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Pág. 185047 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de marzo de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-00331010, organizado por la empresa de transportes NUESTRA SEÑORA DE CHOTA S.A., sobre concesión de ruta: Chota - Bagua Chica y viceversa e Informe Nº 134-2000- MTC/15.18.04.1.ATR., de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de TRANSPORTES NUESTRA SEÑORA DE CHOTA S.A., mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de conce- sión de ruta: Chota - Bagua Chica y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servi- cio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 134-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR, se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la empresa de trans- portes NUESTRA SEÑORA DE CHOTA S.A., la conce- sión de la ruta: CHOTA - BAGUA CHICA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :CHOTA - BAGUA CHICA y viceversa ORIGEN :CHOTA DESTINO :BAGUA CHICA ITINERARIO :LAJAS - CHANCAY BAÑOS - SAN- TA CRUZ - CHONGOYAPE - TUMAN - CHICLAYO - JAEN ESCALAS COMERCIALES :SANTA CRUZ - CHICLAYO - JAEN FRECUENCIAS :una diaria FLOTA VEHICULAR :tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :dos ómnibus: UC-2216 (1989) y UO-8494 (1986) FLOTA DE RESERVA :un ómnibus: UC-2133 (1986) HORARIOS :salida de Chota : 16.00 horas salida de Bagua Chica : 18.00 horas La tarjeta de circulación será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notifica- ción. Artículo Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrroga- bles, contados a partir del día siguiente de la publica- ción de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Artículo 17º del Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Regla- mento. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de la pre- sente Resolución a la Dirección de Transporte de Pasaje- ros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 3432Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima - Huaral RESOLUCION DIRECTORAL Nº 319-2000-MTC/15.18 Lima, 29 de febrero de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00270010, organi- zado por la empresa TRANSPORTES PESQUEROS S.A., sobre concesión de ruta: Lima - Huaral y viceversa e Informe Nº 130-2000-MTC/15.18.04.1.ATR., de la Dirección de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa TRANSPORTES PESQUEROS S.A., mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de concesión de ruta: LIMA - HUARAL y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, mediante el Informe Nº 130-2000-MTC/ 15.18.04.1.ATR., se indica que la referida empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar a la empresa TRANS- PORTES PESQUEROS S.A., la concesión de la ruta: LIMA - HUARAL y viceversa, para prestar Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA :LIMA - HUARAL y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :HUARAL ITINERARIO :directo FRECUENCIAS :dos diarias FLOTA VEHICULAR :dos ómnibus FLOTA OPERATIVA :un ómnibus: VG-4429 (1991) FLOTA DE RESERVA :un ómnibus: VG-4430 (1991) HORARIOS :salida de Lima: 07.30 y 12.30 horas salida de Huaral: 10.00 y 15.00 horas La tarjeta de circulación será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Artículo Segundo.- La presente Resolución Directo- ral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calen- dario, siguientes a la fecha de su notificación. Artículo Tercero.- La empresa iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, improrrogables contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución; para lo cual deberá contar con lo establecido en el Artículo 17º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procederá a aplicar lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16º del referido Reglamento. Artículo Cuarto.- Encargar la ejecución de la presente Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 3482