Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2000 (27/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, lunes 27 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES
VISTA:

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Visto el Oficio Nº 055-99-ENAPU S.A./PD del Presidente del Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. CONSIDERANDO: Que, la Direccion Ejecutiva de la Oficina de Promocion Economica del Ministerio de Relaciones Exteriores ha cursado invitacion a la Empresa Nacional de Puertos S.A. para que participe en el viaje programado a las ciudades de Cuiaba (Matto Grosso) y MORDAZA Grande (Matto Grosso Do Sul), Republica Federativa de Brasil, durante los dias 27 al 30 de marzo de 2000, integrando la mision de prospeccion comercial programada por la Cancilleria; Que, a fin de dar a conocer una adecuada difusion de las ventajas de nuestros puertos como plataforma integral de servicios portuarios en el MORDAZA, es necesario que ENAPU S.A. participe en este viaje; Que, el Directorio de ENAPU S.A., por Acuerdo Nº 023/03/2000/D, ha designado a los senores MORDAZA Lores Lembcke, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Talavera y MORDAZA Arbulu MORDAZA, para que, en representacion de ENAPU S.A. participen en el viaje a realizarse a las ciudades mencionadas precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., a las ciudades en Cuiaba (Matto Grosso) y MORDAZA Grande (Matto Grosso Do Sul), Republica Federativa de Brasil, durante los dias 27 al 30 de marzo de 2000, para los fines a que se contrae la presente resolucion: - MORDAZA Lores Lembcke, Gerente General, - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente del Terminal Portuario de Ilo, - MORDAZA MORDAZA Talavera, Gerente del Terminal Portuario en MORDAZA - MORDAZA Arbulu MORDAZA, miembro del Comite Especial de Privatizacion Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del viaje autorizado sera con cargo al presupuesto de ENAPU S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 1,280.00

La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por el Banco Internacional del Peru S.A.A. Interbank, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, el numeral 4 de la Circular Nº B-2017-98 establece que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15 dias) MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "D" mediante Informe Nº ASIF "D"-038-OT-2000 y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Asesoria Juridica y de Banca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada por las Leyes Nº 27008 y Nº 27102, y por la facultad delegada segun Resolucion SBS Nº 0807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Peru S.A.A. - Interbank, proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, el Banco Internacional del Peru S.A.A. - Interbank, debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituir la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que se vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA
MORDAZA de Bien Descripcion / Ubicacion Fecha de Adjudicacion 99.4.30 Valor en Libros (En Nuevos Soles) 421,953.59 Prorroga de Tenencia 2000.10.30

Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion por liberacion de impuestos o derechos aduaneros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 3548

SBS
Amplian plazo otorgado a Interbank para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0185-2000 MORDAZA, 17 de marzo del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA

Inmueble Av. Produccion Nacional Mz. "E", lote 50-A, Urb. La MORDAZA, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA Terreno Sec. "O" Parc. Chacarilla, lote 15, Km. 80 Panamericana Norte, provincia Chancay, departamento de MORDAZA

99.4.30

242,280.45

2000.10.30

3490

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