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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2000 (01/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 184268 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de marzo de 2000 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima - Huancayo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3126-99-MTC/15.18 Lima, 16 de diciembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 03274010, organiza- do por la EMPRESA DE TRANSPORTES Y REPRESENTA- CIONES TURISMO CENTRAL S.A., sobre Concesión de Ruta: LIMA - HUANCAYO y Viceversa e Informe Técnico Nº 997-99- MTC/15.18.04.1.SCG. de la Dirección de Transporte de Pasaje- ros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: LIMA - HUANCAYO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 997-99-MTC/15.18.04.1.SCG, se con- cluye que la referida empresa cumple con los requisitos estable- cidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendán- dose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPORTES Y REPRESENTACIONES TURISMO CENTRAL S.A., la conce- sión de la ruta LIMA - HUANCAYO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - HUANCAYO y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :HUANCAYO ITINERARIO :CHOSICA - CASAPALCA - LA OROYA JAUJA - CONCEPCION FRECUENCIA :UNA DIARIA FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: VG-3738 (1998) y VG-3955 (1998) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: UD-2859 (1995) HORARIOS :Salida de Lima: A las 09.00 horas. Salida de Huancayo: A las 21.00 horas. La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día si- guiente de la publicación de la presente Resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamen- to aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 2454CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen disposiciones para la aten- ción de procesos judiciales durante vacaciones de magistrados y personal de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0043-2000-P-CSJLI/PJ Lima, 24 de febrero del 2000 VISTAS: Las Resoluciones Administrativas Nº 1082-CME-PJ de fe- cha 21 de enero del 2000 y la Resolución Administrativa Nº 0016-2000-P-CSJLI/PJ de fecha 24 de enero del actual; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Administra- tiva Nº 1082-CME-PJ, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, dispuso suspender del 1 de febrero al 1 de marzo del 2000, las actividades jurisdiccionales en todo el ámbito nacional por motivo de vacaciones de los señores Magistrados y del Personal Jurisdiccional y Administrativo; Que, por Resolución Administrativa Nº 0016-2000-P-CSJLI/ PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso las acciones correspondientes constituyendo los órga- nos jurisdiccionales que por vacaciones atenderían los despa- chos judiciales, del 1 de febrero al 1º de marzo del presente año; Que, estando a que los Magistrados de este Distrito Judicial, que asumieron los organos jurisdiccionales por motivos de vaca- ciones, están próximos a hacer uso de su correspondiente dere- cho vacacional, computados del 2 al 31 de marzo del año en curso, siempre y cuando hayan cumplido un año de labor efecti- va como tales; por lo que resulta pertinente para el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, adoptar las medidas administrativas que permitan retomar a la norma- lidad de las actividades jurisdiccionales, brindando de esta forma las facilidades para un mejor servicio de administración de Justicia en beneficio de los justiciables; Que, además estando a los lineamientos de austeridad económica y racionalización de recursos que ha impartido y adoptado tanto la Comisión Ejecutiva, la Secretaría Ejecutiva y la Gerencia General del Poder Judicial; lineamientos que este Despacho, ha de tomar en cuenta al momento de adoptar las decisiones administrativas para que los órganos jurisdiccio- nales de la Corte Superior de Justicia de Lima, puedan seguir brindando el eficiente, efectivo y eficaz servicio de Justicia; mas como se podrá advertir en la parte resolutiva de la presente, no obstante haberse dispuesto las alternancias jurisdiccionales correspondientes, estando a que se viene prestando a nivel de los Juzgados Especializados en lo Civil - Módulo 18º y Módulo 19º - encargados de la tramitación de los Procesos de Ejecución y Trámites de Exhortos y de los Juzgados de Trámites, Sentencia y Ejecución de expedientes seguidos con el Código de Procedi- mientos Civiles; y de los Juzgados Especializados en lo Penal que conocen de los Procesos Ordinarios y Especiales con Reos en Cárcel, por lo que resultará necesario que los Jueces Coordina- dores Supernumerarios de los Módulos Especializados, asumán despachos jurisdiccionales; y en caso extremo, por necesidad de servicios algunos Magistrados permanecerán en sus cargos jurisdiccionales, no obstante haber cumplido el año de labor efectiva, con el objetivo que en el mes de marzo se reanuden con normalidad las actividades jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ROTAR a la doctora LILIANA HA- YAKAWA RIOJAS, Juez Provisional del 16º Juzgado Especia- lizado en lo Civil designándola como Juez Provisional del Despa- cho Colectivo 52 -"B", a partir del 2 de marzo del año en curso, en reemplazo de la Dra. Natividad Chaupis Huaranga. Artículo Segundo.- ROTAR a la doctora NATIVIDAD CHAUPIS HUARANGA, Juez Provisional del Despacho Colec- tivo 52 -"B" designándola como Juez del 16º Juzgado Especiali-