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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (11/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 187886 NORMAS LEGALES Lima, domingo 11 de junio de 2000 y 20º de la precitada Ley y contando con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia la contratación del servicio a que se refiere los considerandos de la presente Resolución, y consecuentemente autorizar al Departamento de Logística a prorrogar, por un plazo de ciento veinte días, el contrato que se tiene suscrito con la firma IBM del Perú, bajo el procedimiento de adjudicación directa de menor cuantía. Artículo Segundo.- El Departamento de Logística de- berá cumplir con lo dispuesto por la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, en lo refe- rido al proceso de selección autorizado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO MANDRIOTTI HURTADO Superintendente Adjunto de Administración General 6650 ADUANAS Autorizan viaje de funcionarios para participar en curso referido al "Acuer- do sobre Valoración en Aduana de la OMC" RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000802 Callao, 6 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento para las Empresas Supervisoras aprobado por Decreto Supremo Nº 038-92-EF establece en los puntos 4.1 y 4.2 que las Empresas Supervisoras, dentro de la Cooperación Técnica con la Aduana, deben implemen- tar un Programa de Capacitación para el personal de ADUA- NAS; Que, dentro del Programa de Capacitación preparado por la Empresa Supervisora COTECNA INSPECTION (PERU) S.A., para el presente año, se encuentra el curso referido al "Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC" a realizarse en Europa del 19 al 30 de junio del presente año; Que, la mencionada Empresa Verificadora asumirá los gastos por capacitación, hospedaje, alimentación y pasajes aéreos; Que, la Superintendencia Nacional de Aduanas ha desig- nado a los señores JOSE GABRIEL TORRES GARCIA, OTONIEL WIGBERTO MONTORO FERNANDEZ, RI- CHARD CHUMBIAUCA TASAYCO, LUZ ROSARIO PLA- SENCIA CONTRERAS, ROMY GUEVARA PIÑEYRO y LUIS ALBERTO DELGADO HUACHO, para su participa- ción en el mencionado curso; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ámbito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado -OIOE-, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15, de fecha 31 de diciembre de 1998; y, En uso de las facultades establecidas por Resolución Suprema Nº 168-99-EF de fecha 22 de abril de 1999 y de conformidad con el Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000021 de fecha 13 de enero de 1997, que aprueban la Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, respectivamen- te; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores JOSE GABRIEL TORRES GARCIA, OTONIEL WIGBERTO MONTORO FERNANDEZ, RICHARD CHUMBIAUCA TASAYCO, LUZ ROSARIO PLASENCIA CONTRERAS, ROMY GUEVARA PIÑEYRO y LUIS ALBERTO DEL- GADO HUACHO, a Europa del 19 al 30 de junio de 2000,donde participarán en el curso a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos en su totalidad por la Empresa Supervisora COTECNA INSPECTION (PERU) S.A., no significando gasto alguno al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de Impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 6619 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000803 Callao, 7 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento para las Empresas Supervisoras aprobado por Decreto Supremo Nº 038-92-EF establece en los puntos 4.1 y 4.2 que las Empresas Supervisoras, dentro de la Cooperación Técnica con la Aduana, deben implemen- tar un Programa de Capacitación para el personal de ADUA- NAS; Que, dentro del Programa de Capacitación preparado por la Empresa Supervisora BUREAU VERITAS BIVAC., para el presente año, se encuentra el curso referido al "Acuerdo sobre Valoración en Aduana de la OMC" a realizar- se en España y Francia del 19 al 30 de junio del presente año; Que, la mencionada Empresa Verificadora asumirá los gastos por capacitación, hospedaje, alimentación y pasajes aéreos; Que, la Superintendencia Nacional de Aduanas ha desig- nado a los señores JORGE ALBERTO QUIROZ PACHAS, ENMA ALCIRA AGÜERO APARICIO, JUAN CARLOS ADRIAZOLA ZEVALLOS, FERNANDO JOSE VILCHES MELENDEZ, ALICIA ELVIRA PIZARRO ROQUE DE BA- LUARTE, MIRIAM SILVIA DIAZ COLMENARES y BEA- TRIZ NANCY OLIVERA ANGELES, para su participación en el mencionado curso; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ámbito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado -OIOE-, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15, de fecha 31 de diciembre de 1998; y, En uso de las facultades establecidas por Resolución Suprema Nº 168-99-EF de fecha 22 de abril de 1999 y de conformidad con el Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000021 de fecha 13 de enero de 1997, que aprueban la Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, respectivamen- te; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores JORGE ALBERTO QUIROZ PACHAS, ENMA ALCIRA AGÜERO APARICIO, JUAN CARLOS ADRIAZOLA ZEVALLOS, FERNANDO JOSE VILCHES MELENDEZ, ALICIA ELVI- RA PIZARRO ROQUE DE BALUARTE, MIRIAM SILVIA DIAZ COLMENARES y BEATRIZ NANCY OLIVERA ANGE- LES a España y Francia del 19 al 30 de junio de 2000, donde participarán en el curso a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos en su totalidad por la Empresa Supervisora BUREAU VERITAS BIVAC, no significando gasto alguno al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de Impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE HERRERA MEZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 6620