Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2000 (30/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 30 de marzo de 2000

Visto, el Informe Nº 127-99-CG/SMO, resultante del Examen Especial practicado en la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo de la provincia de Tarapoto, departamento de San MORDAZA, periodo enero 1996 a noviembre 1998; y, CONSIDERANDO: Que, en el desarrollo del Examen Especial practicado por la Contraloria General de la Republica en la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo de la provincia de Tarapoto, departamento de San MORDAZA, en cumplimiento del Plan Operativo del ejercicio 1998 de la Sede Regional de Auditoria Moyobamba, han sido evidenciados, entre otros, indicios razonables de comision de delito en la adquisicion de 110 108,50 Kg. de productos lacteos a la empresa Nutrientes MORDAZA S.A., valorizados en S/. 428 526,00 (cuatrocientos veintiocho mil quinientos veintiseis y 00/100 nuevos soles), durante enero 1996 - febrero 1997 y MORDAZA 1997 - noviembre 1998, obviandose la participacion del organo responsable de los procesos de abastecimiento; Que, en el mes de enero de 1996 se adquirio 3 155 Kg. de los referidos productos por S/. 11 989,00 a la citada empresa abonando por cada Kilogramo S/. 3,80 (Tres y 80/100 nuevos soles) no obstante que en la region la citada proveedora cobraba por el mismo bien S/. 3,60 (Tres y 60/100 nuevos soles); Que, asimismo, se ha determinado en estas compras la participacion de un Regidor de la entidad auditada quien es socio, accionista y Gerente General de la mencionada empresa proveedora; Que, todos estos hechos han generado perjuicio economico en contra de los recursos del Programa del Vaso de Leche, administrados por la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo, ascendente a S/. 23 410,38 (Veintitres mil cuatrocientos diez y 38/100 nuevos soles); Que, todos estos hechos se encuadran en los delitos Contra la Administracion Publica, en las modalidades de Peculado y de Negociacion Incompatible con el Cargo, previstos y penados en los Articulos 387º - modificado por la Ley Nº 26198 - y 397º del Codigo Penal, respectivamente; Que, en tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que formule la denuncia respectiva ante el Ministerio Publico contra los presuntos responsables; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; Articulo 19º, inciso f), y Articulo 24º, inciso h), del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y los Decretos Leyes numeros 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Nº 127-99-CG/ SMO, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 3668

la administracion financiera gubernamental; actividad que cuenta con el MORDAZA del Consorcio Internacional sobre Administracion Financiera Gubernamental, de la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos de MORDAZA -USAID, de la Facultad de Contaduria de la Universidad Internacional de la MORDAZA y de la Asociacion de Contadores Gubernamentales; y visto asimismo el Memorando Nº 173-2000/DP/GAF del Gerente de Administracion y Finanzas y su Anexo 3 A Nº 02-2000/GG; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Miami, del Estado de la MORDAZA, Estados Unidos de Norteamerica, del 27 al 31 de marzo del 2000, se realizara la XIV Conferencia Internacional sobre Nuevos Acontecimientos en la Administracion Financiera Gubernamental para Administradores Financieros de los Gobiernos, con el tema: "Sistemas Integrados de Administracion Financiera", que incluye topicos relativos a la informacion en administracion, nuevos desarrollos en tecnologia, control contra el fraude y control de riesgo en la administracion publica; Que, constituye una necesidad institucional mantener una administracion eficiente, en el MORDAZA de modernizacion del Estado para lo que resulta conveniente capacitar al personal de las mas altas instancias administrativas institucionales; Que, en tal razon, es necesario disponer y acreditar la participacion de la citada conferencia internacional del Gerente General de la Defensoria del Pueblo, durante el desarrollo de la misma, autorizando igualmente su ausencia por el itinerario de viaje; Que, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, financiara los gastos de estadia, pasajes internacionales e impuesto de salida, correspondiendo asumirse con cargo al presupuesto institucional, por la Fuente de Recursos Ordinarios, los gastos diferenciales correspondientes a un dia de instalacion e inscripcion en el curso; En concordancia con el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, en conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031-89-EF; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo y los Articulos 6º y 7º, incisos a) y k) del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Defensorial Nº 3299/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comision del servicio de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General de la Defensoria del Pueblo, a la MORDAZA de Miami, MORDAZA, del 26 de marzo al 2 de MORDAZA del 2000, a fin que participe en las actividades referidas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje del funcionario comprendido en el articulo anterior, se efectuaran segun el detalle siguiente: El Proyecto PER/ 97/023 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD asumira los gastos que irroguen los pasajes internacionales, viaticos e impuesto de salida y seran de cargo del Presupuesto Institucional por la Fuente Recursos Ordinarios, los gastos diferenciales ascendentes a US$ 220.00, por concepto de instalacion y de US$ 750.00 por concepto de inscripcion en la citada conferencia internacional. Articulo Tercero.- ENCOMENDAR la atencion del despacho del Gerente General al Primer Adjunto al Defensor del Pueblo, en tanto dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SANTISTEVAN DE MORDAZA Defensor del Pueblo

DEFENSORIA DEL PUEBLO

3663 Autorizan viaje de funcionario para participar en conferencia sobre administracion financiera gubernamental Aprueban el Informe Defensorial Nº 38, "La Ley de Extincion de Deudas de que se realiza en los EE.UU. Electrificacion, Ley Nº 26969, y las RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 018-2000/DP Contribuciones Reembolsables" MORDAZA, 24 de marzo de 2000 Vistos; la carta de invitacion cursada por el Director de la Conferencia Internacional sobre nuevos acontecimientos en RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 20-2000/DP MORDAZA, 29 de marzo de 2000

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