Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2000 (22/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, miercoles 22 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, a la fecha se esta efectuando una mayor difusion del referido beneficio, manteniendose permanentes reuniones con los dirigentes vecinales del distrito; Que, debido a tales circunstancias en MORDAZA con los lineamientos de la actual gestion municipal, que tiene entre otros objetivos fundamentales elevar la calidad de MORDAZA de la poblacion de distrito; y atendiendo la promocion y desarrollo sostenido de las actividades empresariales; es necesario prorrogar dichos beneficios; En uso de las facultades conferidas en el Articulo 36º numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades; por unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobacion de Acta: aprobo la siguiente Ordenanza: Articulo Primero.- Prorroguese a partir del 29 de febrero del ano 2000 hasta el 31 de marzo del mismo; en todos sus extremos, EL BENEFICIO DE CONDONACION DE INTERESES MORATORIOS Y DE SANCIONES DE DEUDAS TRIBUTARIAS concedida mediante Ordenanza Nº 049-99/MSJL y Ordenanza Nº 005-2000/ MSJL. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Rentas el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3071

Dan por cumplida aprobacion de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 297 San MORDAZA de Lurigancho, 25 de febrero 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHIO VISTO: El Expediente Nº 19669-98, seguido por la Asociacion - Pro Vivienda Los Pinos, representado por su Presidente del Consejo de Administracion Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando la Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA para Uso de Vivienda de Densidad Media R-3 del terreno de 361,540.00 m² (Trescientos sesentiun mil quinientos cuarenta con 00/100 metros cuadrados) ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, constituido por las unidades 8, 9 y 10 de la Lotizacion MORDAZA Grande, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 382 - MLM/AM-SMDU, de la Secretaria Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de fecha 1.Set.87 en el primer punto resolutivo se aprueba los proyectos de trazado y lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras de conformidad al Plano Nº 093-87-MLM/DGO-DU-DC, presentado por la Asociacion ProVivienda Los Pinos, del terreno de 361,540.00 m² (Trescientos sesentiun mil quinientos cuarenta con 00/100 metros cuadrados), que esta constituido por las unidades 8, 9 y 10 de Lotizacion MORDAZA Grande, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, la Asociacion Pro Vivienda Los Pinos, es propietaria del terreno de 361,540.00 m² (Trescientos sesentiun mil quinientos cuarenta con 00/100 metros cuadrados); el mismo que se encuentra inscrito en el Asiento 2 de la Ficha Nº 134305 de los Registros Publicos de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, por Resolucion Nº 034-95-MLM/SMDU-DMDU de la Secretaria Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana de fecha 24.Feb.95 se aprueban los planos signados con el Nº 20-95-MLM/DGO-DHU de los Proyectos de Trazado y Lotizacion Reajustados correspondiente a la Habilitacion MORDAZA para uso Residencial de

Densidad Media R-3, Comercio Especializado CE, Comercio Vecinal C2 y Equipamiento Educativa E1, del terreno de 361,540.00 m² (Trescientos sesentiun mil quinientos cuarenta con 00/100 metros cuadrados), de la Asociacion Pro Vivienda Los Pinos, considerandola como Habilitacion MORDAZA MORDAZA Progresivo, al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 036379-VC-5500 del 28.Jun.79; Que, las obras sanitarias de agua potable y desague, de electrificacion ejecutadas en forma progresiva estan culminadas MORDAZA en un 100% quedando pendiente la pavimentacion y veredas en un 60%, segun lo verificado en la inspeccion ocular de obras en concordancia a las caracteristicas especificadas en la Resolucion Nº 382 MLM/AM-SMDU, de la Secretaria Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de fecha 1.Set.87; Que, los interesados han cumplido con la Recepcion de Obras Electricas, otorgada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad -Electrolima S.A., con Resolucion Nº 145-86-D-ELM del 3.Jul.86, correspondientes al subsistema de distribucion secundaria y las instalaciones de alumbrado publico de la Habilitacion MORDAZA de la Asociacion Pro Vivienda Los Pinos, cumpliendo con la Recepcion de Obras Sanitarias (agua potable y alcantarillado), otorgada por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - Sedapal, con Carta Nº 252-90-VC-8300-34000 del 26.Nov.90; Que, en aplicacion de lo dispuesto por la ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, de su Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley aprobada con D.S. Nº 011-98MTC, los Aportes Reglamentarios destinados para Recreacion Publica corresponden a las Municipalidades Distritales. Asimismo segun el Art. 4º de la Ley Nº 26664, los aportes para Parques Zonales y Recreacion Publica que hace referencia el Reglamento Nacional de Construcciones - RNC, seran recaudados y administrados por las Municipalidades Distritales, determinandose que en la habilitacion de la Asociacion Pro Vivienda los Pinos, se ha cumplido con superavit los Aportes Reglamentarios de Recreacion Publica, Educacion, Otros Fines o Servicios Publicos Complementarios y Parques Zonales, no existiendo por lo tanto Areas Objeto de Regularizacion AOR; Que, en la inspeccion ocular practicada por la Division de Control MORDAZA y Catastro, con Informe Nº 15599-DCUC-DDU/MDSJL, se verifico las obras de habilitacion ejecutadas en forma progresiva de edificacion, de agua y desague, electrificacion en un 100% , de pistas y veredas en un 40% en concordancia con los planos validamente aprobados Nº 093-87-MLM/DGO-DU-DCO y Nº 2095-MLM/DGO-DHU, el cual en aplicacion del Art. 17º inciso c) del TUO del reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas , se tiene el Plano de Replanteo correspondiente a la Recepcion de Obras de la Asociacion Pro Vivienda Los Pinos, signado con el Nº 002-2000DCUC-DDU/MDSJL, donde los aportes para Servicios Publicos Complementarios (Otros Fines) con un total de 6,282.74 m² ubicado en el lote 9 de la Mz. G, los aportes para el Ministerio de Educacion con un total de 7,345.40 m2. Equipamiento Educativo E-1 de 16,427.91 m2 ubicados en la Mz. N1. Los aportes para Recreacion Publica (Parques) con un total de 24,492.17 m2, distribuidos en tres parques: MORDAZA 1 con 8,225.00 m2, MORDAZA 2 con 11,156.02 m2 y MORDAZA 3 con 5,111.15 m2 aporte para Parques Zonales un total de 3,080.00 m² comprendidos en los lotes Nºs. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de la Mz. N1; Que, el plano de replanteo presentado por la Asociacion Pro Vivienda Los Pinos para la Recepcion de Obras signado con el Nº 002-2000-DCUC-DDU/MDSJL, no presenta modificaciones o variaciones que impliquen una revision de los Planes de Desarrollo MORDAZA, en aplicacion del Art. 30º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 26878; Que, la Asociacion Pro Vivienda Los Pinos, ha cumplido con los pagos de derecho de tramite e inspecciones tecnicas segun MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho por S/. 340.00 Nuevos Soles, de acuerdo al Informe Nº 155-99DCUC-DDU/MSJL; Que, es procedente atender la solicitud de la Recepcion de Obras de la Habilitacion de la Asociacion Pro-Vivienda Los Pinos, MORDAZA Progresivo contando la Asociacion recurrente de un plazo de 18 meses para la culminacion de la pavimentacion de sus vias y veredas; Que, en concordancia a lo establecido en los Articulos IIXVIII-3.6 y II-XVIII- 4.6 del Reglamento Nacional de Construcciones y el Articulo 47º del Reglamento de Inscripciones,

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