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Pág. 184950 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de marzo de 2000 MUNICIPALIDAD DE LURIN Suspenden servicio de seguridad ciudadana en diversas zonas del dis- trito ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2000/ML Lurín, 8 de marzo del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesión de Concejo Extraordinaria celebrada el día miércoles 8 de marzo del 2000, en el local de la Agencia Municipal de la Zona Norte "D", los Informes Nº 027-2000-ADM-AG-VA/ML de la Administración de la Agencia Municipal Zona "E", Informe Nº 074-00-ADM.JCT de la Administración de la Agencia Munici- pal Zona "D" y el Informe Nº 097-2000-AD.AG.LH de la Adminis- tración de la Agencia Municipal de la Zona "C", sobre los arbitrios de Seguridad Ciudadana; CONSIDERANDO: Que, con los Informes de vistos se solicita se suspenda temporalmente el Servicio de Seguridad Ciudadana en razón de la grave situación económica por la que atraviesa la pobla- ción de las Zonas "D" y "E" y el Centro Poblado Santa Rosa de la Zona "C"; por lo que se encuentran imposibilitados de cubrir el costo de dicho servicio, asimismo de esta manera puedan nivelarse en los adeudos que tienen por este concepto; Que, el Art. 66º del Dec. Leg. Nº 776 establece que las Tasas Municipales, en los que se encuentran las tasas de servicios públicos o arbitrios son tributos creados por los Concejos Municipales, cuya obligación tienen como hecho generador la prestación efectiva de la Municipalidad de un Servicio Público administrativo reservado a las Municipali- dades de conformidad con su Ley Orgánica y en normas con rango de Ley; Y, por el que, contando con el voto de los señores regido- res, y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, fue aprobado el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- SUSPENDER temporalmente la prestación de servicio de Seguridad Ciudadana de la Zona "E" Villa Alejandro, Zona "D" Julio C. Tello y C.P.R. Santa Rosa - Zona "C", asimismo se deja sin efecto el cobro de dicho servicio, regulado en la Ordenanza Nº 001-2000/ML, en el período de dicha suspensión. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Ad- ministración General el cumplimiento del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSWALDO WEBERHOFER VILDOSO Alcalde 3273 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Prorrogan beneficios administrativos y tributarios otorgados a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 006 San Juan de Lurigancho, 29 de febrero de 2000El Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho; VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha el Informe Nº 025-2000-DR/MSJL de fecha 22-2-2000 y el Dictamen Nº 005-2000-CEPP/MSJL, de la Comisión Interna de Traba- jo de Economía, Presupuesto y Planeamiento, que descri- be los alcances y efectos de la vigencia de la Ordenanza Nº 034-99/MSJL, la misma que establece la CONDONA- CION Y QUIEBRA DE LAS MULTAS ADMINISTRATI- VAS EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 034-99/MSJL se concedió la CONDONACION Y QUIEBRA DE MULTAS ADMI- NISTRATIVAS impuestas durante los años 1995 hasta el 15 de julio de 1999; la cual quiebra las Multas impuestas hasta el año 1995, así como CONDONA las multas cuyos montos no excedan de S/. 100.00 Nuevos Soles, aplicadas del 1 de enero de 1996 hasta el 15 de julio de 1999. De igual modo, condona el 60% del monto que ascienden las multas administrativas impuestas durante los años 1996 hasta el 15 de julio de 1999, que excedan los S/. 100.00 Nuevos Soles; estableciendo el beneficio por un período de 60 días calendario a partir de su entrada en vigencia; Que, los contribuyentes del distrito han respondido a los alcances de la citada Ordenanza, pese a la poca difusión que ha tenido la misma dentro del distrito, acogiéndose en su gran mayoría al pago de las infraccio- nes cometidas con el respectivo descuento del 60% del importe de las mismas; Que, debido a tales circunstancias en armonía con los lineamientos de la actual gestión municipal que tiene entre su principal objetivo buscar la prosperidad del distrito de San Juan de Lurigancho, se hace necesario convocar a la pobla- ción para que coadyuve a la realización de dichos objetivos invocándolos al pago de las diversas sanciones impuestas a la transgresión de las disposiciones municipales, con las facilidades necesarias en concordancia con la realidad socio económica de nuestro distrito; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 36º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades; por unanimidad y con la dispensa de la lectura y aprobación de Acta: aprobó la siguiente Ordenanza: Artículo Primero.- Prorróguese a partir del 29 de febrero del año 2000 hasta el 31 de marzo del mismo, en todos sus extremos, la CONDONACION Y QUIEBRA DE MUL- TAS ADMINISTRATIVAS concedida mediante Ordenanza Nº 034-99/MSJL y publicada el 30 de diciembre de 1999. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Rentas el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 3072 ORDENANZA Nº 007 San Juan de Lurigancho, 29 de febrero de 2000 El Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho; VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el pedido formu- lado por el Regidor Julio Medina Mattos, solicitando la prórroga de la condonación de intereses moratorios y sancio- nes de deudas tributarias; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 005-99/MSJL se prorrogó el beneficio de condonación de intereses moratorios y sanciones de deudas tributarias a favor de los contribuyentes del distrito hasta el 15 de febrero del 2000, concedido mediante Ordenanza Nº 049-99/MSJL; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2000/MSJL, se prorrogó hasta el día 29 de febrero el beneficio de condona- ción de intereses moratorios y de sanciones tributarias concedido mediante Ordenanzas Nºs. 049-99-MSJL y 005- 2000/MSJL;