Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2000 (25/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 25 de marzo de 2000 INCLAN PACHIA PALCA POCOLLAY SAMA TACNA DEPARTAMENTO: TUMBES PROVINCIA: ZARUMILLA AGUAS VERDES MATAPALO PAPAYAL ZARUMILLA DEPARTAMENTO: UCAYALI PROVINCIA: MORDAZA PORTILLO CALLERIA MORDAZA IPARIA MASISEA NUEVA MORDAZA YARINACOCHA 3509

NORMAS LEGALES
0.07420508 0.07829572 0.06507949 0.08920733 0.07372659 0.34244632

Pag. 185039

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 3511

1.00000000 0.27938900 0.18861657 0.21821292 0.31378151

1.00000000 0.39441510 0.10906024 0.12555814 0.13823016 0.09718788 0.13554848

Autorizan viaje de representante del Peru a los EE.UU., para participar en reuniones de trabajo con miembro de estudio
RESOLUCION SUPREMA Nº 062-2000-EF MORDAZA, 21 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, se requiere designar a un representante del Estado Peruano para participar en reuniones de trabajo en coordinacion el senor MORDAZA Cymrot del Estudio Baker & Hostetler, en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, los dias 28 y 29 de marzo del ano 2000; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA PESCHIERA CASSINELLI, como representante de la Republica del Peru en las reuniones de trabajo que en coordinacion con el senor MORDAZA Cymrot del Estudio Baker & Hostetler se llevaran a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de America. Articulo 2º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA PESCHIERA CASSINELLI a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 27 al 29 de marzo del ano 2000, para los fines a que se refiere en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, segun se indica, seran cargo del Presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas: - Pasajes US$ 699,00 - Viaticos US$ 660,00 - Tarifa a CORPAC US$ 25,00 Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derechos a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor del representante cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 3512

Aceptan donaciones de vehiculos efectuadas a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 061-2000-EF MORDAZA, 21 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association de Japon ha efectuado donaciones a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistentes en vehiculos contra incendio usados; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar en via de regularizacion, las donaciones efectuadas por Japan Firefighters Association de Japon, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistentes en 4 vehiculos contra incendio usados, cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Suprema, con un valor aproximado de ¥ 620 000,00 (Seiscientos veinte mil y 00/100 Yenes), segun Cartas de Donacion de fechas 16 y 24 de noviembre de 1999, respectivamente. Articulo 2º.- Comprendase a las donaciones citadas en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas.

EDUCACION
Autorizan viaje de funcionarios para participar en la "II Reunion del Comite Tecnico Binacional de Educacion Comision de Vecindad Peru - Ecuador"
RESOLUCION SUPREMA Nº 031-2000-ED MORDAZA, 21 de marzo del 2000

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