR.2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclusión del proceso administrativo disciplinario instaurado a las EE CC PNP Juana Verónica MENDOZA SANCHEZ (28), CIP Nº 70038735 y Marina BARBARAN LA TORRE (36) CIP Nº 31014635; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 672-DIPER- PNP de 27.ENE.2000, se instauró proceso administrativo disciplinario a las EE CC PNP (ENFERMERA) Juana Veró- nica MENDOZA SANCHEZ y (AUX. ENF) Marina BARBA- RAN LA TORRE, quienes prestan servicios en el Hospital de Sanidad PNP PUCALLPA por la presunta comisión de incumplimiento de normas y negligencia, faltas imputadas como resultado de una visita de inspección inopinada efec- tuada el 1.SET.99 por la Inspectoría Regional de la VI-RPNP en dicho nosocomio, constatándose que en la Sala de Opera- ciones faltaba el equipo completo de Fronto Luz Halógena, compuesto por (2) unidades marca RIESTER, el cual indebi- damente se encontraba en poder del Cmdte. Méd. PNP David TARAZONA YABAR, por lo que el 2.SET.99 se proce- dió a su recuperación, estableciéndose responsabilidad ade- más de las EE CC PNP citadas, en la ET1 PNP Elizabeth DAVILA ROLIN, quienes tenían a su cargo el cuidado de la Sala de Operaciones del referido nosocomio; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolución Directoral y transcurrido el plazo establecido la EC PC PNP Juana Verónica MENDOZA SANCHEZ presentó su descar- go correspondiente, adjuntando documentación que desvir- túa los cargos imputados; Que, la Comisión Permanente de Procesos Admi- nistrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al proceso seguido contra las referidas servidoras, al que se contrae la presente Resolución, conclu-yendo que como consecuencia de acciones indebidas cometi- das por el entonces Cmdte. Méd. PNP David Eusebio TARA- ZONA YABAR (hoy Crnl. Méd. PNP), se le imputaron cargos a las EE CC PNP mencionadas, por los cuales no se les ha encontrado responsabilidad, recomendando al Despacho Ministerial su Absolución; Que, de conformidad a lo establecido en los Arts. 168º, 169º, 170º y 171º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administra- tiva, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civi- les de la PNP, en el Acta Nº 13-2000-COPEPROAD-PNP de 30.MAR.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Absolver a las EE CC PNP Juana Verónica MENDOZA SANCHEZ y Marina BARBARAN LA TORRE, de los cargos imputados mediante R.D. Nº 672-2000-DIPER- PNP de 27.ENE.2000. Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Resolu- ción a las interesadas, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 6461 PESQUERIA Dejan sin efecto resolución mediante la cual se autorizó viaje de profesiona- les a México para participar en curso sobre sanidad acuícola en camarones RESOLUCION SUPREMA Nº 035-2000-PE Lima, 9 de junio del 2000Siendo las ..................horas de la fecha indicada se dio por concluida la presente diligencia firmando a continuación en señal de conformidad los integrantes del Comité y representantes de la oficina inspeccionada., habiéndose declarado como : OBSERVADA APROBADA REPRESENTANTES ENTIDAD FINANCIERA ------------------------------- ------------------------------- ------------------------------- OPERACIONES CAJERO SEGURIDAD COMITE DE VERIFICACION __________________________________________ __________________________________________ SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y BANCO CENTRAL DE RESERVA SEGUROS DEL PERU __________________________________________ __________________________________________ SECRETARIO PRESIDENTE DICSCAMEC DICSCAMEC 6651