Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2000 (27/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 27 de marzo de 2000
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 3485 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 089-2000-JUS MORDAZA, 22 de marzo del 2000

NORMAS LEGALES

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Vista la solicitud de Registro Nº 0722 de fecha 23 de MORDAZA de 1998, del Colegio de Abogados de Junin; CONSIDERANDO: Que el Colegio de Abogados de MORDAZA, es una institucion que tiene entre sus finalidades funcionar como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores; Que de acuerdo a lo establecido en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, el Ministerio de Justicia puede autorizar a entidades de derecho privado o publico, para que capaciten Conciliadores; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores extrajudiciales con sede en la MORDAZA de Huancayo - Junin; Estando a lo opinado en el Informe Nº 055-2000-DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la peticion del Colegio de Abogados de Junin; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley de Conciliacion Nº 26872 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el funcionamiento del Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores del Colegio de Abogados de MORDAZA, con sede en la MORDAZA de Huancayo - Junin. Articulo 2º.- El Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores del Colegio de Abogados de MORDAZA, para la realizacion de los respectivos Cursos de Capacitacion, solicitara en cada oportunidad la autorizacion ante el Ministerio de Justicia, quien verificara que los mismos cumplan con los requisitos senalados en el Articulo 35º del Reglamento de la Ley de Conciliacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 3486

Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 34º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, el Ministerio de Justicia puede autorizar a entidades de derecho privado o publico, a capacitar conciliadores; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores Extrajudiciales, con sede en la MORDAZA de Lima; Estando a lo opinado en el Informe Nº 082-2000-DMSTC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la peticion del Instituto Nacional de Investigaciones Socio Economicas para el Desarrollo "Peru Machupicchu" - "INISED PERU - MACHUPICCHU"; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Instituto Nacional de Investigaciones Socio Economicas para el Desarrollo "Peru Machupicchu" - "INISED PERU - MACHUPICCHU", a funcionar como Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores Extrajudiciales denominado "SEMPER PAX". Articulo 2º.- El Centro de Formacion y Capacitacion de Conciliadores Extrajudiciales "SEMPER PAX", para la realizacion de los respectivos Cursos de Formacion y Capacitacion, solicitara en cada oportunidad la autorizacion ante el Ministerio de Justicia, quien verificara que los mismos cumplan con los requisitos senalados en el Art. 35º del Reglamento de la Ley de Conciliacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 3487

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Proyecto "Los Acuerdos de la Ronda Uruguay y las Negociaciones Comerciales Multilaterales sobre la Agricultura", suscrito con la FAO
DECRETO SUPREMO Nº 011-2000-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Autorizan a institucion funcionar como centro de formacion y capacitacion de conciliadores extrajudiciales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 093-2000-JUS MORDAZA, 23 de marzo del 2000 Visto el Expediente con Registro Nº 02339 de fecha 17 de febrero del 2000, del Instituto Nacional de Investigaciones Socio Economicas para el Desarrollo "Peru Machupicchu" "INISED PERU - MACHUPICCHU"; CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Investigaciones Socio Economicas para el Desarrollo "Peru Machupicchu" - "INISED PERU - MACHUPICCHU", es una institucion que tiene entre sus finalidades realizar cursos de formacion y de especializacion de conciliacion para conciliadores extrajudiciales;

CONSIDERANDO: Que el Proyecto "Los Acuerdos de la Ronda Uruguay y las Negociaciones Comerciales Multilaterales sobre la Agricultura", 8fue suscrito entre el Gobierno del Peru y la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO), en la MORDAZA de MORDAZA, el 18 de febrero del ano 2000; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Proyecto "Los Acuerdos de la Ronda Uruguay y las Negociaciones Comerciales Multilaterales sobre la Agricultura", suscrito entre el Gobierno del Peru y la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO), en la MORDAZA de MORDAZA, el 18 de febrero del ano 2000. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica.

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