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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2000 (25/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 185039 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de marzo de 2000 INCLAN 0.07420508 PACHIA 0.07829572 PALCA 0.06507949 POCOLLAY 0.08920733 SAMA 0.07372659 TACNA 0.34244632 DEPARTAMENTO: TUMBES PROVINCIA: ZARUMILLA 1.00000000 AGUAS VERDES 0.27938900 MATAPALO 0.18861657 PAPAYAL 0.21821292 ZARUMILLA 0.31378151 DEPARTAMENTO: UCAYALI PROVINCIA: CORONEL PORTILLO 1.00000000 CALLERIA 0.39441510 CAMPOVERDE 0.10906024 IPARIA 0.12555814 MASISEA 0.13823016 NUEVA REQUENA 0.09718788 YARINACOCHA 0.13554848 3509 Aceptan donaciones de vehículos efec- tuadas a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú RESOLUCION SUPREMA Nº 061-2000-EF Lima, 21 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association de Japón ha efec- tuado donaciones a favor del Cuerpo General de Bombe- ros Voluntarios del Perú consistentes en vehículos contra incendio usados; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en vía de regularización, las donaciones efectuadas por Japan Firefighters Association de Japón, a favor del Cuerpo General de Bomberos Volunta- rios del Perú, consistentes en 4 vehículos contra incendio usados, cuyas características se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de ¥ 620 000,00 (Seiscientos veinte mil y 00/100 Yenes), según Cartas de Donación de fechas 16 y 24 de noviembre de 1999, respectivamente. Artículo 2º.- Compréndase a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 3511 Autorizan viaje de representante del Perú a los EE.UU., para participar en reuniones de trabajo con miembro de estudio RESOLUCION SUPREMA Nº 062-2000-EF Lima, 21 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, se requiere designar a un representante del Estado Peruano para participar en reuniones de trabajo en coordinación el señor Mark Cymrot del Estudio Baker & Hostetler, en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, los días 28 y 29 de marzo del año 2000; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor JORGE PESCHIERA CASSINELLI, como representante de la República del Perú en las reuniones de trabajo que en coordinación con el señor Mark Cymrot del Estudio Baker & Hostetler se llevarán a cabo en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Autorizar el viaje del señor JORGE PESCHIERA CASSINELLI a la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, del 27 al 29 de marzo del año 2000, para los fines a que se refiere en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cargo del Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas: - Pasajes US$ 699,00 - Viáticos US$ 660,00 - Tarifa a CORPAC US$ 25,00 Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derechos a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del representante cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 3512 EDUCACION Autorizan viaje de funcionarios para participar en la "II Reunión del Comité Técnico Binacional de Educación - Comisión de Vecindad Perú - Ecuador" RESOLUCION SUPREMA Nº 031-2000-ED Lima, 21 de marzo del 2000