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Pág. 185138 NORMAS LEGALES Lima, lunes 27 de marzo de 2000 propia de su Dirección. Finalmente no obran pruebas feha- cientes que demuestren la implementación del Manual de Organización y Funciones del CENECP durante su gestión, subsistiendo, el incumplimiento de lo dispuesto en el Artí- culo 67º del Reglamento de Organización y Funciones del INPE; Que del análisis se ha llegado a determinar que el ex Director del CENECP, Nivel F-4, Lic. JOSE LUIS TAFUR ZUBIAGA, ha incumplido lo dispuesto en los incisos a) y b) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, desvirtuan- do en parte los cargos formulados en su contra, subsistiendo las faltas disciplinarias tipificadas en los incisos d), f) y h) del Artículo 28º del citado dispositivo legal; Que, con Resolución Suprema Nº 056-99-JUS de fecha 29.MAR.99, se da por concluido la designación de Director General del CENECP al Lic. JOSE LUIS TAFUR ZUBIA- GA; Estando a lo recomendado en el Informe de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Peni- tenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 262-99-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTITUCION, al ex funcionario Nivel F-4 Lic. JOSE LUIS TAFUR ZUBIAGA, ex Director General del Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios, por los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- NOTIFIQUESE, la presente Resolución al interesado, a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE y/o publicación en el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO O. BRAVO VARGAS Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 3496 SUNAT Autorizan viaje de servidores a Cana- dá, para participar en curso de capaci- tación sobre doble imposición interna- cional RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 043-2000/SUNAT Lima, 24 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que el Gobierno Canadiense, ha cursado invitación a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria para que participe en el curso "Capacitación sobre Doble Imposición Internacional", que se llevará a cabo en la ciudad de Ottawa, Canadá, del 27 al 31 de marzo del 2000; Que los señores Jorge Luis Picón Gonzales, Gerente de Procedimientos Tributarios de la Intendencia Nacional Jurídica y Angélica Matsuda Matayoshi, profesional de esta Superintendencia, han sido designados para que par- ticipen en el mencionado Curso; Que resulta necesario, por razones de itinerario, autori- zar el viaje de los citados funcionarios a la ciudad de Ottawa, Canadá, del 25 de marzo al 2 de abril del 2000; Que los gastos que irrogue dicho viaje, serán cubiertos por la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (ACDI), no irrogando egreso a la Institución; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado por Reso- lución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y de confor- midad con lo establecido en el numeral 1.5.2 de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/FONAFE;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Jorge Luis Picón Gonzales, Gerente de Procedimientos Tributarios de la Intendencia Nacional Jurídica y de la señora Angélica Matsuda Matayoshi, profesional de esta Superintendencia, a la ciudad de Ottawa, Canadá, del 25 de marzo al 2 de abril del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Lo establecido en la presente Resolución no irrogará gasto a la institución. Artículo 3º.- La presente Resolución de Superinten- dencia no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los servidores cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME R. IBERICO Superintendente 3464 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Ratifican acuerdo de concejo que fijó monto de dieta de regidores y remune- ración mensual de alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 0039-2000-CDSL San Luis, 22 de marzo del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de marzo del 2000, el Informe Nº 047-2000-MDSL/GA-UAL presentado por la Oficina de Asesoría Legal, por el cual recomienda fijar el monto de las dietas de los señores Regidores y la remuneración mensual del señor Alcalde de la Municipalidad de San Luis; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal, tiene como plazo hasta el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal para fijar el monto de las dietas de los Regidores y la remuneración mensual del Alcalde de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley Nº 26317; Que, con fecha 20 de enero de 1999 el Concejo Municipal, adoptó el Acuerdo Nº 016-99-CDSL, el mismo que fija en S/. 900.00 Nuevos Soles el monto de la dieta a percibir por los Regidores, por la asistencia real y efectiva a Sesión de Concejo con un tope máximo de cuatro sesiones pagadas al mes, asimismo fija en 2.10 UIT la remuneración mensual a percibir por el Alcalde, entrando en vigencia a partir de la ejecución presupuestaria correspondiente al año 1999; Con el voto unánime de sus miembros y en aplicación a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, Reglamento Interno del Concejo, Ley Nº 26317 y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFIQUESE el Acuerdo de Concejo Nº 016-99-CDSL de fecha 20 de enero de 1999, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de febrero de 1999, el mismo que fija el monto de la dieta de los Regidores y la remuneración mensual del Alcalde. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la Ejecución Presupuestaria correspon- diente al año 2000. Artículo Tercero.- ENCARGUESE el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia General, Gerencia de Administración, Unidades de Planificación y Presupuesto, Tesorería y Contabilidad en cuanto les corresponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR ALEGRIA GONZALES Alcalde 3500