TEXTO PAGINA: 12
Pág. 185194 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de marzo de 2000 se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisi- tos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público portador local, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, me- diante Informe Nº 266-99-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de CONSULTORIA & GESTION DE TELECOMUNICACIONES S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supre- mos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98- MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a CONSULTORIA & GESTION DE TELECOMUNICACIONES S.A. concesión para la explo- tación del servicio público portador local por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende la ciudad de Lima, provincia de Lima, del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrar- se con CONSULTORIA & GESTION DE TELECOMUNICA- CIONES S.A. para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de conce- sión que se aprueba mediante la presente resolución minis- terial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de concesión, CONSULTORIA & GESTION DE TELECO- MUNICACIONES S.A. deberá cumplir con el pago del dere- cho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publica- ción de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computa- dos a partir de la publicación de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 3615 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 152-2000-MTC/15.03 Lima, 24 de marzo de 2000 Vista la solicitud presentada por RED CIENTIFICA PERUANA, sobre otorgamiento de concesión para la presta- ción del servicio público portador local en la República del Perú. CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supre- mo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y con- trolar, entre otros, el servicio público portador local, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los re- quisitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público portador local, la Uni- dad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 005-2000-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de RED CIENTIFICA PERUANA;Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supre- mos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98- MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Vice- ministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a RED CIENTIFICA PERUANA concesión para la explotación del servicio público portador local por el plazo de veinte (20) años en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrar- se con RED CIENTIFICA PERUANA para la prestación del servicio público al que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) cláusulas y un anexo que forman parte integrante de la presente resolución ministe- rial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de conce- sión que se aprueba mediante la presente resolución minis- terial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de concesión, RED CIENTIFICA PERUANA deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si correspon- de, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computa- dos a partir de la publicación de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 3618 Otorgan concesiones a personas naturales y jurídica para la prestación de servicio público de distribución de radiodifusión por cable RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2000-MTC/15.03 Lima, 24 de marzo de 2000 Vista la solicitud presentada por RICARDO MANA- CES CABRERA ARMAS, sobre otorgamiento de conce- sión para la prestación del servicio público de distribu- ción de radiodifusión por cable en la zona urbana del distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chepén, del de- partamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, conforme al Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Su- premo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y contro- lar, entre otros, el servicio público de distribución de radio- difusión por cable, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfec- cionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisi- tos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público de distribución de radiodifu- sión por cable, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 305-99-MTC/ 15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de RICAR- DO MANACES CABRERA ARMAS; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde otorgar la concesión solicitada, aprobar el contrato de concesión y autorizar su suscripción;